BALLESTER COMPAÑIA FINANCIERA S.A. - 04/07/2018

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 71

SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO EN EL BOLETIN OFICIAL. El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo Civil Nº 71, Secretaría única, comunica por dos días en autos:”BALLESTER COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. c/PASAM, Alejandro Mario y Otros s/EJECUCION HIPOTECARIA”, Exp. 63.212/2001, que el Martillero MIGUEL A. M. SOAJE subastará el 10 de Julio de 2018, a las 11,15 horas en punto, en la Sede de la calle JEAN JAURES 545 de esta Ciudad, el inmueble hipotecado ubicado en San Clemente del Tuyú, partido Municipio Urbano de la Costa, provincia de Buenos Aires, designado en plano 42- 447-75 como lote 9-b de la manzana 299, unidad funcional 1, polígonos 00-01 y 01-01, N. C.: C. IV, S. D, Mz. 299, P. 9-b, subparc.

1, matrícula 2042/1 (antecedente dominial 2402); Sup. Total 74,25m2; que adeuda: Municipalidad de la Costa: $ 50.957,62 al 17/10/17(fs. 883/4), ARBA sin deuda al 15/1/18 (fs. 892), Aguas Arg: fuera del radio servido (fs. 724); OSN sin deuda en concepto de servicios sanitarios al 28/8/07 (fs. 562), y Cooperativa de Provisión y Obras y Servicios Públicos de San Clemente del Tuyú: $ 56.616,01 al 4/10/17 (fs. 840/44). Del informe del martillero surge que la unidad funcional 1 corresponde al primer dúplex de los cuatro existentes en el inmueble, que está compuesto de planta baja y primer piso, el que posee en la planta baja un espacio cubierto para estacionar un vehículo y que sirve de porch cubierto de entrada a un pequeño living y comedor, con cocina y un baño instalado.

Por escalera en la planta alta o primer piso, hay un distribuidor que comunica a tres dormitorios dos frente con balcón francés y uno al contrafrente, y a un baño completo.

Atrás, un patio cercado con ducha, lavadero y parrilla de material.

Todo en regular estado de uso y conservación por falta de mantenimiento y libre de ocupantes.

Esta venta se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE $ 500.000.- SEÑA 30%, COMISION 3%, SELLADO DE LEY 0,5%, Y ARANCEL 0,25%, debiendo el comprador constituir domicilio legal dentro del radio del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Art. 579 y concordantes del C.P. Por tratarse de una ejecución hipotecaria, no procederá la compra en comisión (art. 598, inc. 7º del Código Procesal). Asimismo dejase constancia en los edictos a librarse que tampoco se admitirá la cesión del boleto, siendo ello una condición de venta, como así también lo manifestado a fs. 572 vta. con relación a las expensas.

Asimismo, en el supuesto de concurrir al acto de subasta persona que invoque ser apoderado, deberá presentarse de viva voz y acreditar tal condición, todo lo cual deberá quedar debidamente videofilmado.

Publíquense edictos por dos días en el “ Boletín Oficial “ y en “ El Clarín “ con los recaudos establecidos en el art. 566 y demás concordantes del Código Procesal, haciéndose saber a quien resulte adjudicatario que en el acto de la subasta deberá constituir domicilio en el radio del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el art. 579 y concordantes del citado cuerpo de normas y abonar el saldo de precio dentro de los cinco dias de aprobado el remate, bajo apercibimiento de ordenarse una nueva subasta por su culpa y declarado postor remiso (art. 580 y 584 del Código Procesal). El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que surge de autos.

En virtud de lo dispuesto por la Cámara Civil en pleno en autos “ Servicios Eficientes S.A. c. Yabra, Roberto I.”, con fecha 18 de febrero de 1999, “ No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas.

No cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512”.- EXHIBICION: los días 7, 8 y 9 de Julio de 10 a 12 hs. BUENOS AIRES, Junio de 2018.- Aldo Mario Di Vito Juez - Ines Maria Leyba Pardo Argerich Secretaria

e. 03/07/2018 N° 47108/18 v. 04/07/2018

Edicto publicado en la página 85 del Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 4 de Julio de 2018

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Servicios Eficientes S.A. c. Yabra, Roberto I.

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