VENTRY S.A. - 21/11/2017

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Por Asamblea Extraordinaria del 20/12/2016 se resolvió aumentar el capital social superando el quíntuplo establecido en el art. 4° del estatuto social, por lo cual se reformó, quedando redactado: ARTÍCULO CUARTO.: El Capital Social se fija en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA MIL ($ 190.000), representado por CIENTO NOVENTA MIL acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de pesos UNO valor nominal, cada una y de UN voto por acción.

El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el art. 188 de la Ley 19.550. Esta disposición se mantendrá vigente respecto de cualquier nuevo monto de capital que se hubiere decidido por Asamblea Extraordinaria, salvo que la misma dispusiese en sentido diverso.

La Asamblea de accionistas, al decidir cada aumento de capital, deberá fijar todas las características de las acciones a emitir, inclusive si son ordinarias, el número de votos que conferirán, que podrá ser de uno a cinco.

La Asamblea podrá establecer que las nuevas emisiones se hagan con prima de emisión y solo podrá delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago de las acciones.

Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA de fecha 20/12/2016 Alfredo Elias - T°: 84 F°: 538 C.P.A.C.F.

e. 21/11/2017 N° 89463/17 v. 21/11/2017

Edicto publicado en la página 15 del Boletin Oficial de la República Argentina del Martes 21 de Noviembre de 2017

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