PROGRAMAS MEDICOS SOCIEDAD ARGENTINA DE CONSULTORIA MUTUAL - 04/10/2016

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PROGRAMAS MEDICOS SOCIEDAD ARGENTINA DE CONSULTORIA MUTUAL

CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA PROGRAMAS MEDICOS SOCIEDAD ARGENTINA DE CONSULTORIA MUTUAL, Matricula INAES n° 1475/CF, conforme lo previsto en el artículo Trigésimo Primero del Estatuto y 25 de la ley 20.321, convoca a todos los asociados con derecho a participar, a la Asamblea Extraordinaria a celebrarse el día 2 de Noviembre de 2016 a las 10 Hs. en el salon de C.E.T.U.B.A., de la calle Moreno 955 piso 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguiente: ORDEN DEL DIA: 1°) Designación de dos (2) Asambleístas para firmar el acta de la Asamblea, juntamente con el Presidente y Secretario.

2°) Consideración de los temas tratados en la Asamblea Extraordinaria celebrada en fecha 09 de marzo de 2015, por no haber tenido el quórum necesario (art. 21 ley 20.321) y en cumplimiento a la intimación de la Coordinación de Fiscalización Mutual de INAES n° 510/2016. A sus efectos se transcriben los siguientes artículos del Estatuto: ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO: “Para participar en las asambleas y actos eleccionarios es condición indispensable:

a) Ser socio activo;

b) Presentar el carnet social;

c) Estar al día con Tesorería;

d) No hallarse purgando sanciones disciplinarias;

e) Tener seis meses de antigüedad como socio; esta antigüedad será exigible una vez transcurridos seis meses desde la fecha en que la asociación fue autorizada a funcionar” ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEPTIMO: “El quorum para sesionar en las asambleas será de la mitad más uno de los asociados con derecho a voto. En caso de no alcanzar ese número a la hora fijada, la asamblea podrá sesionar válidamente treinta minutos después con los asociados presentes, cuyo número no podrá ser menor al de los miembros de los órganos directivos y de fiscalización.

De dicho cómputo quedan excluidos los referidos miembros.

Las resoluciones de la asamblea se adoptarán por la mayoría de la mitad más uno de los asociados presentes, salvo los casos de revocación de mandato contemplados en el artículo décimo sexto.

La asamblea no podrá considerar asuntos que no estén incluidos en el orden del día. Cuando la asamblea resuelva pasar a cuarto intermedio deberá ajustarse estrictamente a las disposiciones emanadas de la Resolución N° 1092/79-INAM. Se deja constancia que el Presidente resultó electo por el Consejo Directivo en la reunión realizada el 01 de septiembre de 2015 y que el Secretario resultó electo por el Consejo Directivo en la reunión realizada el 30 de agosto de 2016. Buenos Aires, septiembre 30 de 2016. PRESIDENTE - MATÍAS PEREYRA ROZAS SECRETARIO - HERNAN EZEQUIEL PERALTA Certificación emitida por: Marta Inés Bodó. Registro Nº: 1184. Matrícula Nº: 2568. Fecha: 30/9/2016. Acta Nº: 128. Libro N°: 51.

e. 04/10/2016 N° 73712/16 v. 04/10/2016

Edicto publicado en la página 7 del Boletin Oficial de la República Argentina del Martes 4 de Octubre de 2016

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