EMTE ARGENTINA S.A. - 30/08/2013

Se hace saber (arts. 10, 60 y 188, ley 19.550) que:

1) El Directorio del 1/3/2012 resolvió fijar el domicilio de la sede social en Av. Santa Fe 1845, 4º piso, departamento B, C.A.B.A. (C.P. C1123AAA), República Argentina.

2) La Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 1/3/2012 resolvió:

a) aumentar a uno el número de Directores Suplentes, y designar a Julián Andrés Linares Figueroa (DNI 18.605.801) como Director Titular y Presidente, y a Héctor Ramón Castro Sirerol (DNI 10.999.762) como Director Suplente.

Los dos directores constituyeron domicilio especial en Av. Santa Fe 1845, 4º piso, departamento B, C.A.B.A., República Argentina.

Javier Antonio Torrent y Jorge Héctor Francisco Pérez han cesado en sus cargos de Síndico Titular y Síndico Suplente, respectivamente;

b) reformar el art. 10º del Estatuto Social, estableciendo que el término de la elección del Directorio es de dos ejercicios, e incorporar las siguientes previsiones: (i) si la sociedad prescinde de la sindicatura, la elección de uno o más directores suplentes será obligatoria; (ii) si la sociedad quedare encuadrada en el régimen de fiscalización permanente, el Directorio deberá estar integrado por como mínimo tres miembros titulares; (iii) establecer la garantía de los directores titulares de conformidad con el art. 75 del Anexo I de la Resolución 7/2005 de la Inspección General de Justicia y/o cualquier norma que la complemente y/o la modifique en el futuro; (iv) el Vicepresidente también suplirá al Presidente en caso de incapacidad; y (v) el uso de la firma social está a cargo del Presidente y, si lo hubiere, del Vicepresidente mientras se encuentre en ejercicio de la Presidencia, y la invocación por el Vicepresidente de la firma social hará presumir la ausencia, impedimento, o incapacidad del Presidente, no siendo necesario acreditar tales circunstancias con un Acta de Directorio; y

c) reformar el art. 11º del Estatuto Social, para establecer que la sociedad prescindirá de sindicatura de acuerdo con el art. 284 de la ley 19.550 y que si la sociedad quedara comprendida en el art. 299 de la ley 19.550, la Asamblea deberá elegir anualmente un síndico titular y un síndico suplente en el caso del inciso segundo, y una Sindicatura colegiada en número impar con igual cantidad de síndicos titulares y suplentes, en el caso de los incisos restantes.

3) La Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 26/4/2012 resolvió aumentar el capital social de $ 100.000 a $ 357.709. Autorizado por Acta de Directorio del 1/3/2012, y Actas de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 1/3/2012 y del 26/4/2012. Leandro Martín Passarella Tº: 59 Fº: 871 C.P.A.C.F. e. 30/08/2013 Nº 67037/13 v. 30/08/2013

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 30 de Agosto de 2013

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