JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 4 - 17/12/2012

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 4, a cargo del Dr. Héctor Hugo Vitale, Secretaría Nº 7, a cargo del Dr. Hernán Osvaldo Torres, sito en Roque S. Peña 1211 P. 1º Cap. Fed., comunica por 15 días que en los autos caratulados “PAUKEN CONSULTING SA S/CANCELACION. Expte. Nº 081319”, se dispuso en los términos del Dec. Ley 5965/63:89 y ss., decretar la cancelación de los 26 pagarés hipotecarios con vencimientos 9/09/00, 9/10/00, 9/11/00, 9/12/00, 09/01/01, 09/02/01, 09/03/01, 09/04/01, 09/05/01, 09/06/01, 09/07/01, 09/08/01, 09/09/01, 09/10/01, 09/11/01, 09/12/01, 09/01/02, 09/02/02, 09/03/02, 09/04/02, 09/05/02, 09/06/02, 09/07/02, 09/08/02, 09/09/02 y 09/10/02 por un valor cada uno de ellos de u$s 1.300, creados en la Ciudad de Buenos Aires el 9/10/1998 en virtud de la Escritura Nº 370 que instrumentó un contrato de mutuo hipotecario.

El acreedor es Pauken Consulting S.A., con domicilio en Gelly 3360 de esta Ciudad y los deudores son Edgor Alberto Villalba y Florencia Nélida Salto de Villalba, con domicilio en Garibaldi 115, P. 6º “A” de Quilmes, Provincia de Buenos Aires. Buenos Aires, 22 de noviembre de 2012. Hernán O. Torres.

e. 30/11/2012 Nº 118180/12 v. 20/12/2012

Edicto publicado en la página 31 del Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 17 de Diciembre de 2012

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PAUKEN CONSULTING SA S/CANCELACION. Expte. Nº 081319

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