JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 8 - 03/10/2011

Juzgado Nacional de 1a. Instancia en lo Comercial Nº 8, Secretaría Nº 16, Av. Pte. R. S. Peña 1211 P. Baja, comunica por 5 días en autos: “Salamone Croft Roberto Salvador s/ Quiebra s/Incidente de Realización de Inmuebles” Exp. Nº 090421, que el martillero Lucas M. López Cabanillas rematará el 11 de Octubre de 2011 a las 10,45 hs. -en punto- en Jean Jaures 545 Cap. Fed.: El 100% del inmueble sito en la calle Tucumán 693/695/699 esq. Maipú 607 Unidad Funcional Nº 12 Piso 5º “B” de Capital Federal.

Circ. 14, Secc. 1, Manz. 23, Parc. 21 “a” Matr. 14-437/12. Sup. 104 mts2. 91 dm2, Parc. 4 con 90 cent. Según informe del martillero se trata de una oficina (semipiso) externa sobre calle Tucumán edificio antiguo de 6 pisos con un ascensor, con 3 puertas ventana quedan a la calle con balcón francés.

Consta de hall de distribución al ingresar con pequeña recepción, 4 despachos principales, otro más pequeño, tres baños y cocina refaccionados, en buen estado gral. de conservación y libre de ocupantes.

Al contado y al mejor postor.

Base U$S 100.000.-, Seña 30%, Comisión 3%, Sellado 0,8% y Arancel Acord. 10/99 C.S.J.N. El saldo de precio deberá ser depositado, dentro del 5º día de la aprobación de la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo previsto por el Cpr: 580. El comprador deberá abonar la totalidad de los impuestos propios de la venta del mencionado inmueble como los gastos de escrituración si estos existieren.

Los gravamenes impositivos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) devengados por el inmueble antes de la declaración de la quiebra deben ser verificados en los términos de la LC: 32 y ss; los devengados entre la declaración de la quiebra y la toma de posesión del bien que será objeto de esta subasta constituirán gastos del concurso en los términos de la LC: 240- y, por ende, los acreedores de tales créditos deberán peticionar en consecuencia en autos; y los devengados con posterioridad a la toma de posesión serán a cargo de los adquirentes.

El comprador debe tomar posesión dentro del 5º día de pagado el saldo, siendo a su cargo a partir de ese momento todas las deudas por impuestos, tasas y contribuciones.

Para el caso de existir deuda por expensas, el comprador quedará obligado por aquellas ateriores a la toma de posesión, en la medida que los fondos ingresados no alcancen para cubrirlos, considerando la existencia de otros acreedores con preferencia o de igual graduación.

Exhibición 5 y 6 de Octubre de 2011 de 13,30 a 15,30 hs. Buenos Aires, 22 de septiembre de 2011. María Gabriela Dall’Asta, secretaria.

e. 28/09/2011 Nº 122582/11 v. 04/10/2011

Edicto publicado en la página 39 del Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 3 de Octubre de 2011

Expedientes judiciales relacionados

Salamone Croft Roberto Salvador s/ Quiebra s/Incidente de Realización de Inmuebles

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