IMPRESORA INTERNACIONAL DE VALORES S.A. - 23/02/2011

Mediante Acta de Asamblea del 21/02/2011 se modificó el Artículo 3º del Estatuto Social, el que quedó redactado de la siguiente manera: “La sociedad sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, inclusive integrando agrupaciones de colaboración o uniones transitorias, ya sea en el país o en el extranjero, tiene por objeto:

a) La explotación del negocio de hotelería y turismo en todos sus aspectos por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros y particularmente actividades de servicios turísticos, hoteles, hosterías, restaurantes y bares y cualquier otra actividad relacionada con el turismo, la hotelería y hospedaje en general, como así también la construcción de hoteles, hosterías y hospedajes de toda clase;

b) La explotación de todas las actividades relativas a la administración, automatización, captación y procesamiento de juegos de apuestas y/o promocionales en agencias lotericas, salas de juego y casinos y la cobranza y recaudación de impuestos y/o servicios públicos, incluyendo la manufactura de terminales de juegos, sus accesorios y sistemas centrales y exportación.

Con la finalidad de cumplir dicho objeto, desarrollará las siguientes actividades complementarias: la creación de elementos, servicios y sistemas vinculados con la informática y software, incluidos los procesamientos de imágenes de impresión láser y de lectura digital; los servicios de accesos a redes teleinformáticas y redes telefónicas; los servicios de valor agregado de llamadas telefónicas masivas y realizar todo tipo de servicios de telecomunicaciones conforme normas de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones vigentes; la compra, venta, importación y exportación de los productos recién mencionados; el ejercicio de mandatos, comisiones y representaciones de empresas nacionales o extranjeras y la explotación de patentes de invención, nacionales o extranjeras; otorgamiento de fianzas y avales y/o todo tipo de garantías a terceros, teniendo a tal fin plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones bajo cualquier tipo de contratación pública o privada, o como resultado de concesiones públicas o privadas de cualquier naturaleza, y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por la ley o por este estatuto”. Firma autorizada por Acta de Asamblea del 21/02/2011. Eduardo Jorge Roca Certificación emitida por: Francisco J. Raffaele.

Nº Registro: 1697. Nº Matrícula: 5102. Fecha: 22/02/2011. Nº Acta: .079. Nº Libro: 52 Int 98.111. e. 23/02/2011 Nº 21140/11 v. 23/02/2011

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 23 de Febrero de 2011

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