INVERSIONES GERENCIALES S.A. - 10/06/2009

Se hace saber por un día: Que por escritura Nº 50 de fecha 14/5/2009, pasada al folio 175 del Registro 4 C.A.B.A., se protocolizaron las siguientes actas, a saber: I)

a) Acta de Asamblea Nº 15 de fecha 20/6/2007, en la cual se fijó en 1 el número de director titular y 1 director suplente, designándose como Director Titular a Enrico Raffaele Angelo Valentini">Enrico Raffaele Angelo Valentini y como Directora Suplente a Luciana Dotti de Valentini y

b) Acta de Directorio Nº 73, de igual fecha que la anterior, por la cual se efectuó la distribución de los cargos del Directorio, quedando integrado de la siguiente forma: Presidente: Enrico Raffaele Angelo valentín; y Directora Suplente: Luciana Dotti de Valentini, quienes constituyeron domicilio especial en la calle José E. Uriburu 1230, Piso 14º, Dpto. “F” C.A.B.A.- II) Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 16 de fecha 21/4/2008, por la cual se resolvió lo siguiente:

a) El aumento del capital social hasta la suma de $ 320.000, o sea en la suma de $ 308.000, mediante la capitalización del saldo de la cuenta de resultados no asignados;b) La emisión de 320.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 valor nominal c/u y con derecho a un voto por acción, de las cuales 308.000 acciones corresponden en razón del aumento de capital, y serán entregadas a los señores accionistas en proporción a sus respectivas tenencias, y 12.000 acciones serán canjeadas a los señores accionistas por las actualmente en circulación, las que una vez rescatadas serán canceladas;

c) La modificación del Artículo Cuarto del Estatuto social en razón del aumento de capital aprobado;

d) La modificación del objeto social y, consecuentemente, el artículo Tercero del Estatuto Social, el que quedó redactado de la siguiente forma: “Objeto: Tiene por objeto exclusivo dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros a la actividad de Inversión y Financiera mediante el aporte de capitales, inversiones, bienes y especies a particulares, empresas constituidas o a constituirse, para negocios en curso o a realizarse, con las limitaciones del artículo 30 de la Ley 19.550, préstamos a interés y financiaciones en generales, compra, venta, administración, y cualquier forma de comercialización sobre títulos, bonos, acciones, cédulas, debentures, letras, obligaciones negociables y de toda otra clase de títulos y valores mobiliarios y otros valores cotizados en bolsa o no, y en cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse; constitución y transferencia de mutuos con o sin hipotecas u otras garantías reales o personales, otorgamiento de créditos y financiaciones en general, con expresa exclusión de las operaciones previstas por la ley de Entidades Financieras y otras que requieran el concurso público.”- Y

e) La modificación de las garantías a prestar por los Directores y, consecuentemente, la reforma del Artículo Sexto del Estatuto Social, en tal sentido.

El que suscribe se encuentra autorizado para la firma del presente en la escritura referida precedentemente.

Escribano – Fernando Recondo Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 5/6/2009. Número: 090605243919/5. Matrícula Profesional Nº: 3001. e. 10/06/2009 Nº 48203/09 v. 10/06/2009

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 10 de Junio de 2009

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