ITAQU S.A. - 09/10/2007

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En asamblea extraordinaria del 9/8/06 se resolvió la modificación del artículo 7º así: La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación.

Mientras la Sociedad prescinda de la Sindicatura la elección de por lo menos un Director suplente será obligatoria.

El término de duración del mandato es de tres ejercicios, siendo los directores reelegibles.

La Asamblea fijará el número de directores así como su remuneración.

El Directorio sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de presentes.

En caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente.

En su primera reunión el Directorio designará un Presidente y podrá nombrar un Vicepresidente que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento.

La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio, o al Vicepresidente, en su caso.- Los directores acreditaran la garantía a que se refiere el Art. 256, párrafo segundo, de la ley nº 19.550, de acuerdo a las reglas siguientes:

1) Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social.

2) Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.

3) El monto de la garantía será igual para todos los Directores, y se fija en la suma de pesos diez mil ($ 10.000), por cada uno, o el monto que en futuro establezca la autoridad de contralor.

Escribana Isabel Martínez Diego, titular del Registro 2011 de C.A.B.A., autorizada en escritura nº 181 del 25/09/2007.Escribano – Isabel Martínez Diego Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 3/10/2007. Número: 071003474059/6. Matrícula Profesional Nº: 4452. e. 09/10/2007 Nº 25.012 v. 09/10/2007

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Martes 9 de Octubre de 2007

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