ROCIBEL S.A. - 14/08/2006

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Se hace saber que por escritura 169 del 28/07/2006, Reg. 72 de Capital Federal, se reformó el artículo noveno que queda redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO NOVENO: los directores de la sociedad, garantizarán el desarrollo de sus funciones y su responsabilidad, a fin de cumplimentar el artículo 256, párrafo 2º de la Ley Nº 19550, de acuerdo con las siguientes reglas:

a) la garantía podrá constituirse con depósito de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositado en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad en condiciones que aseguren su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.

La garantía podrá consistir igualmente en fianzas, avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director; en ningún caso se podrá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social.

b) el monto de la Garantía será igual para todos los directores, no pudiendo ser inferior a la suma de pesos diez mil ($ 10.000) O su equivalente, por cada uno.

c) los directores designados en calidad de suplentes no estarán obligados al cumplimiento de la garantía sino a partir del momento en que asuman cargos efectivamente en reemplazo de titulares cesantes para completar el período o periodos que correspondan.

d) la garantía deberá mantener su exigibilidad por un plazo no inferior a los 3 años a contar desde la finalización en su funciones del respectivo director”. Asimismo, por renuncia de su Director Suplente, aceptada por unanimidad, se designó la composición del nuevo Directorio, conformado de la siguiente manera: Presidente: Angela Rea de Falco, con cuil 2393288534-4, domicilio especial Lorenzini 2326, Ciudad Jardín, Palomar Bs. As. y Directora Suplente: Claudia Susana Provenzano, cuit 2310872812-4, con domicilio especial en Finochietti 2327, Ciudad Jardín, El Palomar.

Bs. As. Quien suscribe lo hace en su carácter de autorizado por escritura 169 del 28/07/2006. Escribano - Eduardo Steinman Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 9/08/2006. Número: 060809324137/A. Matrícula Profesional Nº: 2556. e. 14/08/2006 Nº 48.445 v. 14/08/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 14 de Agosto de 2006

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