Edicto publicado el 02/08/2006

Juzgado Nacional de Comercio Nº 22, Secretaría Nº 44, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 3º piso de Cap. Fed., comunica por cinco días en autos “COMUNIDAD JERUSALEMASOCIACION CIVIL (CUIT 30-52764215-5) s/QUIEBRA”, Expte. Nº 35153, que el martillero Jorge H. Bernal (CUIT 23-04392021-9) rematará el jueves 10 de agosto de 2006 a las 11.15 hs. en punto, en Tte. Gral. J. D. Perón 1233 de Cap. Fed. el inmueble sito en la calle Constitución 3156, entre General Urquiza y 24 de Noviembre de esta Ciudad.

Matrc. 8-4383, Nom. Cat.: Circ. 8, Secc. 30, Mza. 43, Pcla. 7, se trata de un edifico de 4 plantas, terraza y sótano, de buena construcción, frente vidriado y ladrillos a la vista, con acceso a los distintos niveles e través de una rampa en zig zag y escaleras a la terraza y sótano.

Consta en PB de un gran salón y en los distintos pisos, varias habitaciones o aulas, salones, recepción y baños. Se encuentra desocupado y en buen estado de conservación.

Tiene una superficie cubierta aproximada de 1.000 m2. Base $ 350.000. Venta al contado y mejor postor.

En el estado en que se encuentra.

Ad-Corpus.

Seña 30%. Arancel CSJN 0,25%. Comisión 3%. Prohibida la compra en comisión y la cesión de boleto de compraventa.

Se aceptan ofertas bajo sobre en los términos del Art. 104.5 del Reglamento del Fuero hasta las 10 hs. del día anterior a la subasta.

Las deudas anteriores al decreto de quiebra deberán verificarse en los términos del Art. 32 y ccs. LC. Las posteriores al decreto de quiebra revestirán el carácter de gastos del concurso y serán abonadas, previa comprobación de su legitimidad por el Síndico.

Correspondiendo abonar al comprador los impuestos devengados desde la posesión.

Los gastos que demande la transferencia del bien y su escrituración, como así también los honorarios del escribano, serán soportados por el comprador.

El saldo de previo deberá ser depositado dentro de los 5 días de aprobado el remate.

EXHIBICIÓN: 7 y 8 de agosto de 2006 de 13.30 a 15.30 hs. Informes 4375-5590. El comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio del Juzgado.

Buenos Aires, 14 de julio de 2006. Pablo Caro, secretario.

e. 31/07/2006 Nº 519.535 v. 04/08/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 2 de Agosto de 2006

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