HISPANO BAR Y RESTAURANT S.R.L. - 07/06/2006

Comunica que por instrumento privado del 6/3/2006, certificado por la Esc. García Liñeiro Reg. Not. 1614, se dispuso la cesión de cuotas sociales de los Sres Delia Laballos, L.C. 1.328.248 (2.525 cuotas); DELIA GARRIDO, DNI 14.741.437 (1.262,50 cuotas); Susana Garrido, DNI 11.734.912 (1.262,50 cuotas); GUSTAVO ALEJANDRO LLORENS, DNI 26.577.036 (975 cuotas), y ARIEL FRANCISCO LLORENS, DNI 29.151.491 (975 cuotas), todos domiciliados en Aranguren 4938 CABA; a los Sres CARLOS STUTMAN NUN, DNI 4.064.882, quien recibe 9.000 Cuotas por $1.- c/u, y Alfonso Stutman Nun, DNI 24.334.896, recibe 1.000 cuotas por $1.- c/u ambos domiciliados en Bucarelli 2350 Piso 6 CABA. Se modifica la redacción de la cláusula novena, quedando: “La administración de la sociedad estará a cargo de una o más personas, socios o no, en calidad de Gerentes con las siguientes facultades y atribuciones: firmar cheques, letras de cambio pagarés y demás documentos comerciales, asi como avalarlos y/o endosarlos; realizar toda clase de operaciones bancarias, con cualquier banco oficial, mixto y/o particular, creados y/o a crearse, pudiendo operar en cuenta corriente y/o a crédito; efectuar extracciones de fondos, retiro de valores acciones o titulos de cualquier naturaleza o clase que se depositen a nombre de la sociedad, o a su orden; solicitar préstamos a terceros, renovar toda clase de documentos, hacer novaciones que extingan obligaciones, transigir comprometer en árbitros, celebrar contratos de prendas o de cualquier naturaleza, constituir a la sociedad en depositaria, hacer liberación total o parcial de bienes afectados a garantias reales, cobrar y percibir, comprar y vender bienes, inmuebles, semovientes o de cualquier naturaleza conferir poderes especiales y generales, ya sean judiciales, incluso para querellar criminalmente o extrajudiciales, con el objeto o extensión que estimen convenientes y revocarlos; firmar y rescindir convenios, cobrar pólizas de seguros en caso de siniestros.

Las atribuciones mencionadas tienen sólo el carácter enunciativo y no limitativo, pudiendo los gerentes, efectuar cualquier acto o gestión administrativa, que encontrándose dentro del objeto social, no perjudique a la sociedad.

Duraran en sus cargos por tiempo indeterminado.

Queda prohibido comprometer el uso de la firma social, en garantías, fianzas o negocios ajenos al giro social.- Los gerentes deberán garantizar su actuación, con la suma de $ 2.000 por cada uno de ellos y se regirá por las siguientes reglas:

1) Deberá consistir en bonos, titulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente; en ningún caso procederá constituir la garantia mediante el ingreso directo de fondos a la caja social.

2) Cuando la garantia consista en depósitos de bonos, titulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad”. Las socias Susana Garrido y Delia Laballos presentan su renuncia al cargo de Gerentes, y se designa nuevo Gerente a Alfonso Stutman Nun, quien acepta expresamente el cargo.

Autorizada por instrumento privado de fecha 4/4/2006. Abogada, Linda Evelyn Miguens.

Abogada - Linda Evelyn Miguens Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 02/06/2006. Tomo: 89. Folio: 934. e. 07/06/2006 Nº 64.124 v. 07/06/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 7 de Junio de 2006

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