HUTCHINSON ARGENTINA S.A. - 16/02/2006

Se hace saber que por asamblea general ordinaria y extraordinaria del 1.07.05 se resolvió reformar los artículos cuarto y noveno del estatuto social, los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: “Artículo cuarto: El capital social es de pesos treinta y seis millones ciento veintinueve mil cuatrocientos ochenta y tres $ 36.129.483, representado por 36.129.483 acciones escriturales ordinarias de un peso ($

1) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.

El capital puede ser aumentado hasta el quíntuplo por decisión de la asamblea general ordinaria de accionistas, de acuerdo a las disposiciones del artículo 188 de la ley Nº 19.550.” y “Artículo noveno: Los directores deben constituir una garantía de diez mil pesos ($ 10.000) por el ejercicio de su función.

Dicha garantía podrá constituirse en bonos, títulos públicos o sumas de dinero en moneda argentina o extranjera y debe ser depositada en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad.

También podrá consistir en fianzas, avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad.

La garantía no podrá constituirse mediante el ingreso directo de fondos a la caja social.” Autorizada por acta de asamblea del 1.07.05 obrante a fojas 62 a 65 del libro de actas de asambleas y directorio Nº 4 de la sociedad.

Abogada – Cecilia Pernigotti Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 13/02/2006. Tomo: 85. Folio: 338. e. 16/02/2006 Nº 56.975 v. 16/02/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 16 de Febrero de 2006

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