Edicto publicado el 15/02/2006

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GANAGRIN SOCIEDAD ANONIMA AGRICOLA GANADERA Hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 16 de Septiembre de 2005, se resolvió reformar el artículo octavo del estatuto social, el que quedará redactado de la siguiente manera.

“Artículo octavo: La administración y dirección de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por la cantidad de miembros que la asamblea fije entre un mínimo de uno y un máximo de cinco debiendo la asamblea eleBOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Presidencia de la Nación Secretaria Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial Ciudad Autónoma de Buenos Aires www.boletinoficial.gov.ar Horario de recepción: Sede Central Suipacha 767 desde 11.30 hasta 13.30 hs. Delegación Tribunales Libertad 469 desde 8.30 hasta 13.30 hs. Delegación Colegio Público de Abogados Avda. Corrientes 1441 desde 10.00 hasta 13.30 hs. Delegación Inspección General de Justicia Moreno 251 desde 9.30 hasta 12.30 hs. Nuevo Servicio para la publicación de avisos comerciales y edictos judiciales (excepto edictos sucesorios) Trámite Urgente y Trámite Semi Urgente à gir igual o menor número de suplentes.

El término de su elección es de dos ejercicios pudiendo ser reelegidos indefinidamente.

La asamblea fijará su remuneración.

El directorio sesiona con la mayoría absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría absoluta de los presentes.

En caso de empate el presidente desempatará votando nuevamente.

En su primera sesión designará un presidente y un vicepresidente que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento.

En garantía de sus funciones los Titulares deberán prestar una garantía por su gestión equivalente a diez mil pesos ($ 10.000) como mínimo cada uno, estando la Asamblea de accionistas facultada a fijarla en un importe mayor.

La garantía deberá consistir en bonos, títulos o sumas en moneda nacional o extranjera, depositados a la orden de la sociedad, garantías bancarias, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad, o bajo alguna de la modalidades y con los alcances que establezca la reglamentación vigente”. Abogado autorizado por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 16 de Septiembre de 2005. Abogado/Autorizado - Héctor Raúl Trevisán Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 10/2/2006. Tomo: 08. Folio: 222. e. 15/02/2006 Nº 56.872 v. 15/02/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 15 de Febrero de 2006

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