AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. - 15/02/2006

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Por escritura 370 del 9/8/05 Registro 1671 C.A.B.A. se transcribieron:

1) Acta de asamblea 39 del 13/06/2005 (cuarto intermedio).

2) Acta de asamblea 40 del 16/06/2005 y su continuación del 23/06/2005.

3) Parte pertinente del Acta de directorio del 27/06/2005; y por escritura 75 del 8/2/06 Registro 1671 C.A.B.A. se transcribió parte pertinente de acta de directorio del 16/9/05, las que resuelven: I. Designación de autoridades por un ejercicio: Presidente: Horacio Pedro Fargosi; quien aceptó el cargo, Vicepresidente Ejecutivo: Antonio Mata Ramayo; Directores Titulares: Gonzalo Pascual Arias, Gerardo Díaz Ferrán, José María Llodrá, Gabriel Mario Pérez Junqueira, Carlos Mateu, Diego Pablo Fargosi, Héctor Gustavo Alonso, Julio César Scaramella y Víctor Augusto Reciniello; Directores Suplentes: Luis Horacio Magariños, Emiliano Chaud, Miguel Angel Maggi, Ignacio Pascual, Antonio Martínez, Rodolfo Carretero, Ramón Puigcercós, María Luisa Gómez y Raúl Alberto Villalba.Los directores constituyeron domicilio especial en la Sede Social, Bouchard 547 Piso 9º C.A.B.A. II.- Designación de Comisión Fiscalizadora por un ejercicio: Síndicos Titulares: María Cristina Tapia Sasot, Mariana Soledad Russo y Matías Cristóbal Axel Mink y Síndicos Suplentes: Silvio Ricardo Parapugna y Dolores Garay.Se Aumentó el capital social y reformó la cláusula 5º de los Estatutos, quedando: Quinta: El capital social será de $ 916.550.274,80 representado por 9.165.502.748 acciones ordinarias nominativas no endosables, de $ 0,10 de valor nominal cada una. Este capital podrá elevarse hasta el quíntuplo por resolución de una o más Asambleas Ordinarias, sin requerirse nueva conformidad administrativa, con prima o no, y en las condiciones fijadas por el artículo 188 de la Ley 19.550. En todos los casos, las primas de emisión serán distribuíbles con arreglo a los artículos 202 y siguientes de la Ley 19.550.” III.- Se reformó la cláusula 27º de los Estatutos, a fin de adecuarla a la resolución 20/2004 I.G.J. quedando: “Vigésimo Séptima: Cada Director deberá prestar garantía del buen desempeño de sus funciones, por la suma de $ 10.000 (Pesos Diez Mil) o su equivalente.

Dicha garantía se regirá por la normativa reglamentaria fijada por la Inspección General de Justicia”. María Alejandra Bulubasich.

Escribana Titular Registro 1671 C.A.B.A. autorizada por escritura 370 del 09/08/2005, Registro 1671 C.A.B.A. Escribana - María Alejandra Bulubasich Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 10/2/2006. Número: 060210058464/1. Matrícula Profesional Nº: 4090. e. 15/02/2006 Nº 82.252 v. 15/02/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 15 de Febrero de 2006

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