Edicto publicado el 09/02/2006

Nº 22 Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Comercial “22”, secretaría “44”, sito en M. T. de Alvear 1840, piso 3º, comunica por dos días en el juicio “Disi Roberto Eduardo (CUIT 20-04514467-5) s/quiebra” (Expte. 29661), que el martillero Alberto César Bieule, (CUIT 23-22823598-9 Tel 48169907/08/09, rematará el día Miércoles 15 de FEBRERO de 2006 a las 12:45 hs., EN PUNTO, en la sede de la Oficina de Subastas Judiciales sita en la calle Tte. Perón 1233, Cap. Fed., el 50% indiviso de los inmuebles sitos en la calle Paraguay 633/41. e/ Florida y Maipú, Dto. “E” y “D”, U.F. 21 y 22, Capital Federal., Matrículas 2002843/21 y 20-02843/22, ocupado por propietarios y se trata de dos oficinas utilizadas como vivienda y consta Dto. “E”, 2 despachos, pasillo, 2 baños y cocina y Dto.”’D” recepción de entrada y 2 amplios despachos que dan al aire luz ambas oficinas se encuentran unidas entre si.- Su estado de conservación es regular y su antigüedad de aproximadamente 30 años, Base $ 53.123.- al contado y mejor postor, Seña 30%, Comisión 3% y 0,25% Arancel Subasta Judicial, todo en efectivo en el acto del remate;y las marcas“OLD ITALY”, clase 09, Registro Nº 1.596.077 con vto.11/04/06. Base $ 235.-; y marca “VALDOTTICA”, clase 09, título 1.326.7451, vto. 19/04/09, Base $ 335., al contado y mejor postor, todo en efectivo en el acto de del remate.

Comisión 10% y 0,25% Arancel Subasta Judicial.

El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal y depositar el saldo de precio dentro del quinto día de notificado por nota de la aprobación de la substa, bajo apercibimiento de considerarlo postor remiso con las consecuencias previstas para ello en el código ritual (Conf. art. 584).- Las deudas que registre el inmueble con anterioridad al decreto de quiebra deberán verificarse en los términos del art. 32 y ccs. L.C., las posteriores al decreto de quiebra revestirán el carácter de gastos de concurso y deberán ser abonadas, previa comprobación de su legitimidad y cuantía por el síndico.

Al comprador en subasta sólo le serán exigibles las deudas que se hubieren devengado con posterioridad a que tome posesión del inmueble, en lo que al 50% se refiere.

Los gastos que demande la transferencia del bien y su escrituración como así también los honorarios del escribano, serán a cargo del comprador.

No será admitida la compra en comisión, ni la cesión del boleto de compra venta.

Se aceptan ofertas bajo sobre en un todo de acuerdo con el art. 104 pto. 5, del Regl. del Fuero. Visitar los días 10 y 13 de febrero de 2006 de 10.00 a 12.00 hs. Ver demás condiciones en autos.

Buenos Aires, 28 diciembre 2005. Pablo Caro, secretario.

e. 08/02/2006 Nº 504.254 v. 09/02/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 9 de Febrero de 2006

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DISI Roberto Eduardo (CUIT 20-04514467-5) s/quiebra

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