Edicto publicado el 03/02/2006

Nº 8 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 8 Secretaría Nro. 15 sito en Avda. Roque Saenz Peña 1211 piso 7mo. oficina 710, comunica por dos días que en los autos: “CRISTANTE HNOS. S.A. s/QUIEBRA” se convoca a todos los interesados a mejorar la oferta de compra realizada por Héctor Vazquez respecto de los derechos y acciones emergentes de la hipoteca en primer grado constituida por Unión Agrícola Compañía de Seguros Ltda. sobre el inmueble sito en Fonrouge 2545 Capital Federal a favor de la fallida Cristante Hnos. S.A. Valor ofrecido $ 160.000.- Las ofertas deberán efectuarse en sobre cerrado, con indicación de la carátula, sin dato que identifique al presentante, en la sede del juzgado hasta el día 28 DE FEBRERO DE 2006 A LAS 9.00 HORAS. La apertura de sobres se realizará a los treinta minutos del cierre de recepción de las ofertas.

Será requisito de admisibilidad de las propuestas:

1) Expresar por escrito estar notificado de conocer y aceptar todas las condiciones que rigen el procedimiento de este llamado a mejorar ofertas.

2) Acreditar depósito en el Banco Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta de autos, a los fines de garantizar la oferta, equivalente al 10% de la misma.

3) Todos los oferentes tendrán derecho a mejorar sus ofertas en la audiencia.

4) La adjudicación recaerá sobre la oferta más alta.

5) Las mejoras de las ofertas no podrán ser inferiores al 10% incremental del mejor precio ofrecido.

5) El saldo de precio se abonará dentro de los diez días de aprobada la adjudicación, mediante depósito en la cuenta de autos.

6) Concluido el llamado de mejoramiento, dentro de las 72 horas se dictara la resolución de adjudicación, con la devolución de las sumas aportadas en su expresión nominal originaria respecto de aquellas ofertas que no fueron aceptadas.

7) La oferta debe ser en pesos y en efectivo.

8) Las resoluciones que se dicten son inapelables y las notificaciones, excepto las específicamente determinadas, se producirán “ministerio legis”.

8) No se admitirán compras en comisión.

9) La adjudicación recaerá en quien oferte el más alto precio y la decisión será irrecurrible.

9) Las ofertas de compra se efectuarán por precio neto, que percibirá el concurso vendedor.

10) Son por cuenta del adquirente los trámites y gastos que sean necesarios con relación a la transferencia, continuación y terminación de la ejecución hipotecaria en extraña jurisdicción, incluso tasa de justicia, costos, costas, honorarios de los profesionales intervinientes, aportes provisionales y cumplimiento de las leyes arancelarias de la Provincia de Buenos Aires, para los profesionales intervinientes, dejando constancia que el oferente tuvo en cuenta al formular la oferta las erogaciones necesarias para su terminación y las posibilidades o no de percibir los importes del crédito hipotecario y sin que este tenga derecho a efectuar reclamo alguno a la masa. Publíquese por dos días.

Buenos Aires, diciembre 28 de 2005. Rodolfo H. Lezaeta, secretario.

e. 02/02/2006 Nº 81.648 v. 03/02/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 3 de Febrero de 2006

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