Edicto publicado el 24/11/2005

JUZGADO DE CONCILIACION Y TRAMITE DEL TRABAJO 5º NOMINACION San Miguel DE TUCUMAN POR CINCO DIAS. se hace saber a la Sra. “ILDA DELTA BELLUSCI”, que por ante este Juzgado de Conciliación yTrámite delTrabajo de laVa Nominación, a cargo de la Dra. Susana C. Fe (Juez), Secretaría Actuaria desempeñada por el Dr. Marcelo A. Rodríguez, se tramitan los autos caratulados: “ROMERO CRISTIAN DOMINGOVS.RAPAPORT ISABEL RUTH y OTROS” S/COBRO DE Pesos, EXPTE.Nº 124/05, en los cuales el Sr.Juez que entiende en la presente causa ha dictado los siguientes proveídos: “S. M.DE TUCUMÁN, 28 de febrero de 2005.Por recibidas las presentes actuaciones.Resérvese en caja fuerte del juzgado la documentación original que se acompaña y que da cuenta el cargo que antecede.

Agréguense y ténganse presente el juego de bonos profesionales y tasa de justicia que se acompañan. En mérito a la copia del Poder Ad - Litem que se acompaña:Téngase al letrado MIGUEL E. FERNANDEZ CORONA por presentado en el carácter invocado, con domicilio legal constituido.Désele intervención de ley.En su mérito: CÍTESE y EMPLÁCESE a las demandadas, en la persona de su representante legal para la S.A., en los domicilios que se denuncian, a fin de que en el perentorio término de QUINCE DÍAS, para PANDYA S.A. y VEINTE DÍAS, para las domiciliadas en extraña jurisdicción, comparezcan a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ley.Al mismo tiempo y por igual plazo CÓRRASELES TRASLADO DE LA DEMANDA para que la contesten, bajo apercibimiento de las prevenciones contenidas en los arts. 56, 58 y 60 y cumplimiento con el 61 del C.P.L. Lunes y jueves o siguiente día hábil en caso de feriado para notificaciones en Secretaría.

LIBRENSE CEDULAS LEY 22.172, debiendo la parte actora denunciar las personas facultadas para su diligenciamiento.

A los fines de la notificación de la codemandada PANDY S.A. acompañe el interesado el bono de movilidad pertinente”. FDO. DRA. SUSANA CATALINA FE (JUEZ).“San Miguel de Tuc., 23 de septiembre de 2005. Agréguese la constancia adjuntada y téngase presente.

Atento lo peiticionado y constancias obrantes en autos, en especial el informe que se acompaña del que surge que la co-demandada Ilda Delia Bellusci no tiene domicilio conocido, en virtud de lo normado por el art. 22 del CPL: NOTIFÍQUESE a la misma el traslado de la demanda ordenado por proveído de fecha 28.02.05 (fs.

49) mediante EDICTOS en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán, como así también de la República Argentina, en atención al domicilio denunciado por la actora en su escrito de demanda, LIBRE DE DERECHOS, por el término de CINCO DÍAS. A los fines de la publicación ordenada en extraña jurisdicción: Líbrese oficio ley 22.172 haciéndose constar que las personas denunciadas para el diligenciamiento de la cédula ley 22.172 se encuentran facultadas para su diligenciamiento.

FDO. DRA. SUSANA CATALINA FE (JUEZ). Marcelo Aníbal Rodríguez, secretario judicial.

e.22/11 Nº 497.934 v.28/11/2005

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 24 de Noviembre de 2005

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