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- Argentina
El Juzgado de Nacional de 1ª Instancia en lo Civil nº 22, Secretaria única, en autos “Varela, Osvaldo Fidel c/Rodríguez Díaz, Manuel y otros s/desalojo por falta de pago”, ha dispuesto en dichos autos: “Buenos Aires, junio 18 de 2004… AUTOS y VISTOS: En atención a lo solicitado y no habiéndose presentado el demandado VERONICA GLADYS ATORINO y MANUEL RODRIGUEZ DIAZ, a pesar de encontrarse debidamente notificado según constancias de fojas 41 y 42, conforme lo dispuesto por el artículo 59 del Código Procesal, decláraselo rebelde y hágasele saber que las sucesivas providencias le serán notificadas automáticamente en la forma prevista por el artículo 133 dei citado código.
Notifíquese... PATRICIA BARBIERI - Juez”. Publíquese por dos días.
Buenos Aires, 23 de agosto de 2005. Fernando L. Spano, secretario.
e.23/11 Nº 77.864 v.24/11/2005
Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 24 de Noviembre de 2005
Varela, Osvaldo Fidel c/Rodríguez Díaz, Manuel y otros s/desalojo por falta de pago
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