Edicto publicado el 16/09/2005

Ver expediente relacionado a este edicto

ELECTRONICA SUDAMERICANA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL Escritura 230 del 02 de agosto de 2005, folio 724, ante Escribana Liliana María Lenta, “Modificación Artículos Tercero, Séptimo y Noveno de Estatuto por Ampliación de Objeto, Extensión de Mandato de las Autoridades y Prescindencia de Sindicatura, resuelta por Acta de Asamblea General Extraordinaria Unánime del 29 de abril de 2005. Los Artículos quedaron redactados así:Artículo 3º:Tiene por objeto: Comerciales: mediante la compra, venta y/o permuta, comercialización, exportación y/o importación de maquinarias, herramientas, repuestos eléctricos y electrónicos para grabadores a cassette, auto-stereos, cassettes y cartridges, C.D, D.V.D y cualquier otro tipo de soporte de sonido o video.

Industriales: mediante la fabricación, elaboración y transformación de maquinarias, herramientas, repuestos eléctricos y electrónicos para grabadores a cassettes, auto-stereos, cassettes y cartridges, C.D., D.V.D y cualquier otro tipo de soporte de sonido o video.

Constructora e Inmobiliaria: Construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y de todos tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado, las que serán realizadas por profesionales con título habilitante.

La compra, venta, comisión, consignación, permuta, arrendamiento, alquiler y administración de propiedades inmuebles y la realización de todo tipo de operaciones inmobiliarias.

Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad para realizar todo tipo de actos, contratos y obligaciones que se relacionen con su objeto.

Artículo 7º: La dirección y administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea General de Accionistas entre un mínimo de dos y un máximo de ocho, siendo reelegibles y con mandato por tres años. Darán las garantías exigidas por la ley ...”. Artículo 9º: la sociedad prescindirá de la sindicatura conforme a lo dispuesto en el artículo 284 de la ley 19.550; los socios pueden examinar los libros y papeles sociales y recabar del administrador los informes que estimen pertinentes.

En caso que por quedar la sociedad, por aumento de capital, comprendida dentro delasestipulacionesdelArtículo299delaley19.550, se designará un síndico titular y otro suplente con mandato por tres años”. Autorizada por escritura número 230 del 2 de agosto de 2005. Escribana - Liliana María Lenta Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 13/09/05. Número: 0509133338899/6. Matrícula Profesional Nº: 5263. Nº 1

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 16 de Septiembre de 2005

Personas en esta publicación

Más opciones

Ir al edicto anterior (EMECEVE S.A.)

Ir al edicto siguiente (EL CANDILERO S.A.)

Ver sumario del Boletín Oficial del Viernes 16 de Septiembre de 2005

Buscar en todo Dateas!