Provincia de Buenos Aires - DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN - Resolución - 01/02/2018

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VISTO la Ley de Educación de la Provincia de Buenos Aires N° 13688, su modificatoria N° 14805 y las Resoluciones N° 7 de fecha 1° de febrero de 2016, N° 450 de fecha 12 de septiembre de 2016, N° 951 de fecha 28 de diciembre de 2016, N° 537 E-GDEBA - DGCYE de fecha 5 de septiembre de 2017, N° 922 E- GDEBA - DGCYE, de fecha 9 de octubre de 2017, N° 1517- E- GDEBA - DGCYE de fecha 24 de noviembre de 2017, N° 2378 E-GDEBA-DGCYE y N° 2379-E-GDEBA-DGCYE, ambas de fecha 29 de diciembre de 2017 y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Cultura y Educación tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva para todos los habitantes de la Provincia, en tanto ello constituye una política de Estado prevista y garantizada por la Constitución Provincial; Que la Ley Provincial de Educación N° 13688 en su artículo 69 inciso

a) faculta al Director General de Cultura y Educación a aprobar las plantas y estructuras orgánicas funcional de su dependencia; Que por Resoluciones N° 7/2016, N° 450/2016, N° 951/2016, RESFC- 2017-537 E-GDEBA – DGCYE, N° RESFC- 2017- 922 E- GDEBA - DGCYE, N° 1517-E- GDEBA – DGCYE, N° RESFC-2017-2378-E-GDEBA-DGCYE y N° RESFC-2017-2379-E- GDEBA-DGCYE se aprobaron diferentes modificaciones de la estructura organizativa del Organismo; Que las mismas se fundaron en la necesidad de adecuar la estructura orgánico funcional de la Dirección General de Cultura y Educación para asistir más eficientemente al Director General, a fin de contribuir al logro de una mayor eficiencia en el cumplimiento de las mandas previstas en la Ley N° 13.688 y sus modificatorias; Que por lo expuesto y mediante RESFC-2017-2378-E-GDEBA-DGCYE se decidió suprimir de la estructura orgánica funcional la Unidad Ejecutora Provincial con todas sus dependencias funcionales; Que asimismo y por RESFC-2017-2379-E-GDEBA-DGCYE se resolvió la creación de la Subsecretaría de Recursos Humanos, jerarquizando, modernizando y desburocratizando el área de recursos humanos; Que también es menester encarar otras modificaciones de la estructura organizativa propiciando modificaciones, supresiones y transferencias de ciertas unidades organizativas, a fin de optimizar y agilizar la gestión; Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69, incisos

a) y e), de la Ley N° 13.688 puede dictarse el presente acto administrativo; Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Modificar la Estructura Orgánica Funcional de la Dirección General de Cultura y Educación que fuera aprobada mediante las Resoluciones N° 450 de fecha 12 de septiembre de 2016, N° 951 de fecha 28 de diciembre de 2016, N° RESFC- 2017-537 E-GDEBA - DGCYE fecha 5 de septiembre de 2017 y N° RESFC- 2017- 922 E- GDEBA - DGCYE de fecha 9 de octubre de 2017, y N° 1517-E- GDEBA - DGCYE de fecha 24 de noviembre de 2017, N° 2378-E-GDEBA y N°2379-E-GDEBA, ambas de fecha 29 de diciembre de 2017 en lo pertinente y de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. ARTÍCULO 2°: Suprimir de la estructura organizativa de la Dirección General de Cultura y Educación, la Unidad Ejecutora Provincial juntamente con las Dirección Provincial de Administración y Control de Programas, Dirección Provincial de Administración de Recursos, Dirección Provincial de Administración de Infraestructura y Dirección Provincial de Coordinación Legal. ARTÍCULO 3°: Suprimir de la estructura organizativa de la Dirección General de Cultura y Educación, la Dirección Provincial de Comunicación, la Dirección de Comunicación y Prensa y la Dirección de Contenidos de Comunicación, con todas sus dependencias. ARTÍCULO 4°: Crear en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación la Dirección de Comunicación y dependiendo de la misma el Departamento Administrativo, el Departamento Fotografía y el Departamento Audiovisual; la Subdirección de Ceremonial con el Departamento Ceremonial; la Subdirección de Comunicación y Prensa con el Departamento Prensa y el Departamento Administrativo de Contenidos de Comunicación, de acuerdo al organigrama y acciones que como IF- 2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forma parte integrante del presente acto. ARTÍCULO 5°: Suprimir de la estructura organizativa de la Dirección Provincial de Legal y Técnica dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación, la Dirección de Sumarios, quedando sus dependencias funcionales bajo la órbita de la Dirección de Coordinación de Actuaciones Judiciales dependiente de la Dirección Provincial de Legal y Técnica, manteniendo sus misiones y funciones; de acuerdo al organigrama y acciones que como IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forma parte integrante del presente acto. ARTÍCULO 6°: Suprimir de la estructura organizativa de la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría Administrativa, la Dirección de Propiedades, quedando sus dependencias funcionales bajo la órbita de la Dirección Legal y Técnica Administrativa dependiente de la Dirección Provincial de Legal y Técnica, de acuerdo al organigrama y acciones que como IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 página, forma parte integrante del presente acto. ARTÍCULO 7°: Suprimir de la estructura organizativa de la Dirección Provincial de Evaluación y Planeamiento, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación, la Dirección Centro de Documentación e Información Educativa, quedando sus dependencias funcionales con sus mismas misiones y funciones, bajo la órbita de la Dirección Provincial de Evaluación y Planeamiento, de acuerdo al organigrama y acciones que como IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas , forma parte del presente acto. ARTÍCULO 8°: Suprimir de la estructura organizativa la Dirección Provincial de Servicios Generales dependiente de la Subsecretaria Administrativa, quedando sus dependencias funcionales bajo la órbita de la Dirección de Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría Administrativa. ARTÍCULO 9°: Crear en el ámbito de la Dirección de Servicios Generales dependiente de la Subsecretaria Administrativa la Dirección de Transporte Terrestre y Fluvial, quedando bajo su órbita la Subdirección de Transporte Terrestre con sus Departamentos de Servicios Terrestre, Departamento Talleres, Departamento Automotores y Departamento Logística y Distribución; la Subdirección de Transporte Fluvial con sus Departamentos Talleres Fluviales y Departamento Servicios Fluviales; de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 10: Suprimir de la estructura organizativa de la Subsecretaria Administrativa la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar con todas sus dependencias funcionales. ARTÍCULO 11: Crear en el ámbito de la Subsecretaría Administrativa la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar y dependiendo de la misma la Subdirección de Producción con el Departamento de Recubrimiento Estructural, Departamento de Logística, Departamento de Proceso Estructural, Departamento de Diseño y Tecnología, Departamento Desarrollo Tecnológico, Departamento Organización Territorial, Departamento Técnico Ejecutivo, Departamento de Emprendimientos Productivos, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF- 2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 12. Crear en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar la Dirección de Obras con la Subdirección de Obras Norte y bajo su órbita el Departamento Delegación Región 6, el Departamento Delegación Región 7, el Departamento Delegación Región 9, el Departamento Delegación Región 11, el Departamento Delegación Región 12, el Departamento Delegación Región 13, el Departamento Delegación Región 14, el Departamento Delegación Región 15 y el Departamento Delegación Región 16; la Subdirección de Obras Centro y bajo su órbita el Departamento Delegación Región 3, el Departamento Delegación Región 8, el Departamento Delegación Región 10, el Departamento Delegación Región 21, el Departamento Delegación Región 22, el Departamento Delegación Región 23, el Departamento Delegación Región 24 y el Departamento Delegación Región 25; la Subdirección de Obras Sur y bajo su órbita el Departamento Delegación Región 1, el Departamento Delegación Región 2, el Departamento Delegación Región 4, el Departamento Delegación Región 5, el Departamento Delegación Región 17, el Departamento Delegación Región 18, el Departamento Delegación Región 19 y el Departamento Delegación Región 20; la Subdirección de Control de Obras con el Departamento de Evaluación y el Departamento de Certificación y Determinación de Obra, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA- DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 13: Crear en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar la Dirección de Proyectos y dependiendo de la misma el Departamento Técnico Norte, el Departamento Técnico Centro, el Departamento Técnico Sur y el Departamento Cómputos y Presupuestos, la Subdirección de Estudios de Factibilidad con sus Departamento de Agrimensura y Departamento de Instalaciones Especiales y Tecnología, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA- DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 14: Crear en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar la Dirección de Planificación y Seguimiento de Gestión con la Subdirección de Arquitectura Escolar con el Departamento de Hábitat Escolar y el Departamento de Normas de Arquitectura; la Subdirección de Programación con el Departamento de Capacitación, el Departamento de Información y Control de Gestión, Departamento de Programación y el Departamento de Registro Patrimonial, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017- 06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, que forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 15: Crear en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar la Dirección de Administrativa de Infraestructura Escolar y bajo su órbita la Subdirección Administrativa de Infraestructura Escolar con los Departamento de Recursos Humanos y Patrimonio, el Departamento de Asuntos Legales, el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, el Departamento de Liquidaciones y Rendición de Obra, el Departamento de Sistemas y Soporte informático y Departamento de Contrataciones de Obras Públicas, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA- DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 16: Crear en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento y dependiendo de la misma el Departamento Administrativo, el Departamento Control de Producción, Departamento Proceso Final, con la Subdirección de Recursos y Logística con el Departamento Almacenes y la Subdirección de Obras de Mantenimiento con el Departamento Obras, Departamento Técnico, Departamento de Producción Seriada, Departamento de Mantenimiento Preventivo, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 17: Suprimir de la estructura organizativa de la Subsecretaría Administrativa la Dirección Provincial de Gestión de Recursos Humanos con todas sus dependencias funcionales, la Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo con todas sus dependencias funcionales. ARTÍCULO 18: Suprimir de la estructura organizativa de la Subsecretaría de Educación la Dirección Provincial de Negociaciones Colectivas con todas sus dependencias funcionales. ARTÍCULO19:CrearenelámbitodelaSubsecretaríadeRecursosHumanoslaSubdireccióndeDespachoconelDepartamento Administrativo, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 20: Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Recursos Humanos la Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo y dependiendo de la misma el Departamento Estadística y Procesamiento de Datos, la Subdirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo con los Departamentos de Condiciones del Ámbito de Trabajo y Capacitación, Departamento de Higiene y Seguridad, Departamento Técnico de Control y Gestión y el Departamento Administrativo, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017- 06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 21: Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Recursos Humanos la Dirección de Negociaciones Colectivas y dependiendo de la misma la Subdirección de Seguimiento de Acuerdos Paritarios y de Atención de Reclamos Salariales, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF- 2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 22: Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Recursos Humanos la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones y dependiendo de la misma la Subdirección de Gestión Técnica y Administrativa con el Departamento Administrativo, Departamento de Gestión Técnica y Departamento de Certificaciones, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF- 2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente resolución. ARTÍCULO 23: Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Recursos Humanos la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes con la Subdirección de Gestión de Asuntos Docentes y sus Departamentos Administrativo, Departamento Técnico y Departamento Puntaje Docente; ARTÍCULO 24: Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Recursos Humanos la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y dependiendo de la misma el Departamento Despacho, el Departamento Seguimiento de Contrataciones, el Departamento Evaluación Presupuestaria de Recursos Humanos; la Dirección de Personal con los Departamentos Regímenes Estatutarios, Departamento Movimiento de Personal, Departamento Legajos, Departamento Antigüedad Docente, Departamento Delegación Capital Federal, Departamento Registro de Títulos y Legalizaciones, Departamento Verificación de Licencias, DepartamentodeMonitoreoyDepartamentoControlyGestiónAdministrativa;laDireccióndeAdministracióndeRecursosHumanos y bajo su órbita la Subdirección de Administración de Recursos Humanos con los Departamentos Administrativo, Departamento de Control de Designaciones, Departamento de Asistencia Legal, Departamento Veteranos de Malvinas y Departamento de Secretarios Técnicos y Asistencia Contable, la Subdirección de Estadística y Planeamiento con los Departamento Estadística y Programación y Departamento Interior; la Dirección de Contralor Docente y Administrativo y dependiendo de la misma el Departamento Registro de Licencias e Inasistencias y el Departamento Control de Designaciones Docentes, la Subdirección de Régimen Docente con los Departamentos Contralor Docente I, II, III, IV y V, la Subdirección de Régimen Administrativo con el Departamento Administrativo y Departamento de Contralor Administrativo, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 25: Suprimir de la estructura organizativa de la Subsecretaria de Educación la Dirección Provincial de Educación Inicial con sus dependencias funcionales; la Dirección Provincial de Educación Primaria con sus dependencias funcionales; la Dirección Provincial de Educación Secundaria con sus dependencias funcionales y la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada con sus dependencias funcionales. ARTÍCULO 26: Crear en el ámbito de la Subsecretaria de Educación la Dirección de Educación Inicial (cargo docente), la Subdirección de Educación Inicial (cargo docente) con el Departamento Administrativo y Departamento Técnico; la Dirección de Educación Primaria(cargo docente), la Subdirección de Educación Primaria (cargo docente), con el Departamento Administrativo, el Departamento Establecimientos y el Departamento Inspecciones y Perfeccionamiento; la Dirección de Educación Secundaria (cargo docente) y dependiendo de la misma el Departamento Administrativo, el Departamento de Comunicación y Enlace Institucional, la Subdirección de Educación Secundaria(cargo docente) con el Departamento Servicios, el Departamento Técnico Institucional y el Departamento Técnico; la Dirección de Educación de Gestión Privada (cargo docente) y bajo su órbita la Subdirección Técnico Pedagógica (cargo docente), la Subdirección de Gestión Administrativa con los Departamentos Administrativo, Departamento Inspecciones y Establecimientos, Departamento de Jubilaciones y Licencias y Departamento de Registro y Supervisión, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 27: Suprimir de la estructura organizativa de la Subsecretaria de Educación la Dirección Provincial de Educación Superior con sus dependencias funcionales. ARTÍCULO 28: Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Educación la Dirección Provincial de Formación Docente y dependiendo de la misma el Departamento Técnico y el Departamento Administrativo, la Dirección de Educación Superior de Formación Docente Inicial (cargo docente) con la Subdirección de Educación Superior de Formación Docente Inicial (cargo docente); la Dirección de Formación Continua (cargo docente) con la Subdirección de Formación Continua (cargo docente) con su Departamento Administrativo; de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA- DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 29: Modificar la dependencia funcional de la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional dependiente de la Subsecretaría de Educación, pasando a depender, con todas sus unidades organizativas, del Consejo Provincial de Educación y Trabajo, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, parte integrante de la presente Resolución. ARTÍCULO 30: Suprimir de la estructura organizativa del Consejo Provincial de Educación y Trabajo la Dirección Provincial de Articulación y Promoción de la Educación Técnico Profesional, quedando sus dependencias funcionales bajo la órbita del Consejo Provincial de Educación y Trabajo, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexo IF-2017-06049811-GDEBA- DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forma parte integrante de la presente resolución. ARTÍCULO 31: Suprimir de la estructura organizativa de la Auditoría General la Dirección Provincial de Auditoría Interna y la Dirección Provincial de Auditoría de Organismos Descentralizados con sus dependencias funcionales y la Dirección de Auditoría de Organismos Descentralizados conjuntamente con sus unidades organizativas. ARTÍCULO 32: Crear en el ámbito de la Auditoría General y dependiendo de la misma un Departamento Administrativo, la Subdirección de Auditoría y Control de Gestión con el Departamento de Auditores y el Departamento de Seguimiento de Indicadores Críticos y Proyectos Especiales; la Dirección Técnico Operativa y el Departamento de Auditoría Interna e Infraestructura de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forma parte integrante de la presente resolución. ARTÍCULO 33: Determinar para la estructura organizativa que por la presente se aprueba, los siguientes cargos: un (1) Director Provincial de Infraestructura Escolar, un (1) Director General de Gestión de Recursos Humanos, un (1) Director Provincial de Formación Docente, un (1) Director de Comunicación, un (1) director de Políticas Socio Educativa, un (1) Director de Transporte Terrestre y Fluvial, un (1) Director de Obras, un (1) director de Proyectos, un (1) Director de Planificación y Seguimiento de Gestión, un (1) Director Administrativo de Infraestructura Escolar, un (1) Director de Equipamiento y mantenimiento, un (1) Director de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo, un (1) Director de Negociaciones Colectivas, un (1) Director de Jubilaciones y Certificaciones, un (1) Director de Personal, un (1) Director de Administración de Recursos Humanos, un (1) Director de Contralor Docente y Administrativo, un (1) cargo de Subdirector de Ceremonial, un (1) Subdirector de Comunicación y Prensa, un (1) subdirector Administrativo, un (1) Subdirector de Transporte Terrestre, un (1) Subdirector de Transporte Fluvial, un (1) Subdirector de Producción, un (1) Subdirector de Obras Norte, un (1) Subdirector de Obras Centro, un (1) Subdirector de Obras Sur, un (1) Subdirector de Control de Obras, un (1) Subdirector de Estudios de Factibilidad, un (1) Subdirector de Arquitectura Escolar, un (1) Subdirector de Programación, un (1) Subdirector Administrativo de Infraestructura Escolar, un (1) Subdirector de Recursos y Logistica, un (1) Subdirector de Obras de Mantenimiento, un (1) Subdirector de Despacho, un (1) Subdirector de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo, un (1) Subdirector de Seguimiento de acuerdos paritarios y Reclamos Salariales, un (1) Subdirector de Gestión Técnica y Administrativa, un (1) Subdirector de Administración de Recursos Humanos, un (1) Subdirector de Estadística y Planeamiento, un (1) Subdirector de Régimen Docente, un (1) Subdirector de Régimen Administrativo, quince (15) Jefes de Departamento Administrativo, un (1) Jefe de Departamento Fotografía, un (1) Jefe de Departamento Audiovisual, un (1) Jefe de Departamento Ceremonial, un (1) Jefe de Departamento Prensa, un (1) Jefe de Departamento Administrativo de Contenidos de Comunicación, un (1) Jefe de Departamento de Servicios Terrestres, un (1) Jefe de Departamento Talleres, un (1) Jefe de Departamento Automotores, un (1) Jefe de Departamento Logística y Distribución, un (1) Jefe de Departamento Talleres Fluviales, un (1) Jefe de Departamento Servicios Fluviales, un (1) Jefe de Departamento Recubrimiento Estructural, un (1) Jefe de Departamento de Logística, un (1) Jefe de Departamento de Proceso Estructural, un (1) Jefe de Departamento de Diseño y Tecnología, un (1) Jefe de Departamento Desarrollo Tecnológico, un (1) Jefe de Departamento Organización Territorial, un (1) Jefe de Departamento Técnico Ejecutivo, un (1) Jefe de Departamento de Emprendimientos Productivos, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 6, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 7, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 9, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 11, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 12, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 13, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 14, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 15, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 16, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 3, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 8, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 10, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 21, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 22, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 23, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 24, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 25, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 1, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 2, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 4, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 5, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 17, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 18, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 19, un (1) Jefe de Departamento Delegación Región 20, un (1) Jefe de Departamento de Evaluación, un (1) Jefe de Departamento de Certificación y Determinación, un (1) Jefe de Departamento Técnico Norte, un (1) Jefe de Departamento Técnico Centro, un (1) Jefe de Departamento Técnico Sur, un (1) Jefe de Departamento Cómputos y Presupuestos, un (1) Jefe de Departamento de Agrimensura, un (1) Jefe de Departamento de Instalaciones Especiales y Tecnología, un (1) Jefe de Departamento de Hábitat Escolar, un (1) Jefe de Departamento de Normas de Arquitectura, un (1) Jefe de Departamento de Capacitación, un (1) Jefe de Departamento de Información y Control de Gestión, un (1) Jefe de Departamento Programación, un (1) Jefe de Departamento de Registro Patrimonial, un (1) Jefe de Departamento de Recursos Humanos y Patrimonio, un (1) Jefe de Departamento de Asuntos Legales, un (1) Jefe de Departamento de Contabilidad y Presupuesto, un (1) Jefe de Departamento de Liquidaciones y Rendición de Obras, un (1) Jefe de Departamento de Sistemas y Soporte Informático, un (1) Jefe de Departamento de Contrataciones de Obras Públicas, un (1) Jefe de Departamento Control de Producción, un (1) Jefe de Departamento Proceso Final, un (1) Jefe de Departamento Almacenes, un (1) Jefe de Departamento Obras, un (1) Jefe de Departamento de Producción Seriada, un (1) Jefe de Departamento de Mantenimiento Preventivo, un (1) Jefe de Departamento Estadística y Procesamiento de Datos, un (1) Jefe de Departamento de Condiciones del Ámbito del Trabajo y Capacitación, un (1) Jefe de Departamento de Higiene y Seguridad, un (1) Jefe de Departamento Técnico de Control y Gestión, un (1) Jefe de Departamento de Gestión Técnica, un (1) Jefe de Departamento de Certificaciones, un (1) Jefe de Departamento Puntaje Docente, un (1) Jefe de Departamento Despacho, un (1) Jefe de Departamento Seguimiento de Contrataciones, un (1) Jefe de Departamento Evaluación Presupuestaria de Recursos Humanos, un (1) Jefe de Departamento Regímenes Estatutarios, un (1) Jefe de Departamento Movimiento de Personal, un (1) Jefe de Departamento Legajos, un (1) Jefe de Departamento Antigüedad Docente, un (1) Jefe de Departamento Delegación Capital Federal, un (1) Jefe de Departamento Registro de Títulos y Legalizaciones, un (1) Jefe de Departamento Verificación de Licencias, un (1) Jefe de Departamento de Monitoreo, un (1) Jefe de Departamento Control y Gestión Administrativa, un (1) Jefe de Departamento de Control de Designaciones, un (1) Jefe de Departamento de Asistencia Legal, un (1) Jefe de Departamento Veteranos de Malvinas, un (1) Jefe de Departamento de Secretarios Técnicos y Asistencia Contable, un (1) Jefe de Departamento Estadística y Programación, un (1) Jefe de Departamento Interior, un (1) Jefe de Departamento Control de licencias, un (1) Jefe de Departamento Control de Designaciones Docentes, un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente I; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente II; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente III; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente IV; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente V, un (1) Jefe de Departamento Contralor Administrativo, un (1) Jefe de Departamento Establecimientos, un (1) Jefe de Departamento Inspecciones y Perfeccionamiento, un (1) Jefe de Departamento Comunicación y Enlace Institucional, un (1) Jefe de Departamento Servicios, un (1) Jefe de Departamento Técnico Institucional, un (1) Jefe de Departamento Inspecciones y Establecimientos, un (1) Jefe de Departamento Jubilaciones y Licencias, un (1) Jefe de Departamento Registro y Supervisión, un (1) Jefe de Departamento Técnico Administrativo, cuatro (4) Jefes de Departamento Técnico, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley 10.430. ARTÍCULO 34: Determinar para la estructura organizativa que por la presente se aprueba, los siguientes cargos: un (1) Director de Gestión de Asuntos Docentes, un (1) Director de Educación Inicial, un (1) Director de Educación Primaria, un (1) Director de Educación Secundaria, un (1) Director de Educación de Gestión privada, un (1) Director de Educación Superior de Formación Docente Inicial, un (1) Director de Formación Continua; un (1) cargo de Subdirector de Gestión de Asuntos Docentes, un (1) Subdirector de Educación Inicial, (1) Subdirector de Educación Primaria, un (1) Subdirector de Educación Secundaria, un (1) Subdirector Técnico Pedagógico, un (1) Subdirector de Educación Superior de Formación Docente Inicial y un (1) Subdirector de Formación Continua, conforme a los cargos vigentes que rigen para el personal docente, Ley Nº 10.579. ARTÍCULO 35: Establecer que las unidades organizativas de nivel inferior a Dirección, que por la presente modifican su dependencia funcional, se incorporan con la planta de personal, crédito presupuestario, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios que detentan. ARTÍCULO 36: Ratificar las designaciones efectuadas por Resolución N° 1178/2014 y Resolución N° 1333/2015, en las unidades organizativas que, a instancia de la presente modifican su denominación. ARTÍCULO 37: Arbitrar, a través de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, los medios necesarios para la elaboración de las plantas innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los artículos precedentes y previa intervención de los organismos y dependencias competentes. ARTÍCULO 38: Establecer que la Dirección General de Administración tramitará ante el Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente Resolución, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero del año en curso. ARTÍCULO 39: La presente Resolución será refrendada por la Subsecretaria de Políticas Docentes y Gestión Territorial, el Subsecretario de Educación y el Subsecretario Administrativo de este Organismo. ARTÍCULO 40: Registrar esta Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa, comunicar al Consejo General de Cultura y Educación, a las Subsecretarías de Educación, Administrativa, Políticas Docentes y Gestión Territorial, a la Auditoria General; a las Direcciones de Provinciales dependientes de las mismas; al Ministerio de Economía; publicar, dar al boletín oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. Nota: Los Anexos podrán ser consultados en la Dirección General de Cultura y Educación. C.C. 825

Edicto publicado en la página 10 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Jueves 1 de Febrero de 2018

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