GOBIERNO DE LA ROVINCIA DE BUENOS AIRES - Resolución - 11/01/2018

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Número: RESOL-2017-77-E-GDEBA-SSTRANSPMIYSPGP LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 21 de Diciembre de 2017 Referencia: 2417-2387/16 alc. 1 VISTO el expediente N° 2417-2387/16 del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en el cual se dictó la Resolución Nº 245 de fecha 4 de noviembre de 2016 de esta Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, por la que se aprobó el marco normativo para la implementación de los Servicios Especializados de Turismo de Temporada, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Nº 245 de fecha 4 de noviembre de 2016 de esta Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires se aprobó el marco de implementación de los Servicios Especializados de Turismo de Temporada, estableciéndose los requisitos, las pautas básicas y de procedimiento a que deberán ajustarse los interesados que presenten solicitudes de inscripción en el Registro de Oferentes para la prestación de Servicios Especializados de Turismo de Temporada; Que a través del artículo 1° de la Resolución N° 42 de fecha 6 de octubre de 2017 de esta Subsecretaría de Transporte se declaró abierta la inscripción para la Temporada Alta 2017/2018 en el Registro de Oferentes para el Transporte de Turismo de Temporada y la de Turismo de Temporada del Interior, desde el día 11 de octubre hasta el día 31 de octubre de 2017; Que por el artículo 2° de la precitada resolución se fijó el período de Turismo de Temporada Alta 2017/2018 el comprendido entre el día 4 de diciembre de 2017 y el día 6 de mayo de 2018 inclusive, no pudiendo en caso alguno prorrogarse el mismo; Que por el artículo 9° de la Resolución N° 245/16, sustituido por la Resolución Nº 5 de fecha 11 de enero de 2017, ambas de la Subsecretaría de Transporte, se estableció que el postulante autorizado deberá entregar bienes muebles en comodato en concepto de inversiones al Estado; Que dada la situación de crisis por la que atraviesan las empresas prestatarias de los Servicios Especializados de Turismo de Temporada, deviene oportuno fijar un diferimiento de la exigibilidad del cumplimiento de lo establecido en el artículo 9° de la Resolución N° 245/16, sustituido por la Resolución Nº 5/17, ambas de la Subsecretaría de Transporte; Que no obstante encontrarse obligadas las transportistas al cumplimiento del mencionado artículo 9°, atento a que esta Subsecretaría de Transporte cuenta, por el momento, con los recursos para iniciar la temporada de Operativo Sol, así como para ejercer el poder de policía y de fiscalización a los que alude la norma, a fin de evitar toda dilación en el otorgamiento de los permisos de turismo de temporada que ello pudiera ocasionar, por cuestiones técnico-operativas y razones de oportunidad, se difiere hasta el 31 de enero de 2018, la exigibilidad de la obligación de lo dispuesto en el artículo 9° de la Resolución Nº 245/16, modificada por la Resolución Nº 5/17, ambas de la Subsecretaría de Transporte; Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 18 y el inciso 9° del artículo 56 del Decreto-Ley Nº 16.378/57 -Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros- y su Decreto Reglamentario Nº 6.864/58; Por ello, EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Diferir la exigibilidad de la obligación de lo dispuesto en el artículo 9° de la Resolución N° 245 de fecha 4 de noviembre de 2016, sustituido por el artículo 1° de la Resolución N° 5 de fecha 11 de enero de 2017, ambas de la Subsecretaría de Transporte, hasta el 31 de enero de 2018, por las razones expuestas en el Considerando de la presente resolución. ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. Lisandro Perotti Subsecretario Subsecretaría de Transporte Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos C.C. 227

Edicto publicado en la página 2 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Jueves 11 de Enero de 2018

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