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- Argentina
Ver expediente relacionado a este edicto
La Plata, 22 de septiembre de 2015.
VISTO el expediente N° 22500-29714/15, por el que tramita la aprobación del
Convenio suscripto entre este Ministerio de Asuntos Agrarios y la Municipalidad de
Coronel de Marina Leonardo Rosales, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad mencionada, en el marco del Convenio indicado en el exordio de la presente, expedirá, en nombre y representación de este Ministerio de Asuntos
Agrarios, Guías Únicas de Tránsito de Pescado a quienes reúnan los requisitos exigidos por la Ley Provincial de Pesca N° 11.477, el Anexo I del Decreto Reglamentario N°
3.237/95 y demás normativa vigente en cuanto al transporte de pescado, y para la manipulación y acondicionamiento de productos de pesca;
Que el Ministerio tendrá a cargo la impresión y entrega de las Guías Únicas de
Tránsito de Pescado, no pudiendo la Municipalidad imprimir formularios por sí ni por terceros, así como tampoco extender Guías que no sean las provistas por este Ministerio;
Que la Municipalidad depositará en el Banco de la Provincia de Buenos Aires el importe íntegro de la recaudación quincenal, y deberá remitir al Ministerio los originales de los depósitos efectuados durante este período y la recaudación de las constancias de las Guías Únicas de Tránsito de Pescado emitidas; del total de la recaudación rendida, el
Ministerio transferirá a la Municipalidad el cuarenta por ciento (40%) como pago único por los gastos que la implementación del presente sistema ocasione;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo
1° inciso
5) del Decreto N° 5.000/89 y Resolución N° 11/06;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO
N° 5.000/89 EL MINISTRO DE ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio suscripto entre este Ministerio de Asuntos
Agrarios y la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, cuyo texto pasa a formar parte de la presente como Anexo Único.
ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Alejandro Rodríguez
Ministro de Asuntos Agrarios
NOTA: El Anexo Único podrá ser consultado en el Ministerio de Asuntos Agrarios.
C.C. 13.796
Edicto publicado en la página 2 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Miércoles 16 de Diciembre de 2015
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