Provincia de Buenos Aires - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA - Resolución Nº 176/15 - 24/11/2015

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La Plata, 24 de septiembre de 2015. VISTO el Marco Regulatorio Provincial">Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales Decreto nº 878/03, ratificado por Ley nº 13.154, modificado por Decreto nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04, el Contrato de concesión aplicable a la zona de concesión provincial nº 1, Reglamento del Usuario Resolución n° 29/2002, el presente Expediente nº 2430-5753/2015, y CONSIDERANDO: Que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene por objeto ejercer el poder de policía sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cumplimiento del Marco Regulatorio y su normativa complementaria, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los intereses de la comunidad, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; Que los presentes se inician a partir del reclamo Ocaba nº 51014 formulado a nombre de la Usuaria Edith Nidia NÁPOLI, con domicilio de suministro sito en calle 115 n° 1644, entre calle 65 y Avenida 66, de la Ciudad de La Plata; Que la Usuaria formuló reclamo por vereda rota, el cual a fs. 5/6 fuera constatado por la Gerencia de Control Técnico y de Calidad del Servicio del Organismo de Control del Agua de Buenos Aires; Que, a partir de ello, el día 17 de julio de 2015 se cursó al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” la Nota Ocaba n° 780/2015, sin que la misma, a la fecha, haya sido objeto de respuesta alguna; Que ante el silencio y falta de respuesta y solución del concesionario “ABSA” la Usuaria acudió a este Organismo en procura de la defensa de sus derechos en virtud de los artículos 50 inciso

c) y 51 del Decreto nº 878/03;

Que en consecuencia y precisamente en resguardo de los derechos de la Usuaria corresponderá intimar al concesionario “A.B.S.A.” para que dé efectiva solución al reclamo formulado por el Usuario, en los términos de los artículos 51, 88 inciso

n) sigs. y concs.

del Marco Regulatorio; Que el “Reglamento del Usuario del servicio de ABSA – Resolución ORAB n° 29/02” dispone lo siguiente: “56.9 Toda solicitud de reparación implica, en su caso, la reparación de la vía pública (veredas y/o pavimento). A tal efecto, y sólo para la reparación de esta última, el PRES-

TADOR cuenta con un plazo adicional e improrrogable de cinco (5) días.

La reparación de la vía pública deberá asegurar la reposición de la misma, en iguales condiciones que su estado anterior”; Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio Provincial">Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales de la Provincia de Buenos Aires Decreto Nº 878/03, ratificado por Ley nº 13.154, modificado por Decreto nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04, el contrato de concesión aplicable a la zona de concesión provincial nº 1 y el Reglamento del Usuario del servicio de “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” - Resolución n° 29/2002; EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA DE BUENOS AIRES, RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Hacer lugar al reclamo Ocaba nº 51014 formulado por la Señora Nidia Edith NÁPOLI y ordenar, en base a todos los considerandos antes expuestos, al prestador “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” a realizar todas las acciones y tareas necesarias para reparar la por vereda rota en el inmueble sito en calle 115 n° 1644, entre calle 65 y Avenida 66, de la Ciudad de La Plata. ARTÍCULO 2°: Regístrese y Notifíquese a la Usuaria Nidia Edith NÁPOLI en el domicilio sito en calle 115 n° 1644, entre calle 65 y Avenida 66, de la Ciudad de La Plata; al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” y a la Defensoría Ciudad de la Municipalidad de La Plata. ARTÍCULO 3º: Una vez cumplido, Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, dese al SINBA y Archívese. Javier Eduardo Coronel, Presidente; Luis Mosquera Drago, Vicepresidente; Juan Diego González Morales, Director Presidente de los Usuarios; Oscar Salvador Quinto, Director Vocal; Daniel Omar Rodil, Director Vocal. C.C. 13.776

Edicto publicado en la página 2 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Martes 24 de Noviembre de 2015

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