LEY 14.642 - 14/11/2014

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El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY ARTÍCULO 1º. Créanse treinta (30) cargos de Agente Fiscal y veinte (20) cargos de Defensor Oficial con competencia en lo Criminal y Correccional, para ser establecidos en los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°. Autorízase al Poder Ejecutivo a crear los cargos necesarios para poner en funcionamiento los órganos creados por esta Ley que correspondan a magistrados, funcionarios y empleados.

A tal efecto, el Poder Ejecutivo requerirá a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia las necesidades respectivas. ARTÍCULO 3°. Las Fiscalías y Defensorías creadas por la presente ley, serán distribuidas en cada Departamento Judicial, en la ciudad cabecera y/o en los Municipios que determine la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia, con intervención del Ministerio de Justicia, en base al análisis de los índices de densidad poblacional y de litigiosidad, como así también del proceso de descentalización de órganos jurisdiccionales de los distintos fueros, que por disposición legal o de la Suprema Corte de Justicia, se lleve a cabo en el territorio provincial. ARTÍCULO 4°. Autorízase al Poder Ejecutivo a ordenar el texto de la Ley N° 5.827, Orgánica del Poder Judicial (T.O. por Decreto 3.702/92), en función de las modificaciones introducidas por la presente. ARTÍCULO 5°. Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley. ARTÍCULO 6°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil catorce. Horacio Ramiro González Juan Gabriel Mariotto Presidente Presidente H. C. Diputados H. Senado Manuel Eduardo Isasi Luis Alberto Calderaro Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. C. Diputados H. Senado DECRETO 967 La Plata, 27 de octubre de 2014. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y Boletín Oficial y archívese. Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli Ministro de Jefatura Gobernador de Gabinete de Ministros REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS (14.642)

Edicto publicado en la página 2 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Viernes 14 de Noviembre de 2014

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