Resolución de 17 de julio de 2023, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se publican las sanciones superiores a un millón de euros.

El apartado 4 del artículo 76 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales establece en su primer párrafo lo siguiente: «Será objeto de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" la información que identifique al infractor, la infracción cometida y el importe de la sanción impuesta cuando la autoridad competente sea la Agencia Española de Protección de Datos, la sanción fuese superior a un millón de euros y el infractor sea una persona jurídica». De conformidad con lo establecido en dicho precepto, se procede a la publicación de la información a que hace referencia el anexo que se adjunta.

Madrid, 17 de julio de 2023.–La Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España Martí.

ANEXO

Nombre del infractor Infracción cometida

Importe sanción

Euros

Open Bank, SA. Artículo 25 del RGPD y el artículo 32, tipificadas en el artículo 83.4 del RGPD. 2.500.000

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 178 del Jueves 27 de Julio de 2023. Otras disposiciones, Agencia Española De Protección De Datos.

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...