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El apartado 4 del artículo 76 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales establece en su primer párrafo lo siguiente: «Será objeto de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" la información que identifique al infractor, la infracción cometida y el importe de la sanción impuesta cuando la autoridad competente sea la Agencia Española de Protección de Datos, la sanción fuese superior a un millón de euros y el infractor sea una persona jurídica». De conformidad con lo establecido en dicho precepto, se procede a la publicación de la información a que hace referencia el anexo que se adjunta.
Madrid, 17 de julio de 2023.–La Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España Martí.
ANEXO
Nombre del infractor | Infracción cometida | Importe sanción – Euros |
---|---|---|
Open Bank, SA. | Artículo 25 del RGPD y el artículo 32, tipificadas en el artículo 83.4 del RGPD. | 2.500.000 |
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 178 del Jueves 27 de Julio de 2023. Otras disposiciones, Agencia Española De Protección De Datos.