Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Universidad de Vigo, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a don Celso Fernández Silva.

La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades en su disposición adicional segunda, relativa al Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias y de la integración de sus miembros en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, dispone lo siguiente:

«1. A los efectos del acceso de estos profesores al Cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad, los profesores Titulares de Escuela Universitaria que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas. Para la acreditación de Profesores Titulares de Escuela Universitaria se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.»

Solicitada por don Celso Fernández Silva, funcionario del cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, su integración en el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad y acreditados los requisitos establecidos, este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Universidades y demás disposiciones concordantes, resuelve integrar a don Celso Fernández Silva, con DNI ****9628, en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, quedando adscrito al mismo Departamento, Área de Conocimiento y Centro que estuviera en su cuerpo de origen, con efectos del 16 de septiembre de 2021.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de dicha publicación, ante el Rector. En este caso no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjese la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Vigo, 21 de septiembre de 2021.–El Rector, Manuel Joaquín Reigosa Roger.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 251 del Miércoles 20 de Octubre de 2021. Autoridades y personal, Universidades.

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