Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y 52 del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de esta resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca por esta resolución podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.

Segunda.

El puesto de trabajo que se convoca por esta resolución tiene la observación de «Vigencia Temporal», quedando sujeta su vigencia a la gestión y ejecución de los proyectos contemplados en el Real Decreto‐ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tercera.

Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, a la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y las presentarán en los lugares indicados en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común para las Administraciones Públicas.

Cuarta.

Además de los datos personales, número de registro personal y último destino definitivo obtenido, los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su curriculum vitae en el que harán constar:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados.

c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno poner de manifiesto.

Quinta.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 28 de septiembre de 2021.–La Subsecretaria de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Amparo López Senovilla.

ANEXO I

Número Orden Centro directivo, puesto de trabajo Nivel Adscripción Complemento específico Localidad Titulación Observaciones y méritos
Administración Grupo Cuerpo
  Secretaria de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales                
  Unidad Temporal para ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia                
1 Coordinador/Coordinadora de Área –5569932–. 29 AE A1   21.490,84 Madrid.   V.T. (Vigencia temporal).

ANEXO II

Modelo que se cita

 

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 235 del Viernes 1 de Octubre de 2021. Autoridades y personal, Ministerio De Asuntos Económicos Y Transformación Digital.

Otras ediciones del BOE

<<<Mayo 2024>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...