Resolución de 1 de septiembre de 2021, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

Mes de agosto de 2021

A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.

Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) 1

Plazos Porcentaje
Dos años. –0.496
Tres años. –0.458
Cuatro años. –0.416
Cinco años. –0.370
Siete años. –0.266
Diez años. –0.092
Quince años.  0.141
Veinte años.  0.241
Treinta años.  0.220

B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor  de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

  Porcentaje
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) a plazo de un año1 –0.545

Madrid, 1 de septiembre de 2021.–El Director General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago, Juan Ayuso Huertas.

1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio (BOE de 6 de julio).

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 213 del Lunes 6 de Septiembre de 2021. Otras disposiciones, Banco De España.

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