Extracto de la Resolución de 17 de agosto de 2021, de la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por la Resolución de la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria  de 3 de agosto de 2021

BDNS(Identif.):578531

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/578531)

Primero. Convocatoria:

Por Resolución de la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, de 3 de agosto de 2021, cuyo extracto fue publicado en el BOE de 9 de agosto, se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de extranjería, destinadas a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas por fondos de la Unión Europea, en aplicación de la Orden ESS/1423/2012 de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.

Segundo. Procedimiento de tramitación de urgencia:

En consonancia con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se considera que concurren razones de interés publico que aconsejan resolver, con la máxima celeridad y eficacia, la totalidad de los expedientes administrativos de concesión de subvenciones públicas que se tramitan al amparo de la mencionada convocatoria, y que deben financiarse con cargo al presupuesto de 2021.

Tercero. Reducción de plazos:

Se acuerda reducir a la mitad los plazos establecidos en el mencionado procedimiento, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Cuarto. Entrada en vigor:

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Madrid, 17 de agosto de 2021.- La Directora general de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, María Teresa Pacheco Mateo-Sagasta.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 213 del Lunes 6 de Septiembre de 2021. Anuncios, Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones.

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