Resolución de 21 de junio de 2021, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración sobre delegación de competencias.

Con fecha 27 de mayo de 2021 fue adoptado en el Consejo de Administración de ENAIRE el siguiente acuerdo:

«Delegar, indistintamente, tanto en el Director General, don Ángel Luis Arias Serrano, con DNI XX.XXX.XXX-X, como en el Secretario General, don Jaime Antonio Serrano Moreno, con DNI XX.XXX.XXX-X las más amplias facultades y competencias para que, actuando en nombre y representación de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, puedan realizar cuantos actos y otorgar cuantos documentos públicos y privados sean necesarios para el proceso de constitución, puesta en funcionamiento y desarrollo del objeto social de la mencionada STARTICAL, SL, y en concreto, comparecer ante cualesquiera entidades u organismos públicos o privados para:

1. La constitución de la citada Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada STARTICAL, SL mediante la asunción de participaciones sociales representativas hasta el máximo del 50% de su capital social, así como todos los trámites previos, simultáneos o posteriores necesarios para la efectiva constitución e inscripción de la misma en el Registro Mercantil. El socio titular del 50% restante de participaciones de esta entidad será Indra Sistemas, SA.

2. Representar a ENAIRE, en su calidad de socio de STARTICAL, en todas las Juntas Generales de Socios que se celebren de la misma, incluida la correspondiente a su constitución, aprobando su orden del día y votando en el sentido que estimen más conveniente para los intereses de ENAIRE.

3. Aprobar y modificar los estatutos sociales de STARTICAL, fijando su objeto, domicilio, duración y demás menciones contenidos en los mismos; establecer el órgano de administración social y nombrar a los miembros del Consejo de Administración.

4. Negociar, acordar, firmar, ratificar, suscribir, otorgar, novar, modificar, subsanar o refundir tanto en documento público como en privado, en los términos y condiciones que consideren adecuados, cualesquiera documentos relacionados con la constitución de STARTICAL que sean necesarios para su definitiva inscripción en el Registro Mercantil.

5. Comparecer ante fedatario público a los efectos de otorgar la escritura pública de constitución de STARTICAL, S.L., y la elevación a público del Acuerdo de Socios, en su caso, así como, realizar y otorgar cualesquiera modificaciones y/o subsanaciones, aclaraciones, así como todas aquellas comunicaciones y actuaciones necesarias o convenientes para la formalización, consumación, inscripción registral o ejecución de los actos descritos en los apartados anteriores.

6. Comparecer ante cualquier autoridad española y/o extranjera y realizar cuantos actos y firmar cuantos documentos se estimen necesarios o convenientes para completar la ejecución de las facultades otorgadas en este acto, así como para notificar, en su caso, a entidades públicas o privadas las operaciones previstas en él.

Asimismo, acuerda dejar sin efecto la delegación de facultades previamente realizada en la reunión de este Consejo celebrada el pasado día 30 de abril de 2021.»

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho acuerdo.

Madrid, 21 de junio de 2021.–El Director General de ENAIRE, Ángel Luis Arias Serrano.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 161 del Miércoles 7 de Julio de 2021. Otras disposiciones, Ministerio De Transportes, Movilidad Y Agenda Urbana.

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