LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Edicto.

Don Román García-Varela Iglesias, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000056/2009, se ha dictado en fecha 17 de marzo de 2021, sentencia declarando la conclusión del concurso de la mercantil Sistemas de Ejecución Alzados Construcciones, S.L., con CIF B35957950, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que desestimando la oposición a la solicitud de conclusión del concurso, procede declarar la conclusión del procedimiento concursal de la sociedad Sistemas de Ejecución Alzados Construcciones, S.L., quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición del concursado.

En caso de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos del deudor persona jurídica, procede acordar su extinción y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase por el L.A.J. de este Juzgado, mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Se aprueba la rendición de cuentas realizada por la administración concursal

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.- El Magistrado-Juez.

Las Palmas de Gran Canaria, 30 de abril de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Román García-Varela Iglesias.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 109 del Viernes 7 de Mayo de 2021. Administración de Justicia, Juzgados De Lo Mercantil.

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