Extracto de la Orden de 7 de octubre de 2020, por la que se convoca el Premio "Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2020-2021"

BDNS(Identif.):527597

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/527597)

Primero. Objeto y modalidades.

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio "Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2020-2021", con la finalidad de contribuir a promocionar los aceites de oliva virgen extra.

Modalidades:

a) Premio "Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra-Frutado Verde Amargo".

b) Premio "Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra- Frutado Verde Dulce":

c) Premio "Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra-Frutado Maduro":

El aceite que haya obtenido la mejor puntuación en la fase de cata y en la valoración físico-química, contará además con el Premio Especial "Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra".

Segundo. Participantes y aceites admitidos a concurso.

Podrán participar en el premio quienes ostenten la titularidad de las almazaras autorizadas que tengan su sede social en España, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 11 de la Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo.

Sólo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campaña 2020-2021.

Cada almazara podrá concursar con una muestra de aceite de oliva virgen extra procedente de un lote homogéneo, cuyo tamaño será de al menos 10.000 kilogramos.

Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación.

1. Las personas jurídicas y quienes las representen dirigirán las solicitudes al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán, a través del registro electrónico de este Ministerio, en su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es), según el modelo normalizado disponible en dicha sede.

2. Si los beneficiarios son personas físicas, podrán optar por presentar las solicitudes presencialmente en papel, en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".

Cuarto. Recogida de muestras.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación realizará la recogida de las muestras en las instalaciones de la entidad inscrita en el concurso y el precintado del depósito o depósitos correspondientes.

Por cada aceite presentado al concurso se recogerán ocho ejemplares de muestra final de 250 ml.

Madrid, 7 de octubre de 2020.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 273 del Jueves 15 de Octubre de 2020. Anuncios, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.

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