Resolución de 28 de agosto de 2020, del Consejo Insular de Formentera (Illes Balears), referente a la modificación de la incoación de expediente de declaración de Bien de Interés Cultural del Molí Vell de la Mola.

El Pleno del Consell Insular de Formentera (Illes Balears), en sesión ordinaria de 31 de julio de 2020, aprobó la modificación del acuerdo adoptado por el Pleno del Consell en sesión de 29 de noviembre de 2019, sobre la incoación del expediente para declarar el Molí Vell de la Mola como Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento.

El anexo descriptivo y la localización aparecen publicados en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» (BOIB) núm. 148/2020, de 27 de agosto, en las páginas 28.433 a 28.438 (en lengua catalana) y 28.870 a 28.875 (en lengua castellana).

Lo que se hace público a los efectos oportunos y para general conocimiento, abriéndose el plazo de veinte días desde el día siguiente de la publicación en el BOE para la formulación de las alegaciones que se consideren oportunas, en base al artículo 9.3 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears, y al artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El expediente puede consultarse en el área de Patrimonio del Consell Insular de Formentera (c/ del Arxiduc Lluís Salvador, 2 de Sant Francesc de Formentera), de lunes a viernes de nueve a catorce horas.

Formentera, 28 de agosto de 2020.–La Presidenta, Alejandra Ferrer Kirschbaum.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 251 del Lunes 21 de Septiembre de 2020. Otras disposiciones, Administración Local.

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