LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000295/2013, se ha dictado en esta fecha Auto núm. 178/2020 declarando la conclusión del concurso de la mercantil Masqueplayas Booking On Line S.L., con CIF B76088905, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de Masqueplayas Booking On line S.L.., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal.

2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 248 del Jueves 17 de Septiembre de 2020. Administración de Justicia, Juzgados De Lo Mercantil.

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