Resolución de 23 de julio de 2020, de la Subsecretaría, que modifica la de 30 de junio de 2020, por la que se publica la relación de admitidos y excluidos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocado por Resolución de 12 de febrero de 2020.

Por Resolución de 12 de febrero de 2020 (BOE del 18), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se ha hecho pública la relación de aspirantes admitidos y excluidos mediante Resolución de la Subsecretaría, de 30 de junio de 2020 (BOE de 10 de julio).

Advertido error, se modifica dicha Resolución en los siguientes términos:

Donde dice: «Anexo, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente (Resolución de 12 de febrero de 2020, BOE del 18) Relación provisional de aspirantes excluidos», debe decir: «Anexo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente (Resolución de 12 de febrero de 2020, BOE del 18) Relación provisional de aspirantes excluidos».

Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 23 de julio de 2020.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Miguel González Suela.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 237 del Viernes 4 de Septiembre de 2020. Autoridades y personal, Ministerio Para La Transición Ecológica Y El Reto Demográfico.

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