Resolución de la Autoridad Portuaria de Tarragona referente al trámite de información pública relativa a la solicitud presentada por EUROPORTS IBÉRICA TPS, S.L., para la modificación sustancial de la concesión "Conjunto de instalaciones destinadas a la actividad de entrega, recepción y depósito temporal y otras operaciones de manipulación de carbón en el muelle de Navarra" con número de expediente de Dominio Público 230, para la ampliación del objeto de la misma.

La Autoridad Portuaria de Tarragona tramita un procedimiento administrativo para la modificación sustancial de una concesión sobre dominio público portuario, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Este procedimiento administrativo se inició a instancia de la empresa EUROPORTS IBÉRICA TPS, S.L., con el objeto de obtener una modificación sustancial de la concesión administrativa sobre dominio público portuario de la que es titular, consistente en la ampliación del objeto concesional, para poder manipular adicionalmente granel sólido del Grupo I de mercancías recogidos en el Anexo III del texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.2 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, para que aquellos que estén interesados puedan presentar, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, alegaciones sobre la solicitud de concesión que se tramita.

Los escritos de alegaciones deberán dirigirse a la Autoridad Portuaria de Tarragona, sita en el Paseo de la Escullera, sin número, código postal 43004 de Tarragona.

Durante el referido plazo, podrá examinarse la documentación correspondiente, en horario de 8.00 a 15.00 horas de lunes a jueves y de 8.00 a 14.00 horas los viernes, excepto festivos, en la Dirección de Dominio Público y Protección Portuaria, ubicada en la planta baja del edificio de la Autoridad Portuaria de Tarragona.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tarragona, 10 de agosto de 2020.- Presidente, Josep María Cruset i Domènech.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 235 del Miércoles 2 de Septiembre de 2020. Anuncios, Ministerio De Transportes, Movilidad Y Agenda Urbana.

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