Resolución 430/38234/2020, de 30 de julio, de la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, por la que se convocan vacantes en los órganos judiciales de la jurisdicción militar.

De conformidad con el artículo 45.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 19.3.a) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», se anuncian para su provisión las vacantes existentes en los órganos judiciales militares relacionados en el anexo I, al objeto de darle publicidad en cumplimiento del artículo 12 del Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, por el que se regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales y en requerimiento del artículo 25.2 de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar. Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases:

Primera.

La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, y, en lo específicamente previsto para la provisión de destinos en los órganos judiciales de la jurisdicción militar y en todo lo que sea de aplicación, por lo establecido en el Reglamento de destinos del personal militar profesional, aprobado por el Real Decreto 456/2011, de 1 de abril; en el Reglamento número 1/2010, de 25 de febrero de 2010, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales; y, en el Acuerdo de 28 de abril de 2011, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial.

Segunda.

Las vacantes que se anuncian son de nombramiento discrecional y carácter jurisdiccional.

Tercera.

Podrán tomar parte en la presente convocatoria los miembros del Cuerpo Jurídico Militar que reúnan los requisitos de la correspondiente vacante y resto de condiciones previstas en la normativa que les resulta de aplicación, debiendo mantenerse todos ellos hasta la toma de posesión.

Cuarta.

Las solicitudes se ajustarán al modelo que se adjunta (anexo II), debiendo figurar la manifestación expresa de que el peticionario cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, y se presentarán en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta.

La solicitud de vacante deberá ir acompañada de una relación detallada de los méritos profesionales del solicitante, relacionados con el desempeño de funciones jurisdiccionales, y extrajurisdiccionales, académicos y científico-jurídicos, que acrediten su competencia jurídica y aptitud para el ejercicio de la función jurisdiccional específica de la vacante solicitada, así como para aquellas otras funciones que sean inherentes al cargo.

Esta documentación deberá remitirse en soporte electrónico, según modelo accesible en la página web de la Jurisdicción Militar (www.jurisdiccionmilitar.es), «Sala de Gobierno/Vacantes en Órganos Judiciales».

Sexta.

Las solicitudes y documentación anexa se remitirán, dentro del plazo de admisión, a la dirección de correo electrónico: negvacdescc@mde.es, del Área de Cuerpos Comunes de la Subdirección General de Personal Militar.

Séptima.

La Subdirección General de Personal Militar (Área de Cuerpos Comunes) remitirá a la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central la relación de peticionarios admitidos, junto con su respectiva documentación, y la de los peticionarios excluidos, especificando la causa de inadmisión, a fin de que aquella emita el informe motivado a que se refieren los artículos 47 y 54 de la Ley Orgánica 4/1987 y proceda al posterior traslado de toda la documentación al Consejo General del Poder Judicial, con indicación a la Subdirección General de Personal Militar de la fecha de efectividad de dicho trámite.

Octava.

La asignación del destino se efectuará por el Consejo General del Poder Judicial y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo la publicación los efectos de notificación a los interesados en el presente procedimiento de provisión de destinos.

Novena.

Los peticionarios a los que no se asignara el destino solicitado dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOE, recurso de alzada ante la Subsecretaria de Defensa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Madrid, 30 de julio de 2020.–La Directora General de Personal, Adoración Mateos Tejada.

ANEXO I

Provisión C406 20200014

Núm. vac.

Dirección general, organismo, centro, unidad, localidad

Código identif. unidad

Código puesto trabajo

Clas.

Ejército

Cuerpo y escala

Empleo

Retribuciones CSCE

Observaciones

AS

TA

3052

TRIBUNAL MILITAR TERRITORIAL PRIMERO

(MADRID)

4G000100

194T6/001

LD

C

CC

CJM/EO

TCOL

566,46

CJ02

3053

TRIBUNAL MILITAR TERRITORIAL SEGUNDO

(SEVILLA)

4G002000

194U6/002

LD

C

CC

CJM/EO

CTE

566,46

CJ02

3054

TRIBUNAL MILITAR TERRITORIAL TERCERO

(BARCELONA)

4G003000

194/T6/002

LD

C

CC

CJM/EO

TCOL

566,46

CJ02

3055

TRIBUNAL MILITAR TERRITORIAL CUARTO

(A CORUÑA)

4G004000

194R2/001

LD

C

CC

CJM/EO

COR

828,66

CJ01

3056

JUZGADO TOGADO MILITAR TERRITORIAL N.º 13

(VALENCIA)

4H005100

194K7/001

LD

C

CC

CJM/EO

CTE/CAP

566,46

CJ11

3057

JUZGADO TOGADO MILITAR TERRITORIAL N.º 52

(LAS PALMAS DE G.C.)

4H029000

194K7/001

LD

C

CC

CJM/EO

CTE/CAP

566,46

CJ11

TA: Cumplimiento del tiempo de permanencia en determinado tipo de destinos necesario para el ascenso, según establece la Instruccción 52/2011, de 29 de julio, del Subsecretario de Defensa (BOD número 153).

C: Cumple condiciones ascenso.

D: No cumple condiciones ascenso.

X: Indeterminado, según condiciones.

Z: Exento de cumplimiento.

Observaciones:

(CJ01) Auditor Presidente.

(CJ02) Vocal Togado.

(CJ11) Juez Togado.

1

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 216 del Martes 11 de Agosto de 2020. Autoridades y personal, Ministerio De Defensa.

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