Resolución de 23 de julio de 2020, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con Caja de Burgos Fundación Bancaria y la Fundación Bancaria la Caixa, para la organización conjunta en 2020 del XIII Festival de Música Antigua "Las Huelgas Medieval", así como un programa didáctico en el Monasterio de Santa María La Real de Las Huelgas.

Con fecha 21 de julio de 2020 se ha suscrito el Convenio entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Caja de Burgos Fundación Bancaria y la Fundación Bancaria la Caixa para la organización conjunta en 2020 del XIII Festival de Música Antigua «Las Huelgas Medieval», así como un programa didáctico en el Monasterio de Santa María La Real de Las Huelgas.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 23 de julio de 2020.–El Consejero Gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Ernesto Abati García-Manso.

ANEXO

Convenio entre el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Caja de Burgos Fundación Bancaria y la Fundación Bancaria la Caixa para la organización conjunta en 2020 del XIII Festival de Música Antigua «Las Huelgas Medieval», así como un programa didáctico en el Monasterio de Santa María La Real de Las Huelgas

REUNIDOS

De una parte, doña María de los Llanos Castellanos Garijo, en nombre y representación del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, en su calidad de Presidenta, nombrada por Real Decreto 412/2020, de 26 de febrero, y actuando en virtud de las atribuciones que le otorga el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, aprobado mediante Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo.

De otra parte, el Sr. don Rafael Barbero Martin, en nombre y representación, en su calidad de Director General y Apoderado, de Caja de Burgos Fundación Bancaria (en adelante, «Fundación Caja de Burgos»), domiciliada en Burgos (09004), «Casa del Cordón», plaza de la Libertad, s/n, y con NIF G-09000787. Ostenta su representación en virtud de la escritura otorgada ante el Notario de Burgos don Fernando Puente de la Fuente, el 25 de julio de 2014.

Y de otra parte, el Sr. don Rafael Fernando Chueca Blasco, Director Corporativo del Área de Territorio y Centros, en nombre y representación de la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona «la Caixa» (en adelante, «Fundación Bancaria «la Caixa»»), entidad domiciliada en Palma (Illes Balears), plaça Weyler, 3 (07001), y con NIF G-58899998. Ostenta su representación en virtud de poder otorgado ante el Notario de Barcelona don Tomás Giménez Duart el 22 de octubre de 2014 bajo el número 2.832 de su protocolo e inscrito en el Registro de Fundaciones con fecha 17 de noviembre de 2014.

EXPONEN

Primero.

Que el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (en adelante, «Patrimonio Nacional») es un organismo público, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, orgánicamente dependiente del Ministerio de la Presidencia del Gobierno, creado al amparo de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, cuyos fines primordiales son la gestión y administración de los bienes y derechos del Patrimonio nacional y que, de acuerdo con el artículo 3 dela citada Ley 23/1982, adoptará las medidas conducentes al uso de los bienes integrados en dicho patrimonio con fines culturales, científicos y docentes.

Segundo.

Que Patrimonio nacional tiene atribuidas entre sus funciones las de administrar y gestionar los bienes que la Corona cedió al Estado, conservando su derecho de uso, y teniendo, entre otros, un triple objetivo:

– Poner a disposición de todos los ciudadanos uno de los conjuntos culturales más importantes de Europa.

– Conservar y restaurar sus bienes históricos muebles e inmuebles.

– Preservar y respetar el medio ambiente, flora y fauna de los bosques y jardines que administra.

Tercero.

Que la Fundación Caja de Burgos, contempla entre sus fines el desarrollo económico y social de su ámbito de actuación, lo que se llevará a cabo a través del fomento de la investigación, el desarrollo económico y la innovación, el impulso de la educación y, en particular, la de tipo financiero, la cultura, la sanidad y los servicios de asistencia social, la defensa de medio ambiente, el deporte, los proyectos y acciones de ayuda humanitaria, así como a través de todas aquellas actuaciones que tengan transcendencia económica y social.

Cuarto.

Que la Fundación Bancaria «la Caixa», contempla entre sus objetivos la realización de obras benéficas y sociales, propias o en colaboración con instituciones del país, atendiendo las diferentes necesidades de la sociedad. La misión de la Fundación Bancaria «la Caixa» es construir una sociedad mejor y más justa, dando más oportunidades a las personas que más lo necesitan. La Fundación Bancaria «la Caixa» desarrolla programas sociales, de fomento de la investigación y el conocimiento, culturales y educativos con una vocación transformadora.

Quinto.

Que la Fundación Caja de Burgos y la Fundación Bancaria «la Caixa» mantienen un acuerdo de colaboración para la realización conjunta de proyectos de obra social en el territorio de Burgos, y es voluntad de ambas partes incluir el proyecto objeto de este convenio en dicho acuerdo.

Sexto.

Que las tres Instituciones (Patrimonio Nacional, Fundación Caja de Burgos y Fundación Bancaria «la Caixa») tienen intereses comunes en el campo de la cultura y son conscientes de que una adecuada colaboración entre ellas redundará en beneficio de las tres partes y en la consecución de sus respectivos fines.

Séptimo.

Que, durante los meses de septiembre y octubre de 2020, el Patrimonio Nacional tiene prevista la celebración de cuatro conciertos de música medieval en el Monasterio de Santa María la Real de Las Huelgas de Burgos.

Octavo.

Que, a lo largo del año 2020, el Patrimonio Nacional va a diseñar y desarrollar un proyecto didáctico centrado en el Monasterio de Santa María la Real de Las Huelgas en relación con el Consulado del Mar de Burgos.

Noveno.

Que es interés de la Fundación Caja de Burgos y de la Fundación Bancaria «la Caixa» colaborar con el Patrimonio Nacional en este proyecto musical y en este proyecto pedagógico, experiencia que las tres partes consideran positiva para la consecución de sus fines sociales.

Por ello, y con tales fines, acuerdan formalizar el presente Convenio que se desarrollará con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Patrimonio Nacional, la Fundación Caja de Burgos y Fundación Bancaria «la Caixa» para la organización de los conciertos y del programa didáctico previamente mencionados.

Segunda. Actividades.

Los conciertos que se celebrarán al amparo de este Convenio durante el año 2020 son los siguientes, todos ellos dentro del XII Festival de Música Antigua «Las Huelgas Medieval»:

– Concierto número 1: sábado 12 de septiembre, Alía Música, bajo la dirección de Miguel Sánchez, interpretarán un programa titulado «Secreta mulierum, Vox feminae: La voz de las mujeres en la música de la Edad Media», con obras anónimas de los códices medievales de Las Huelgas, Salamanca, Paris y Londres.

– Concierto número 2: el 13 de septiembre, Aquel Trovar, interpretará un programa titulado «Nas Olgas de Burgos» con algunas de las Cantigas de Santa María de Alfonso X el Sabio y algunas obras de Códice de Las Huelgas.

– Concierto número 3: el sábado 17 de octubre, Tasto Solo, interpretará un programa titulado «La Flor en Paradis», con obras producidas por clérigos y monjas durante los siglos XIII y XIV.

– Concierto número 4: el domingo 18 de octubre, Piacere de Flauti interpretará un programa titulado «Alphonsus nobilis. Crónicas alfonsíes», con obras dedicadas a Alfonso VIII de Castilla.

También al amparo de este convenio, se desarrollará un proyecto didáctico centrado en el Monasterio de Santa María la Real de Las Huelgas en relación con el consulado del Mar de Burgos.

Tercera. Compromisos de las partes.

A) Por parte de Fundación Bancaria «la Caixa»:

1. Realizar una aportación económica por un importe máximo de treinta mil euros (30.000,00 €), IVA incluido, para cubrir el ciclo musical «Las Huelgas Medieval», y de veintinueve mil doscientos euros (29.200,00 €), IVA incluido, para el programa didáctico de visitas guiadas para centros escolares.

Fundación Bancaria «la Caixa» abonará ambos importes a la Fundación Caja de Burgos en concepto de colaboración por los conciertos citados y el programa didáctico, que se hará efectiva mediante transferencia en una cuenta bancaria abierta a nombre de Fundación Caja de Burgos en CaixaBank, y previa presentación de documento de solicitud de pago.

B) Por parte de Fundación Caja Burgos:

1. Aportar todos los recursos humanos y materiales necesarios, directa o indirectamente, para llevar a término la organización de los citados conciertos objeto de este Convenio.

2. Colaborar activamente en la difusión de los conciertos y del programa pedagógico a través de la Revista de programación de la Fundación Caja de Burgos, en prensa, directorios, web y redes sociales propias.

C) Por parte del Patrimonio Nacional:

1. Organizar las actividades objeto de este convenio, los referidos conciertos y programa didáctico, descritos en la Cláusula Segunda.

2. Aportar la infraestructura necesaria para la realización de los conciertos y del programa didáctico. En esta ocasión, todos los instrumentos serán suministrados por los propios músicos.

3. Facilitar la logística de ensayos, conciertos y programa didáctico en los lugares citados.

4. Promocionar y difundir la celebración de los conciertos a través de su página web.

Cuarta. Comisión de seguimiento.

Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento formada por un representante de cada una de las partes, que velará por el control, vigilancia y ejecución de las obligaciones adquiridas por los firmantes. A esta comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:

– Acordar la concreción de las actividades a llevar a término en cumplimiento de este Convenio.

– Velar por el correcto desarrollo del proyecto y las necesidades que puedan surgir en la implementación del mismo.

– Evaluar el cumplimiento de los objetivos.

– Realizar el control y seguimiento y velar por la correcta aplicación de la aportación económica efectuada por la Obra Social «la Caixa».

– Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.

– Evaluar el resultado del proyecto y de la colaboración.

– Interpretar el Convenio y gestionar los posibles litigios.

Y en general, todas aquéllas que se desprenden del presente Convenio y o que las partes estimen convenientes.

Esta Comisión celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las Partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo.

Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

Quinta. Difusión y titularidad.

5.1 Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los conciertos.

5.2 En toda la promoción y difusión de los conciertos y programa pedagógico objeto del presente convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las tres instituciones involucradas (Patrimonio Nacional, Fundación Caja de Burgos y Fundación Bancaria «la Caixa»). Las tres instituciones deberán entregarse mutuamente los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos en los soportes promocionales en que se han de incluir estos.

5.3 La referencia al Patrimonio Nacional en el material de difusión en torno a los conciertos y programa pedagógico requerirá la previa y expresa autorización del Patrimonio Nacional y necesitará el visto bueno de la Institución antes de cualquier envío o publicación. A tal fin, y con antelación suficiente con respecto a su edición, se remitirán al Patrimonio Nacional las pruebas de los referidos materiales.

5.4 De la misma forma las referencias a Fundación Caja de Burgos y Fundación Bancaria «la Caixa» en el material de difusión en torno a los conciertos requerirá la previa y expresa autorización de Fundación Caja de Burgos y Fundación Bancaria «la Caixa» y necesitará el visto bueno de estas entidades antes de cualquier envío o publicación. A tal fin, y con antelación suficiente con respecto a su edición, se remitirán a Fundación Caja de Burgos y Fundación Bancaria «la Caixa» las pruebas de los referidos materiales.

5.5 No se realizará grabación de los conciertos que se programan ni, por consiguiente, se producirá posterior difusión de los mismos que implique titularidad intelectual alguna.

Sexta. Vigencia.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro de Órganos Instrumentales e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Entrará en vigor en la fecha de su publicación en el BOE y tendrá efectos desde entonces hasta el 31 de diciembre de 2020.

Antes de la finalización del período de vigencia previsto, las partes, por decisión unánime, podrán acordar la prórroga que no podrá tener una duración superior a cuatro años. Esta prórroga deberá ser comunicada al Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, previo cumplimiento de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y publicada en el BOE.

Séptima. Responsabilidad.

El Patrimonio Nacional será responsable de la organización de los conciertos citados y del programa didáctico, por lo que Fundación Bancaria «la Caixa» y Fundación Caja de Burgos no asumirán responsabilidad de ningún tipo frente a terceros en relación con la organización, ejecución, gestión y desarrollo de estos.

Octava. Medidas sanitarias frente al coronavirus COVID-19.

El Patrimonio Nacional se compromete a cumplir con todas las medidas de higiene y prevención, así como de prevención de riesgos y laborales que sean exigibles en las actividades objeto de este convenio, los referidos conciertos y programa didáctico, cuando tengan lugar conforme a la normativa administrativa aplicable vigente en ese momento y que se encuentren dirigidas a los diferentes colectivos implicados en las mismas, tales como público y asistentes, trabajadores o artistas.

Novena. Modificación, extinción y resolución.

9.1 El presente convenio de colaboración podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el oportuno acuerdo haya tenido lugar antes de la expiración de su plazo de duración.

9.2 El Convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

9.3 Serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.

Este requerimiento será comunicado al responsable de la otra parte de la Comisión Mixta de Seguimiento. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa no conlleva indemnización por los perjuicios causados.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) La imposibilidad sobrevenida de realizar la actividad descrita.

f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

9.4 En caso de la concurrencia de un supuesto de fuerza mayor o caso fortuito (incluida sin carácter exclusivo la pandemia por el coronavirus COVID- 19), las partes procurarán buscar una solución para que las actividades objeto de este convenio puedan tener lugar cuando cese dicho supuesto. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar.

Si no fuera posible que las partes alcanzasen una solución para que pudieran tener lugar estas actividades tras el cese de dicho supuesto, y la cancelación deviniese definitiva, Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones. En este sentido, Fundación Bancaria «la Caixa» únicamente vendrá obligada a pagar aquellos costes que hubiese asumido conforme a este convenio siempre y cuando los mismos ya hubiesen sido desembolsados y respecto a los cuales resultase imposible obtener el reembolso.

En todo caso, Patrimonio Nacional hará lo posible para minimizar tales costes y comunicará la cancelación por este supuesto a todas las partes afectadas, entre ellas Fundación Bancaria «la Caixa», así como cualesquiera proveedores involucrados en el proyecto, a la mayor brevedad posible. Fundación Bancaria «la Caixa» no asumirá los costes derivados de una demora en la cancelación y/o en la comunicación de la misma.

Décima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiere surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Undécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente Convenio se rige los por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente acuerdo se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. Una vez agotada esa vía, tales controversias se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Duodécima. Competencias.

Este acuerdo no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Decimotercera. Información sobre protección de datos personales.

13.1 Los datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes), serán tratados por las otras partes con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los intervinientes se dan por informados de lo siguiente:

a) Los respectivos responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de privacidad de cada una de ellas son los siguientes:

– Fundación Bancaria «la Caixa»: E-mail: dpd@fundacionlacaixa.org; Dirección postal: Avenida Diagonal, 621-629, 08028 Barcelona.

– Fundación Caja de Burgos: Dirección postal indicada en el encabezamiento.

– Patrimonio Nacional: Dirección postal indicada en el encabezamiento.

b) Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades, ni serán objeto de decisiones automatizadas.

c) En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de privacidad, a través de las direcciones indicadas.

d) Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de privacidad, según corresponda, en las direcciones indicadas.

e) Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de privacidad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.

13.2 Queda expresamente convenido que todos los datos o información que las partes se comuniquen en relación con el proyecto objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos.

13.3 Las partes declaran que cumplirán, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa vigente sobre tratamiento de datos de carácter personal.

13.4 Los datos personales de las personas inscritas en las actividades descritas en la cláusula segunda serán tratados por Fundación Caja de Burgos como entidad Responsable del Tratamiento con la finalidad de administrar la relación con sus proveedores y gestionar la inscripción en las actividades organizadas. Los datos que se traten serán los obligatorios para la gestión, no siendo dichos datos comunicados a terceros. Se podrán ejercer los derechos en la siguiente dirección: Caja de Burgos, Fundación Bancaria, plaza de la Libertad, s/n (Casa del Cordón), 09004, Burgos, o en el correo electrónico protecciondedatos@cajadeburgos.com. Otros detalles sobre la Política de Protección de Datos se encuentran recogidos en la web www.cajadeburgos.com.

Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo, por triplicado y a un solo efecto.–Por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, María de los Llanos Castellanos Garijo, Presidenta.–Por Caja de Burgos Fundación Bancaria, Rafael Barbero Martín, Director General y Apoderado.–Por la Fundación Bancaria «la Caixa», Rafael Fernando Chueca Blasco, Director Corporativo Área de Territorio y Centros.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 210 del Martes 4 de Agosto de 2020. Otras disposiciones, Ministerio De La Presidencia, Relaciones Con Las Cortes Y Memoria Democrática.

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