Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se hace pública la delegación de funciones de su Consejo de Administración en el Presidente.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en su sesión celebrada el día 30 de junio de 2020, acordó las delegaciones de funciones del Consejo de Administración en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares siguientes:

"-Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares, la imposición de las sanciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, cuya imposición corresponde al Consejo de Administración al amparo del artículo 30.5 apartado i) y 315.1 a) del citado texto legal.

-Delegar en el Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares la designación de suplentes, de forma temporal, de los miembros de dichas Mesa de Apertura de Ofertas y Comisión Técnica, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, en el procedimiento de concurso o en el trámite de competencia de proyectos, en la tramitación de títulos administrativos de ocupación o utilización del dominio público portuario, según previsión establecida por el artículo 79, el punto 1 del artículo 85, el artículo 86, el punto 3 del artículo 139 y el artículo 183 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre."

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Palma de Mallorca, 3 de julio de 2020.- El Presidente, D. Joan Gual de Torrella Guasp, La Secretaria, D.ª. M.ª Antonia Ginard Moll.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 188 del Jueves 9 de Julio de 2020. Anuncios, Ministerio De Transportes, Movilidad Y Agenda Urbana.

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