Orden AUC/1015/2019, de 8 de octubre, de avocación de competencias para la firma de un Convenio entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y la Asociación World Leadership Alliance Club de Madrid, para la organización del diálogo de políticas 2019.

El artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que corresponde a los Ministros celebrar, en el ámbito de su competencia, contratos y Convenios, sin perjuicio de la autorización del Consejo de Ministros cuando sea preceptiva.

Al amparo de este precepto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, apartado 1, letra a), de la Orden AUC/295/2019, de 11 de marzo, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias, las facultades relativas a la celebración de encargos a medios propios, encomiendas de gestión y Convenios con otras Administraciones Públicas, con organismos públicos y con personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho privado están actualmente delegadas, dentro del ámbito de su competencia y para importes inferiores a 500.000,00 euros, en el Director General del Servicio Exterior.

Según lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Dada la trascendencia social del Convenio entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y la Asociación World Leadership Alliance Club de Madrid para la organización del diálogo de políticas 2019, que aconseja que la competencia para la firma de dicho Convenio sea avocada, dispongo:

Primero.

Avocar para mí la competencia delegada en el Director General del Servicio Exterior para el acto concreto de celebrar un Convenio de los previstos en el capítulo Vl del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y la Asociación World Leadership Alliance Club de Madrid para la organización del diálogo de políticas 2019.

Segundo.

La presente Orden habrá de ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de octubre de 2019.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Josep Borrell Fontelles.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 245 del Viernes 11 de Octubre de 2019. Otras disposiciones, Ministerio De Asuntos Exteriores, Unión Europea Y Cooperación.

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