Orden APM/319/2017, de 7 de abril, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 15 hm³ para el mes de abril de 2017.

En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura en reunión celebrada el 6 de abril de 2017, la Dirección General del Agua, con fecha 6 de abril de 2017, ha emitido informe propuesta sobre la situación de los embalses de cabecera del Tajo en el que se hace constar que el volumen de existencias efectivas en el conjunto de embalses Entrepeñas-Buendía, a fecha 1 de abril de 2017, era de 399,6 hm3 por lo que, acorde con lo establecido en el punto 1 de la disposición adicional quinta, «Reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura», de la Ley 21/2015, de 20 de julio, de Montes, se ha constatado que se está en situación hidrológica excepcional, nivel 3.

En situación hidrológica excepcional, según se dispone en el punto 2 de la disposición adicional quinta de la citada Ley 21/2015, de 20 de julio, de Montes, cuando concurran las condiciones hidrológicas de nivel 3, la autorización de trasvases le corresponde al Ministro que tenga atribuidas las competencias en materia de agua, previo informe de la Comisión Central de Explotación. En esta situación de nivel 3, según se establece en el artículo 1 del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, corresponde al órgano competente, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, la autorización, de forma discrecional y motivada, de un volumen mensual de hasta 20 hm3/mes.

En consonancia con el acuerdo de la Comisión Central de Explotación de fecha 6 de abril de 2017, constatada la situación hidrológica excepcional, nivel 3, en el mes de abril de 2017 y acorde con el informe y propuesta emitido el día 6 de abril de 2017 por la Dirección General del Agua, en función de los volúmenes de existencias en los embalses de Entrepeñas-Buendía a principios del mes de abril de 2017, así como las aportaciones previsibles para los próximos meses, acorde con lo dispuesto en la disposición adicional quinta, punto 2, de la Ley 21/2015, de 20 de julio, de Montes, y lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, resuelvo:

Autorizar un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 15 hm3 para el mes de abril de 2017.

Madrid, 7 de abril de 2017.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 86 del Martes 11 de Abril de 2017. Disposiciones generales, Ministerio De Agricultura Y Pesca, Alimentación Y Medio Ambiente.

Materias

  • Abastecimiento de aguas
  • Acueducto Tajo-Segura
  • Autorizaciones
  • Embalses

Otras ediciones del BOE

<<<Junio 2024>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...