CUESTIÓN de inconstitucionalidad n.º 7790-2007, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 7790-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Cáceres, en el Juicio Rápido núm. 467/2006, en relación con el art. 57.2 del Código Penal, por posible vulneración de los arts. 1.1, 10.1, 14, 24.2, 25.1 y 39.1 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, Juicio Rápido núm. 467/2006, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto.

Madrid, 6 de noviembre de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 283 del Lunes 26 de Noviembre de 2007. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Referencias posteriores

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA su DESESTIMACIÓN, por Sentencia 84/2010, de 3 de noviembre

Materias

  • Código Penal
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Malos tratos

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