ORDEN FOM/3278/2004, de 28 de septiembre, por la que se modifica parcialmente el anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol).

De acuerdo con lo establecido por el artículo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, y de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea, hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981, que ha sido ratificado por España mediante Instrumento de 14 de abril de 1987, en particular con lo establecido en el párrafo 2.e) del artículo 3 y en el párrafo 1.a) del artículo 6 de dicho Acuerdo, y en ejecución de la Decisión número 79 adoptada por la Comisión Ampliada de Eurocontrol el día 20 de agosto de 2004, se modifica parcialmente el apartado quinto del anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea, según la redacción dada por la Orden FOM/3627/2003, de 26 de diciembre, por la que se establecen las tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2004, para la actualización de las tarifas unitarias de Dinamarca y la República Checa por el uso de sus redes de ayudas a la navegación aérea.

En su virtud, dispongo:

Primero.-De conformidad con lo determinado en la Decisión número 79 adoptada por la Comisión Ampliada de Eurocontrol el día 20 de agosto de 2004, queda modificada desde el 1 de septiembre de 2004, la referencia a las tarifas unitarias correspondientes a Dinamarca y la República Checa, que figuran en el apartado quinto, párrafo 2, del anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol), según la redacción dada por la Orden FOM/3267/2003, de 26 de diciembre. Dichas tarifas se sustituyen por las siguientes:

Estado: Dinamarca; Tarifa unitaria 56,59 Euros.

República Checa; Tarifa unitaria 24,40 Euros.

Segundo.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 28 de septiembre de 2004.

ÁLVAREZ ARZA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 247 del Miércoles 13 de Octubre de 2004. Disposiciones generales, Ministerio De Fomento.

Notas

  • Entrada en vigor el 14 de octubre de 2004.

Materias

  • Dinamarca
  • Navegación aérea
  • Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea
  • República Checa
  • Tarifas

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