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- España
Mediante escrito de fecga 18 de mayo de 2001, don Tomás Pérez Ruiz,
Presidente de la Asociación Española de Leasing (AEL) propone que se
apruebe por este centro directivo un modelo de cancelación genérico de
las cargas obrantes en el Registro de Bienes Muebles procedentes del
Registro Administrativo de Tráfico y que se transfieron a aquél en virtud del
Convenio entre la Dirección General de Tráfico y la Dirección General
de los Registros y del Notariado de fecha 10 de mayo de 2000, esto es,
para el archivo denominado "Histórico", en cuanto que no figura inscrito
en el Registro de Bienes Muebles, sino como mero arrastre de las cargas
existentes hasta la fecha del Convenio,
Vistos la Orden del Ministerio de Justicia de 19 de julio de 1999 por
la que se aprueba la Ordenanza del Registro de Venta a Plazos de Bienes
Muebles (hoy Registro de Bienes Muebles), la disposición adicional única
del Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por la que se crea el Registro
de Bienes Muebles y el apartado IV del anexo XIV del Reglamento General
de Vehículos aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
La Dirección General de Tráfico deniega la transferencia administrativa
si no desaparecen las limitaciones jurídicas a la transmisibilidad de los
vehículos, y se requiere un sistema ágil de cancelación ya que las
operaciones de tráfico se perfeccionan con gran rapidez.
Dado que las cargas obrantes en el Archivo Histórico del Registro de
Bienes Muebles, esto es, las procedentes por transferencia de los datos
obrantes en el Registro Administrativo de Tráfico a la entrada en vigor
del Convenio de 10 de mayo de 2000, no estén sujetos a los mismos
principios y efectos que las cargas anotadas o inscritas con posterioridad al
mismo, donde ya se aplican los principios de calificación y demás
característicos de un Registro Jurídico, y dado que hasta entonces el vigente
Reglamento General de Vehículos admite la cancelación de limitaciones
de disposición en virtud de escrito suscrito por el vendedor o arrendador,
con firmas reconocidas,
Esta Dirección General acuerda aprobar el adjunto modelo de
cancelación de limitaciones dispositivas obrantes en el Archivo Histórico del
Registro de Bienes Muebles derivadas de contratos de arrendamiento
financiero o venta a plazos con pacto de reserva de dominio o prohibición
de disponer.
Madrid, 16 de julio de 2001.-La Directora general, Ana López-Monis
Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles
de España.
Cancelación de titularidades dominicales, limitaciones y reservas
de dominio, prohibiciones de disponer, cargas y gravámenes sobre
vehículos matriculados, constatadas en el Registro de Bienes Muebles
mediante transferencia informática procedente del Registro Central de
Tráfico-Dirección General de Tráfico, a instancia del titular o
beneficiario de dichas situaciones jurídicas
A) Titular o beneficiario de la situación jurídica, solicitante de la
cancelación.
Razón social: .....................................................................................................
Domicilio social: ...............................................................................................
Código de identificación fiscal: ......................................................................
Representante suscriptor de la solicitud: .....................................................
B) Identificación del vehículo.
Clase: .................................................................................................................
Marca: ................................................................................................................
Modelo: ..............................................................................................................
Matrícula: ..........................................................................................................
C) Situación jurídica afectante al vehículo, cuya cancelación se solicita
(márquese X en la casilla que corresponda):
i Titularidad dominical del arrendador financiero (o "cláusula de
arrendamiento con opción de compra o a largo "plazo").
i Reserva de dominio.
i Prohibición de disponer.
................................ a ........... de ................................ de 200......
.......................................................................................
Firma del representante y sello de la entidad solicitante
Reconocimiento de la firma de la entidad solicitante por entidad de crédito,
Queda cancelada la situación jurídica especificada en el apartado C) de
este documento, afectante al vehículo identificado en el apartado B), a solicitud
del titular o beneficiario de la misma, identificado en el apartado A).
................................ a ........... de ................................ de 200......
El Registrador Mercantil encargado del Registro de Bienes Muebles
de .................................................................
(Firma y sello)
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 262 del Jueves 1 de Noviembre de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.