Quiero saber acerca de...
- España
En el procedimiento de revocación de la autorización administrativa
para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros, incoado por
la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y publicado en
el "Boletín Oficial del Estado" el día 10 de agosto de 2001, ha resultado
constatado que "Plaza Capital, Sociedad Anónima", no ha comparecido
ante esta Dirección General en el plazo de quince días para acreditar
quién es la persona que ejerce las funciones de dirección técnica, requisito
necesario para la conservación de la autorización administrativa para el
ejercicio de la actividad de correduría de seguros.
En consecuencia, con arreglo a lo establecido en el artículo 19.1.b)
de la Ley 9/1992, de Mediación en Seguros Privados, se procede a revocar
la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría
de seguros a "Plaza Capital, Sociedad Anónima", y a su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado", según exige el artículo 19.2 de la citada
Ley 9/1992.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá
interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de
Economía en el plazo de un mes desde su notificación, conforme a lo establecido
en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 15 de octubre de 2001.-La Directora general, María del Pilar
González de Frutos.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 262 del Jueves 1 de Noviembre de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.