Real Decreto 983/2001, de 3 de agosto, por el que se declara la jubilación forzosa por incapacidad permanente de don Eladio Escusol Barra.

De conformidad con lo establecido en los artículos 379.1.f),

385.2, 387 y 388 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial; Real Decreto 670/1987, de 30 de abril, y

disposiciones concordantes, por Acuerdo del Pleno del Consejo

General del Poder Judicial en su reunión del día 19 de julio

de 2001,

Vengo en declarar la jubilación forzosa por incapacidad

permanente para el ejercicio de sus funciones de don Eladio Escusol

Barra, Magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, con

los derechos pasivos que le correspondan por esta causa, cesando

en su destino al día siguiente de aquel en el que el Pleno del

Consejo General del Poder Judicial acordó la mencionada

jubilación.

Dado en Palma de Mallorca a 3 de agosto de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 215 del Viernes 7 de Septiembre de 2001. Autoridades y personal, Consejo General Del Poder Judicial.

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