SENTENCIA de 9 de marzo de 2001, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el artículo 20 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto 3494/1981, de 29 de diciembre.

En la cuestión de ilegalidad número 4/1999, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta) del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia, en fecha 9 de marzo de 2001, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

"Que, estimando totalmente la cuestión planteada por la Sección Cuarta de la Sala de esta Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y sin afectar a la situación jurídica concreta derivada de la Sentencia dictada por el expresado Tribunal en el recurso contencioso-administrativo número 1.440/1993, se declara la ilegalidad, desde el 1 de enero de 1986, del artículo 20 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto 3493/1981, de 29 de diciembre, anulándolo por su oposición a lo dispuesto en la Directiva Comunitaria Europea 69/335/CEE, de 17 de septiembre, en cuanto su artículo 11.b), impide someter a imposición indirecta los empréstitos con emisión de obligaciones y su cancelación incluido el gravamen sobre las escrituras notariales, que lo formalice."

Presidente: Excelentísimo señor don Emilio Pujalte Clariano ; Magistrados, excelentísimos señores don Pascual Sala Sánchez, don Jaime Rouanet Moscardó, don Ramón Rodríguez Arribas, don José Mateo Díaz y don Alfonso Gota Losada.

Y en virtud de Auto de 24 de abril de 2001 se ha acordado:

"La Sala acuerda: La rectificación del error material contenido en la Sentencia de 6 de abril de 2001, corrigiéndolo según dispone el razonamiento jurídico segundo de este Auto y por lo tanto la parte dispositiva queda redactada como sigue: "Que, estimando totalmente la cuestión planteada por la Sección Cuarta de la Sala de esta Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y sin afectar a la situación jurídica concreta derivada de la Sentencia dictada por el expresado Tribunal en el recurso contencioso-administrativo número 1.440/1993, se declara la ilegalidad, desde el 1 de enero de 1986, del artículo 20 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto 3494/1981, de 29 de diciembre, anulándolo por su oposición a lo dispuesto en la Directiva Comunitaria Europea 69/335/CEE, de 17 de septiembre, en cuanto su artículo 11.b), impide someter a imposición indirecta los empréstitos con emisión de obligaciones y su cancelación incluido el gravamen sobre las escrituras notariales, que lo formalice"."

Presidente: Excelentísimo señor don Emilio Pujalte Clariano ; Magistrados, excelentísimos señores don Pascual Sala Sánchez, don Jaime Rouanet Moscardó, don Ramón Rodríguez Arribas, don José Mateo Díaz y don Alfonso Gota Losada.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 163 del Lunes 9 de Julio de 2001. Disposiciones generales, Tribunal Supremo.

Materias

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

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