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El Ministerio de Educación y Cultura y la Comunidad Autónoma de
Canarias han suscrito un Convenio de Colaboración para la recopilación
y microfilmación de todos los documentos que sobre las islas Canarias
se encuentran custodiados en el Archivo General de Simancas, por lo que,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo
de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de dicho Convenio, que figura como anexo a esta
Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de septiembre de 1998.-El Director general, Rafael
Rodríguez-Ponga y Salamanca.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y CULTURA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
SOBRE FUENTES DOCUMENTALES RELATIVAS A LA HISTORIA DE
CANARIAS EN EL ARCHIVO GENERAL DE SIMANCAS
En Madrid, a 18 de mayo de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Esperanza Aguirre y Gil
de Biedma, Ministra de Educación y Cultura, actuando por delegación
del Gobierno de la Nación, en virtud de Acuerdo del Consejo de Ministros
de 21 de julio de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de agosto), que
en lo sucesivo se denominará cedente.
Y de otra, el excelentísimo señor don José Mendoza Cabrera, Consejero
de Educación, Cultura y Deportes, en nombre y representación del
Gobierno de Canarias, en virtud de la facultad que le atribuye el artículo 29.1.k)
de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas de Canarias, que en lo sucesivo se denominará
cesionario.
Actúan en el ejercicio de las competencias que, respectivamente, tienen
atribuidas por el artículo 149.2 de la Constitución y el artículo 30 de
la Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica
10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias.
EXPONEN
Primero.-Que el cesionario está interesado en la reproducción y
posterior utilización con fines de difusión cultural en el microfilm de los
documentos que constituyen "Fuentes documentales relativas a la Historia
de Canarias en el Archivo General de Simancas".
Segundo.-Que el Archivo General de Simancas es un centro
dependiente del Ministerio de Educación y Cultura a través de la Dirección
General del Libro, Archivos y Bibliotecas y que el citado Ministerio está
dispuesto a conceder el permiso necesario para su reproducción y difusión,
dada la relevancia cultural que ello conlleva.
ESTIPULACIONES
Primera.-El presente Convenio tendrá una vigencia de dos años a partir
de la firma del mismo, considerándose tácitamente prorrogado por uno
más siempre que no medie entre las partes denuncia expresa del mismo,
la cual se manifestará al menos con un mes de antelación.
Segunda.-El cedente autoriza al cesionario para que pueda reproducir
en microfilm todos los documentos relacionados con el proyecto
denomiando "Fuentes documentales relativas a la Historia de Canarias en el
Archivo General de Simancas".
Tercera.-El cedente, debido a la relevancia cultural del proyecto, exime
al cesionario de los precios públicos estipulados en la Orden de 20 de
enero de 1995.
Cuarta.-El cedente se compromete a realizar la reproducción de los
documentos en el servicio de microfilm del Archivo General de Simancas,
quedando el negativo de cámara en el citado Archivo y entregándose al
cesionario copia del mismo.
Corresponden al cesionario los gastos derivados de la coordinación
técnica y científica, así como la búsqueda y clasificación de la
documentación objeto de este Convenio, cifrados en 1.000.000 de pesetas por
anualidad de vigencia del mismo.
Quinta.-Que el cesionario se compromete a citar la colaboración del
Ministerio de Educación y Cultura en cualquier actividad relacionada con
el objeto del presente Convenio.
Sexta.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se crea una Comisión de Vigilancia y Control que
resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del presente Convenio, así como el seguimiento periódico
de las labores objeto del mismo. Dicha Comisión se constituirá a partir
de la firma de este Convenio y estará compuesta, a partes iguales, por
dos representantes del Ministerio de Educación y Cultura, nombrados por
el Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas, y dos representantes
de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de
Canarias, nombrados por el Director general de dicha Consejería, más un
representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de
las Islas Canarias.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado
en el lugar y fecha indicado "ut supra".-La Ministra de Educación y Cultura,
Esperanza Aguirre y Gil de Biedma.-El Consejero de Educación, Cultura
y Deportes, José Mendoza Cabrera.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 241 del Jueves 8 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Educación Y Cultura.