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- España
MINISTERIO DE DEFENSA
Juzgados Marítimos Permanentes
VIGO
Edicto
Don Manuel Leira Alcaraz, Comandante Auditor
del Cuerpo Jurídico Militar, Juez Marítimo
Permanente de Auxilios, Salvamentos y Remolques
de Vigo número 5, en prórroga de jurisdicción,
Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo
se instruye expediente con motivo de la asistencia
marítima prestada el día 3 de septiembre de 1998,
por el buque "Monte Carrasco", de la matrícula
de Vigo, lista 3. ª , folio 5-5-91, al nombrado
"Viduido", folio 2.435 de la 3. ª lista de San Sebastián.
Lo que se hace público, a los efectos previstos
en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre
de 1962 ("Boletín Oficial" número 310), reguladora
de la materia, a fin de que todos los que se
consideren interesados en dicho asunto se personen
en forma y comparezcan aportando los
comprobantes en que funden sus derechos ante este
Juzgado, sito en la calle María, número 224, de Ferrol,
edificio Servicios Generales, en el plazo de treinta
días a partir de la publicación del presente edicto.
Dado en Ferrol a 24 de septiembre de 1998.-El
Comandante Auditor, Manuel Leira
Alcaraz.-50.192-E.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Dirección General de Política
Económica y Defensa
de la Competencia
Nota-extracto a efectos del trámite de información
pública, según lo dispuesto en el artículo 38.3 de
la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la
Competencia, y en el artículo 5 del Real Decreto
157/1992, de 21 de febrero, que la desarrolla, en
relación con el expediente número 1.875/98
Aviso. Se instruye por la Dirección General de
Política Económica y Defensa de la Competencia
del Ministerio de Economía y Hacienda con el
número 1.875/98, expediente a instancia de don
Juan Antonio Villegas García, en nombre y
representación de la mercantil "Trans Unión España
Credit Bureau, Sociedad Limitada", solicitando
autorización singular para la creación y funcionamiento
de un fichero de intercambio de mora, a gestionar
por la empresa "Grupo Interprés, Sociedad
Anónima";
Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,
de Defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del
Estado" del 18), contempla la facultad del Tribunal
de Defensa de la Competencia de autorizar los
acuerdos a que se refiere el artículo 3 de dicha
disposición legal,
Esta Dirección General, en cuanto órgano
instructor del expediente y conforme a lo previsto en
el artículo 38.3 de la Ley 16/1989, ha acordado
abrir un período de información pública durante
diez días hábiles a partir de la publicación de este
aviso. Según lo preceptuado en el artículo 36.4 de
la Ley 16/1989 para que toda persona física o
jurídica, sea o no interesada, pueda aportar cualquier
clase de información y exponer cuantos datos estime
significativos acerca del objeto del referido
expediente.
Madrid, 21 de septiembre de 1998.-El Director
general de Política Económica y Defensa de la
Competencia, Luis de Guindos Jurado.-51.151.
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera
Edicto sobre notificación de expediente sancionador
(expediente 221/98) sobre supuesta infracción leve
de la Ley 40/1979, sobre control de cambios
Por acuerdo de fecha 31 de julio de 1998, se
ha dictado resolución en el expediente sancionador
abierto a don José Rodríguez Pérez.
Desconociéndose el último domicilio del interesado, por el
presente se le notifica que puede retirar la citada
resolución en el despacho oficial de la Instructora
(ubicado en la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, plaza de Jacinto Benavente, número 3,
despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los diez
días hábiles siguientes a la publicación de este edicto.
Transcurrido dicho plazo, esta resolución, que
pone fin a la vía administrativa será inmediatamente
ejecutiva, de conformidad con el artículo 10 del
Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el
que se regula el procedimiento sancionador de las
infracciones administrativas en materia de control
de cambios. Pudiéndose, a partir de ese momento,
interponer contra ella recurso
contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo), en
el plazo de dos meses, si perjuicio de la posibilidad
de interponer recurso extraordinario de revisión, si
concurriera alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre.
Madrid, 1 de octubre de 1998.-La Instructora,
Ángeles Rodríguez.-50.810-E.
Edicto sobre notificación de actuaciones previas
(AP-685/98) sobre supuesta infracción leve de la
Ley 40/1979, sobre control de cambios
Con fecha 8 de septiembre de 1998, se ha dictado
acuerdo de resolución de las actuaciones previas
número 685/1998, abiertas a nombre de Mohamed
y de Omar Es-Saidi. Desconocidos los domicilios
de los interesados, por el presente se les notifica
que pueden retirar la citada resolución en el
despacho oficial del Instructor (ubicado en la Dirección
General del Tesoro y Política Financiera, plaza de
Jacinto Benavente, número 3, despacho 220, 28012
Madrid), a partir de la publicación de este edicto.
Madrid, 2 de octubre de 1998.-El Instructor, José
Luis Cádiz Deleito.-50.812-E.
Organismo Nacional de Loterías
y Apuestas del Estado
Resolución por la que se inicia expediente por
transmisión intervivos de una Administración de Lotería
Nacional
Al amparo de lo que establece el artículo 13 del
Real Decreto 1082/1985, de 11 de junio, se ha
iniciado expediente por transmisión intervivos de
la Administración de la Lotería Nacional que a
continuación se relaciona, con expresión del nombre
del solicitante y Administración de Lotería Nacional:
Administración de Loterías número 458 de
Madrid, don Marcelino García Ibar.
Los interesados en este expediente podrán
efectuar cuantas alegaciones estimen oportunas en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
Madrid, 28 de septiembre de 1998.-El Director
general, Luis Perezagua Clamagirand.-51.155.
Tribunal Económico-
Administrativo Central
Vocalía Quinta
Edicto
Desconociéndose el actual domicilio de don José
Martínez Rodríguez, por no hallársele en avenida
América, 1, 7. º E, que había designado, se le hace
saber por el presente edicto que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el
expediente R.G. 1756/96 y R.S. 94/96, seguido a su instancia
por el Impuesto sobre el Valor Añadido, se ha
dictado resolución en la sesión de la Sala del día 11
de junio de 1998, cuya parte dispositiva dice lo
siguiente:
El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
don José Martínez Rodríguez, contra la resolución
del Tribunal Económico Administrativo Regional
de Castilla y León, de 18 de diciembre de 1995,
expediente número 24/596/1993, por el que se
deniega la solicitud de devolución del Impuesto
sobre el Valor Añadido, ejercicio 1987 y cuantía
de 4.487.645 pesetas. Acuerda: Desestimar la
reclamación formulada, confirmando la resolución
impugnada.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 24 de septiembre de 1998.-El Vocal,
P. S. Mariano Fortuny.-50.129-E.
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
Dirección General de Trabajo
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa
legal vigente sobre depósito de los Estatutos y
modificación de los mismos, tanto de las asociaciones
profesionales, como de sindicatos de trabajadores,
se hizo público en el "Boletín Oficial del Estado"
número 181, de fecha 30 de julio de 1998, referente
a la Unión de Pequeños Autónomos del Transporte,
las Comunicaciones y el Mar (UNIATRAMC), en
el que se anunció que firman el escrito don Manuel
Mariscal Moreno, en calidad de Presidente, y don
Antonio Rivera Zambrano, en calidad de Secretario
y otros, cuando debería haberse anunciado que
firman el escrito don Antonio Rivera Zambrano, en
calidad de Presidente, y don Pedro Alverola Soriano,
en calidad de Secretario y otros, lo que se hace
público al objeto de subsanar el error cometido,
de conformidad con lo establecido al respecto en
el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 21 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.795-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 26 de agosto de 1998,
ha sido solicitado el depósito en el Servicio de
Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de esta
Subdirección General de Programación y Actuación
Administrativa, de escrito referente al acuerdo
adoptado por la Junta general celebrada el día 9 de
junio de 1998, respecto a la modificación de los
Estatutos de Fungidex-Agrupación de Exportadores
de Fundición (expediente número 3.197).
Habida cuenta que en la documentación
presentada se observaron determinados defectos y
omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin
de proceder a la tramitación del depósito solicitado
con fecha 7 de septiembre de 1998, se les formuló
el correspondiente requerimiento que fue
cumplimentado el 22 de septiembre de 1998.
La referida modificación consiste en: La nueva
redacción de sus Estatutos.
Firman el acta: Don Rafael de la Peña
Bengoechea, en calidad de Presidente, y don Antonio
Pipaón Palacio, en calidad de Secretario.
Lo que se hace público, para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.760-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 18 de septiembre de
1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio
de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos
de esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, de escrito referente al
acuerdo adoptado por la Junta general ordinaria
celebrada el día 3 de junio de 1998, respecto a
la modificación de los Estatutos de la Asociación
Sindical Española de Concesionarios de Nissan
(expediente número 2.793).
La referida modificación consiste en: Cambio del
domicilio social a la calle Santa María Magdalena,
números 10-12, segunda planta, de Madrid.
Firman el escrito: Don Juan Arévalo Gutiérrez,
en calidad de Presidente, y don Baldomero Lázaro
Galán, en calidad de Secretario general.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.764-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 21 de septiembre de
1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio
de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos
de esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, de escrito referente al
acuerdo adoptado por la Asamblea general ordinaria
celebrada el día 25 de febrero de 1998, respecto
a la modificación de los Estatutos de la Asociación
Sindical de Fabricantes de Tubos de Hormigón
Armado (ATA) (expediente número 6.457).
La referida modificación consiste en dar nueva
redacción al artículo 7 de sus Estatutos.
Firman el acta: Don Ignacio Gadea Herráez, en
calidad de Presidente, y don Julián Martín de
Eugenio Cid, en calidad de Secretario general.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.775-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 21 de septiembre de
1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio
de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos
de esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, de escrito referente al
acuerdo adoptado por la V Asamblea general
ordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 1997,
respecto a la modificación de los Estatutos de la
Asociación Sindical de Cuadros de Iberdrola (ASCI)
(expediente número 5.236).
La referida modificación consiste en dar nueva
redacción a los artículos 1. º 1, 3. º 3, 4. º 1, 7. º 1,
9. º 5 y 21.1, de sus Estatutos, cambiando la
denominación por la de Asociación Sindical de Cuadros
de Iberdrola, Grupo Empresarial.
Firman el acta: Don José D. Alcantud Cayuela,
en calidad de Presidente, y doña Carmen Marta
Pérez Sánchez, en calidad de Secretaria.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.779-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 17 de septiembre de
1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio
de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos
de esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, de escrito referente al
acuerdo adoptado por la Junta general
extraordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 1997,
respecto a la modificación de los Estatutos de la
Asociación de Operadores de Transporte Ferroviario
y Propietarios de Vagones de España (ASOFEVA)
(expediente número 4.867).
La referida modificación consiste en dar nueva
redacción a los artículos 19, 20, 21, 25, 28 y 30
de sus Estatutos.
Firman el acta: Don Fernando Rodríguez
Barnuevo, en calidad de Presidente, y don Juan
Rodríguez Arroyo, en calidad de Secretario.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.782-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en la
normativa legal vigente, sobre depósito de Estatutos,
y a los efectos previstos en dicha normativa, se
hace público que el día 24 de septiembre de 1998,
ha sido solicitado el depósitto en el Servicio de
Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de
esta Subdirección General de Programación y
Actuación Administrativa, al acuerdo adoptado por
la Asamblea general extraordinaria de la Unión de
Sindicatos Independientes de la Administración
Pública (USIAP) (expediente número 6.402), en
reunión celebrada el día 21 de septiembre de 1998,
de adhesión a la Unión Sindical Obrera (USO)
(expediente número 28), según acuerdo de aceptación
del Consejo Confederal y de la Comisión Ejecutiva
Confederal de USO, en reunión celebrada los días
14 y 15 de septiembre de 1998.
Firman el escrito: Por parte de USIAP, don Javier
de la Oliva Santos, en calidad de Presidente, y don
Juan Gutiérrez Salguero, en calidad de Secretario
de Actas.
Firman el escrito por parte de USO, Don Ladislao
Pérez Iglesias, en calidad de Secretario Confederal
de Organización, y doña Matilde Soto Rico, en
calidad de Secretaria de Actas.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.785-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en la
normativa legal vigente, sobre depósito de Estatutos,
y a los efectos previstos en dicha normativa, se
hace público que el día 25 de septiembre de 1998,
ha sido solicitado el depósito en el Servicio de
Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de esta
Subdirección General de Programación y Actuación
Administrativa, del acuerdo adoptado por el Comité
Ejecutivo del Sindicato de Empleados de la Caja
de Ahorros y Pensiones de Barcelona (SECPB)
(expediente número 4.408), en reunión celebrada el
día 12 de mayo de 1998, de adhesión a la
Confederación de Sindicatos Independientes de Cajas
de Ahorros (CSICA) (expediente número 764),
según acuerdo de aceptación de la Comisión
Ejecutiva CSICA, en reunión celebrada el día 10 de
junio de 1998.
Firman el escrito por parte de SECPB: Don Juan
Antoli Segura, en calidad de Presidente, y don
Andrés Corominas, en calidad de Secretario general.
Firman el escrito por parte de CSICA: Don Félix
Torquemada Vega, en calidad de Presidente, y don
Fernando Salas García-Ochoa, en calidad de
Secretario general.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.787-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,
se hace público que el día 23 de abril de 1998,
ha sido solicitado el depósito en el Servicio de
Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de esta
Subdirección General de Programación y Actuación
Administrativa, de escrito referente al acuerdo
adoptado por la Asamblea general extraordinaria
celebrada el día 17 de marzo de 1997, respecto a la
modificación de los Estatutos de la Federación de
Asociaciones de Productores Audiovisuales
Españoles (FAPAE) (expediente número 5.080).
Habida cuenta que en la documentación
presentada se observaron determinados defectos y
omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin
de proceder a la tramitación del depósito solicitado,
con fecha 20 de mayo de 1998, se les formuló
el correspondiente requerimiento que fue
cumplimentado el 21 de septiembre de 1998.
La referida modificación consiste en la nueva
redacción de los artículos 4, 20, 22, 23, 24, 29,
35, 38, 41 y 42 de sus Estatutos.
Firman el escrito don Gerardo Herrero, en calidad
de Presidente, y don José Antonio Suárez, en calidad
de Secretario.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.791-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el
artículo 4. º 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,
de Libertad Sindical, se hace público que el día
14 de septiembre de 1998, ha sido solicitado el
depósito en el Servicio de Depósito de Estatutos
y Acuerdos Colectivos de esta Subdirección General
de Programación y Actuación Administrativa, del
acta de constitución y los Estatutos de la entidad
denominada: Sindicato Profesional de la
Administración de Justicia, que se configura como un
sindicato (expediente número 7.413), cuyo ámbito de
actuación territorial es nacional y su ámbito
profesional comprende a los Cuerpos de Secretarios
judiciales, Médicos Forenses, Oficiales, Auxiliares
y Agentes al servicio de la Administración de
Justicia, con empleo de funcionarios de carrera o
interinos, así como a cuantos integran los distintos
Cuerpos o Escalas del personal laboral, contratado o
interino, con delegaciones tanto a nivel autonómico
como provincial, que ejerzan la actividad por cuenta
ajena.
Habida cuenta que en la documentación
presentada se observaron determinados defectos y
omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin
de proceder a la tramitación del depósito solicitado,
con fecha 18 de septiembre de 1998, se les formuló
el correspondiente requerimiento, que fue
cumplimentado el 22 de septiembre de 1998.
Firman el acta de constitución: Don José Molina
Rojas, don Juan M. López López, don Ángel Linares
Canales, don Joaquín Martínez García, don José
María Díaz Muñiz y don José L. Gómez Villaboa
Pulido.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real
Decreto 873/1977, de 22 de abril.Madrid, 25 de
septiembre de 1998.-El Subdirector general, Leodegario
Fernández Sánchez.-50.793-E.
Subdirección General de Programación
y Actuación Administrativa
De conformidad con lo establecido en el artículo
4. º 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,
de Libertad Sindical, se hace público que el día
7 de agosto de 1998, ha sido solicitado el depósito
en el Servicio de Depósito de Estatutos y Acuerdos
Colectivos de esta Subdirección General de
Programación y Actuación Administrativa, del acta de
constitución y los Estatutos de la entidad
denominada Sindicato Independiente de Empleados de
Cajas de Ahorros (GICA), que se configura como
un sindicato, cuyo ámbito de actuación territorial
es nacional, y su ámbito profesional comprende a
los empleados y empleadas que presten sus servicios
en entidades financieras, que ejerzan la actividad
por cuenta ajena.
Habida cuenta que en la documentación
presentada se observaron determinados defectos y
omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin
de proceder a la tramitación del depósito solicitado,
con fecha 11 de agosto de 1998, se les formuló
el correspondiente requerimiento, que fue
cumplimentado el 2 de septiembre de 1998.
Firman el acta de constitución: Don Luis Ibero
Elia, don Miguel Yarnoz Elizari, don Jesús Ignacio
Ostiz Apezteguía y doña María José Sánchez Antón.
Lo que se hace público para que todo aquel que
se considere interesado pueda alegar por escrito lo
que estime procedente, dentro del plazo de ocho
días siguientes a la publicación de este anuncio,
conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril.
Madrid, 29 de septiembre de 1998.-El Subdirector
general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.790-E.
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado
Resolución sobre requerimiento de pago a doña
Sonsoles Rodríguez García, hija de pensionista fallecido,
de la Mutualidad de Funcionarios de la
Organización Sindical, don Rafael Rodríguez García
Desconocido el actual domicilio del mutualista,
cuyos datos figuran en la relación adjunta (nombre
y apellidos, último domicilio conocido e importe
de la deuda) afectados por los expedientes que se
tramitan en esta Mutualidad por no ingresar la deuda
y su recargo correspondiente, por la presente quedan
notificados que, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 37 del Reglamento General del Mutualismo
Administrativo, se le concede un plazo de quince
días para proceder al abono de la deuda
correspondiente y de los recargos procedentes en la cuenta
número 020-000733-4 del Banco de España a
nombre de "Organismos MUFACE-Fondo Especial".
Transcurrido dicho plazo sin haberse producido
el indicado ingreso se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación por
vía ejecutiva.
Doña Sonsoles Rodríguez García, paseo de
Extremadura, 47, escalera B, tercero A, 28011 Madrid.
Cantidad adeudada: 10.110 pesetas. Recargo del 20
por 100: 2.022 pesetas. Total: 12.132 pesetas.
Madrid, 30 de julio de 1998.-La Directora
general, Ana María Pastor Julián.-50.054.
MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE
Confederaciones Hidrográficas
TAJO
Publicación pliegos de cargo de expedientes
sancionadores tramitados por la Confederación
Hidrográfica del Tajo
A los efectos previstos en el artículo 59 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, de 26 de noviembre de 1992, se hacen
públicos los pliegos de cargo formulados por la
Confederación Hidrográfica del Tajo en los expedientes
sancionadores que se relacionan a continuación,
cuya notificación se ha intentado sin que se haya
podido practicar:
proD-12133/B Alejandro Rubio Revilla. 300.000 250.777 Pastoreo. 3-12-1997
D-15780/B Caetano Comiglio Maltese. 50.000 2.208.688-K Restituir o legalizar. 3-11-1997 Plantación árboles.
D-19150 Julio de Mesa Tarazona. 30.000 Restituir 992.668-B o legalizar. 13-10-1997 Cerramiento.
D-19154 "Viveros Cruz, S. L.". 200.000 Restituir. Captación - 13-10-1997 aguas.
D-19215 Herederos de Benedicto García-Mateos
Urbita.
D-19330 Jesús Armendáriz Saiz. 30.000 15.719.234-E Tala. 4-12-1997
D-19330/A Jesús Armendáriz Saiz. 30.000 Indemnizar 15.719.234-E daños. 4-12-1997 Tala.
D-19330/B Jesús Armendáriz Saiz. 20.000 1-1998 15.719.234-E Tala.
22D-19358 Arno Internacional, S. A. 40.000 Restituir. A-39097191 1-1998 Derivación 23aguas sub.
D-19397 "Davimar, S. A.". 350.000 Restituir. 1-1998 Vertido 30purines. -
Importe
sanción
Otras obligaciones
-
Pesetas
- Legalizar. 20.000 Incumplimiento 22-10-1997 obligación.
Fecha pliego
Expediente NIF Concepto
cargos
D-19405 Daniel Quintans Suárez. 30.000 Restituir 33.209.030-C o legalizar. 2-1998 2Cerramiento.
D-19423 Pablo Borromeo Blázquez y otro. 1.764.904-E 30.000 2-1998 Tala.
16
Se significa a los interesados que en las oficinas
del citado organismo, calle Agustín de
Bethencourt, 25, primera planta, tienen a su disposición
los correspondientes pliegos de cargo.
Transcurridos diez días desde la presente
publicación sin haberlo retirado, se considerará que el
acto administrativo ha sido notificado en forma,
continuándose la tramitación en los términos que
procedan en Derecho.
Madrid, 22 de septiembre de 1998.-El Comisario
de Aguas, Gabriel Ramos Herrero.-50.135-E.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CANTABRIA
Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones
Dirección General de Industria
Resolución por la que se somete a información pública
la solicitud de autorización administrativa, declaración
en concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental de las instalaciones del parque eólico de
Lantueno. Número de expediente 30.581-2/97
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Lantuero, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de Santiurde
de Reinosa, Junta Vecinal de Lantueno.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: 8,4 MW.
Bienes de equipo: 14 aerogeneradores de 600 KW
de potencia unitaria. Un centro de transformación por
cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un
parque de transformación de 20(KV)/66(KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 1.294.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios y demás titulares
afectados que no hayan llegado a un acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitadas para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.233.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Lantueno
Municipio: Santiurde de Reinosa.
Polígono: 5. Parcela: 133. Titular: Junta Vecinal
de Lantueno. Dirección: 39490 Lantueno.
Municipio: Enmedio.
Polígono: 7. Parcela: 123. Titular: Junta Vecinal
de Lantueno. Dirección: 39490 Lantueno.
Resolución por la que se somete a información pública
la solicitud de autorización administrativa, declaración
en concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental de las instalaciones del parque eólico de
Fontecha. Número de expediente 30.581-4/97
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Fontecha, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de Campoo
de Enmedio, Juntas Vecinales de Fontecha,
Aradillos y Fresno del Río.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: 22,2 MW.
Bienes de equipo: 37 aerogeneradores de 600 KW
de potencia unitaria. Un centro de transformación por
cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un
parque de transformación de 20(KV)/66(KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 3.200.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios y demás titulares
afectados que no hayan llegado a un acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitadas para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.230.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Fontecha
Municipio: Enmedio.
Polígono: 1. Parcela: 1. Titular: Junta Vecinal de
Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.
Polígono: 1. Parcela: 2. Titular: Junta Vecinal de
Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.
Polígono: 2. Parcela: 46. Titular: Junta Vecinal
de Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.
Polígono: 2. Parcela: 47. Titular: Junta Vecinal
de Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.
Polígono: 2. Parcela: 48. Titular: Junta Vecinal
de Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.
Polígono: 6. Parcela: 1. Titular: Junta Vecinal de
Aradilos. Dirección: 39212 Aradillos.
Resolución por la que se somete a información pública
la solicitud de autorización administrativa, declaración
en concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental de las instalaciones del parque eólico de
Somballe. Número de expediente 30.581-3/97
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Somballe, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de Santiurde
de Reinosa, Junta Vecinal de Somballe.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: 9 MW.
Bienes de equipo: 15 aerogeneradores de 600 KW
de potencia unitaria. Un centro de transformación
por cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/
20(KV). Un parque de transformación de
20(KV)/66(KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 1.378.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente para los propietarios y demás
titulares afectados que no hayan llegado a un acuerdo
con la empresa promotora del proyecto, cuya
relación se inserta en el anexo de esta Resolución, así
como las personas que, siendo titulares de derechos
reales o intereses económicos sobre los bienes
afectados, fueren omitadas para que puedan examinar
el expediente en el que constan las características
y afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.228.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Somballe
Municipio: Santiurde de Reinosa.
Polígono: 1. Parcela: 265. Titular: Don Trifino
Hernando Palacios. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 270. Titular: Doña Antonia
Hoyos Bustamante. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 275. Titular: Don Aurelio
Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 276. Titular: Don Aurelio
Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 277. Titular: Don José
Antonio Hoyos Saiz. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 278. Titular: Don Gonzalo
Robles López. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 279. Titular: Don Aurelio
Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 284. Titular: Don Aurelio
Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 280. Titular: Doña María
Bernarda González González. Dirección: 39490
Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 281. Titular: Don Luis
Fernando López González. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 282. Titular: Don Maximino
González Fernández. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 287. Titular: Don Maximino
González Fernández. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 283. Titular: Don Luis
Alfonso Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 288. Titular: Don Rafael y
doña Ángela González. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 301. Titular: Don Carlos
Javier Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 302. Titular: Don Antonio
González Gutiérrez. Dirección: 39212 Cañeda.
Polígono: 1. Parcela: 303. Titular: Don Tomás
Gutiérrez Fernández. Dirección: 39490 Lantueno.
Polígono: 1. Parcela: 305. Titular: Don Jesús
González González. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 6. Parcela: 3. Titular: Don Luis Alfonso
Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 6. Parcela: 376. Titular: Don Luis
Alfonso Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 6. Parcela: 377. Titular: Don Luis
Alfonso Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 361. Titular: Junta Vecinal
de Somballe. Dirección: 39490 Somballe.
Polígono: 1. Parcela: 411. Titular: Junta Vecinal
de Somballe. Dirección: 39490 Somballe.
Resolución por la que se somete a información pública
la solicitud de autorización administrativa, declaración
en concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental de las instalaciones del parque eólico de
Somaloma. Número de expediente 30.581-5/97
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Somaloma, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de
Valdeprado del Río, Juntas Vecinales de San Andrés, Arroyal
y Barruelo.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: 19,2 MW.
Bienes de equipo: 32 aerogeneradores de 600 KW
de potencia unitaria. Un centro de transformación por
cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un
parque de transformación de 20(KV)/66(KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 2.780.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios y demás titulares
afectados que no hayan llegado a un acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitadas para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.224.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Somaloma
Municipio: Valdeprado del Río.
Polígono: 3. Parcela: 275. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 3. Parcela: 278. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 3. Parcela: 280. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 3. Parcela: 283. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 5. Parcela: 7. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 5. Parcela: 8. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 5. Parcela: 9. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 5. Parcela: 10. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 5. Parcela: 11. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 6. Parcela: 172. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 6. Parcela: 194. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 6. Parcela: 196. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 6. Parcela: 197. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Polígono: 6. Parcela: 198. Titular: Junta de los
Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.
Resolución por la que se somete a información
pública la solicitud de autorización administrativa,
declaración en concreto de utilidad pública e informe
de impacto ambiental de las instalaciones del parque
eólico de Celada. Número de expediente 3.644-2/98
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Celada, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de Enmedio,
Junta Vecinal de Celada Marlantes.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: 12 MW.
Bienes de equipo: 20 aerogeneradores de 600 KW
de potencia unitaria. Un centro de transformación
por cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/
20(KV). Un parque de transformación de
20(KV)/66(KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 1.767.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios y demás titulares
afectados que no hayan llegado a un acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitadas para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.231.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Celada
Municipio: Enmedio.
Polígono: 31. Parcela: 25. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 26. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 27. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 28. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 29. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 30. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 31. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 32. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Polígono: 31. Parcela: 121. Titular: Junta Vecinal
de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada
Marlantes.
Resolución por la que se somete a información pública
la solicitud de autorización administrativa, declaración
en concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental de las instalaciones del parque eólico de
Zalama. Número de expediente 30.581-1/97
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Zalama, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de Soba,
Junta Vecinal de El Prado.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: 13,2 MW.
Bienes de equipo: 22 aerogeneradores de 600 KW
de potencia unitaria. Un centro de transformación por
cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un
parque de transformación de 20(KV)/66(KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 2.000.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios y demás titulares
afectados que no hayan llegado a un acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitadas para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.226.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Zalama
Municipio: Soba.
Polígono: 39. Parcela: 45. Titular: Junta Vecinal
de El Prado. Dirección: 39805 El Prado.
Resolución por la que se somete a información
pública la solicitud de autorización administrativa,
declaración en concreto de utilidad pública e informe
de impacto ambiental de las instalaciones del parque
eólico de Valcaba. Número de expediente 3.644-1/98
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Valcaba, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de Soba,
Junta Vecinal de Valcaba.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: Tres MW.
Bienes de equipo: Cinco aerogeneradores de
600 KW de potencia unitaria. Un centro de
transformación por cada aerogenerador de
630(KVA)/690(V)/20(KV). Un parque de
transformación de 20(KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 371.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios y demás titulares
afectados que no hayan llegado a un acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitadas para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.222.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Valcaba
Municipio: Soba.
Polígono: 12. Parcela: 240. Titular: Junta Vecinal
de Valcaba. Dirección: 39806 Valcaba.
Polígono: 12. Parcela: 244. Titular: Junta Vecinal
de Valcaba. Dirección: 39806 Valcaba.
Resolución por la que se somete a información
pública la solicitud de autorización administrativa,
declaración en concreto de utilidad pública e informe
de impacto ambiental de las instalaciones del parque
eólico de Valderredible. Número de
expediente 30.581-6/97
A los efectos previstos en el artículo 53 de la
Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9
del Decreto 2617/1966; artículo 10 del
Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín
Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,
expropiaciones y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril
("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14
de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para
Cantabria, se somete a información pública la
solicitud de autorización administrativa, declaración en
concreto de utilidad pública e informe de impacto
ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad
Limitada", con domicilio social en Villarcayo
(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el
parque eólico de Valderredible, con las siguientes
características:
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".
Emplazamiento: Término municipal de
Valderredible, Juntas Vecinales de Quintanilla Rucandio,
Soto Rucandio y Allén del Hoyo.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
del viento, como recurso natural renovable, y
transformarla en energía eléctrica.
Potencia total: 20,4 MW.
Bienes de equipo: 34 aerogeneradores de 600 KW
de potencia unitaria. Un centro de transformación
por cada aerogenerador de 630 (KVA)/690 (V)/
20 (KV). Un parque de transformación de 20
(KV)/66 (KV).
Interconexión: A 132/220 KV, con la red general
de distribución mediante tendido aéreo.
Presupuesto: 2.954.000.000 de pesetas.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios y demás titulares
afectados que no hayan llegado a un acuerdo con
la empresa promotora del proyecto, cuya relación
se inserta en el anexo de esta Resolución, así como
las personas que, siendo titulares de derechos reales
o intereses económicos sobre los bienes afectados,
fueren omitadas para que puedan examinar el
expediente en el que constan las características y
afecciones derivadas del proyecto en la Dirección
General de Industria, Servicio de Ordenación, calle
Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las
alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,
contados a partir de la última publicación de esta
Resolución.
Esta publicación se realiza, igualmente, a los
efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas
sean desconocidos o se ignore el lugar de
notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de
la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1995.
Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Pedro J. Herrero López.-50.229.
Relación de terrenos afectados por la instalación
del parque eólico que se cita a continuación
Parque eólico de Valderredible
Municipio: Valderredible.
Polígono: 61. Parcela: 92. Titular: Junta Vecinal
Quintanilla Rucandio. Dirección: 39232
Quintanilla R.
Titular: Junta Vecinal Soto Rucandio. Dirección:
39232 Soto Rucandio.
Titular: Junta Vecinal Allén del Hoyo. Dirección:
39232 Allén del Hoyo.
Polígono: 61. Parcela: 89. Titular: Don Miguel
Montejo Alonso. Dirección: 09572 Bezana
(Burgos).
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE MADRID
Consejería de Economía y Empleo
Orden 4639/1998 sobre otorgamiento de concesión
administrativa a "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", para el servicio público de suministro de gas
natural canalizado en el resto del término municipal
de Madrid. Número de referencia: CR-41/95
La entidad "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", a través de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas de esta Consejería, ha solicitado
concesión administrativa para el servicio público
de suministro de gas combustible canalizado,
mediante las correspondientes instalaciones, en el
resto del término municipal de Madrid, a cuyo efecto
ha presentado la documentación técnica
correspondiente.
Mediante la concesión solicitada se proyecta
suministrar gas combustible canalizado en régimen de
servicio público en el resto del término municipal
de Madrid, para usos domésticos, comerciales e
industriales, en el ámbito a que se refiere la
concesión.
Las principales características básicas de las
instalaciones son las siguientes:
La distribución del gas natural se realizará desde
los puntos de entrega de los gasoductos o desde
redes de distribución en alta presión mediante
sistemas de distribución compuestos por antenas de
reparto, redes de distribución industrial y redes de
distribución principales y secundarias.
Los tramos de red en alta presión, se construirán
con tubo de acero de diámetros variables según
API 5L Gr B o norma similar, con una longitud
aproximada de 22.400 metros.
Los tramos de red en media presión se construirán
con tubo de polietileno, de media densidad de la
serie SDR-11 según UNE 53.333-90, con una
longitud aproximada de 4.250 metros.
La progresiva reducción de la presión del gas
desde los gasoductos de transportes hasta las redes
de distribución finales de suministro a clientes se
efectuará en las correspondientes Estaciones de
Regulación o Estaciones de Regulación y Medida.
El gas a suministrar es gas natural perteneciente
a la segunda familia, de acuerdo a la norma UNE
60.002.
El presupuesto total de las instalaciones objeto
de la concesión asciende a 8.502.000.000 de pesetas.
En el plazo de información pública se han
presentado proyectos en competencia por las empresas
"Gas XXI, Sociedad Anónima"; "Gas Capital,
Sociedad Anónima", y Empresa Concesionaria de Gas.
En el mismo período compareció la "Empresa Tolsa,
Sociedad Anónima", presentado alegaciones.
El desarrollo gasista en la Comunidad de Madrid,
de acuerdo con las políticas de la Comunidad
Europea y del Plan Energético Nacional, se basa
fundamentalmente en la prestación del servicio público
de suministro de gas natural canalizado, que
responde a imperativos de coste, eficiencia, protección
del medio ambiente y diversificación energética.
De acuerdo con el artículo 7.a) de la Ley 10/1987
de disposiciones básicas para un desarrollo
coordinado en materia de gases combustibles, se ha
tenido en cuenta la experiencia técnica e implantación
en esta Comunidad, y a nivel nacional e
internacional; las inversiones e infraestructuras de las
empresas solicitantes en la Comunidad de Madrid,
dentro del sector de hidrocarburos; así como las
soluciones técnicas de los proyectos presentados.
Asimismo, y conforme a lo indicado en el
artículo 11 del Reglamento General del Servicio Público
de Gases Combustibles (Decreto 2913/1973) se ha
tenido en cuenta la garantía, importancia, calidad
y regularidad de los suministros a efectuar,
valorando el mallado de las redes de distribución y el
cierre del anillo de alta presión, en la zona noroeste
de esta Comunidad.
También se han considerado aspectos de interés
general para esta Comunidad, relacionados con la
ubicación de las inversiones operativas y los centros
ejecutivos, de los grupos empresariales de los
solicitantes, y con las infraestructuras existentes y
futuras en investigación y desarrollo (I+D), así como
la vinculación y colaboración con el sistema
universitario. Todo ello en relación con el sector
energético y su desarrollo en el ámbito geográfico de
la Comunidad de Madrid.
La volatilidad en las estructuras de propiedad de
empresas de nueva creación, sin tradición en el
sector específico del gas y sin posición sustancial en
el mercado a suministrar, puede dar lugar a pactos
o transmisiones empresariales que la autoridad no
puede controlar. Los efectos económicos positivos
que se deriven de la concesión, deben beneficiar
al consumidor que se desea atender y proteger, con
la mayor estabilidad posible en las estructuras
empresariales operativas en este mercado.
Por otra parte, la política de liberalización del
sector, que recogerá la futura legislación permitirá
dar entrada a la competencia por las vías de accesos
de terceros a la red (ATR), peajes, clientes
cualificados, empresas comercializadoras y
autorizaciones administrativas de distribución, a pesar del
carácter monopolístico de hecho de las redes de
transporte y distribución de gas.
Cumplidos los trámites reglamentarios en el
expediente instruido al efecto, de conformidad a lo
establecido en la Ley 10/1987, de 15 de junio, de
disposiciones básicas para un desarrollo coordinado
de actuaciones en materia de combustibles gaseosos,
y el vigente Reglamento General del Servicio Público
de Gases Combustibles, aprobado por
Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, y teniendo en
cuenta las competencias transferidas a la Comunidad
de Madrid en materia de industria, energía y minas
por Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, esta
Consejería, a propuesta de la Dirección General
de Industria, Energía y Minas, ha resuelto:
Otorgar a "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", concesión administrativa para el servicio
público de suministro de gas natural canalizado en el
resto del término municipal de Madrid.
La presente concesión administrativa deberá
cumplir en todo momento lo establecido en la Ley
10/1987, de 15 de junio, de disposiciones básicas
para un desarrollo coordinado de actuaciones en
materia de combustibles gaseosos, y al Reglamento
General del Servicio Público de Gases Combustibles
citado, y a cuantas otras disposiciones hayan sido
dictadas o se dicten por el Ministerio de Industria
y Energía y por la Consejería de Economía y Empleo
de la Comunidad de Madrid en materia de
suministro de combustibles gaseosos, sus instalaciones
y en lo relativo a la conducción y distribución sobre
dicho suministro, así como las condiciones que
figuran a continuación:
Primera.-El concesionario constituirá en el plazo
de dos meses, a contar desde la última de las fechas
de publicación de la Orden de concesión en el
"Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid", una fianza por valor
del 2 por 100 del presupuesto que figura en el
expediente, para garantizar el cumplimiento de sus
obligaciones, conforme al artículo 13 del Reglamento
General del Servicio Público de Gases
Combustibles, aprobado por Decreto de 26 de octubre de
1973 y al artículo 7, apartado b), de la Ley 10/1987,
de 15 de junio, de disposiciones básicas para un
desarrollo coordinado de actuaciones en materia de
combustibles gaseosos.
Dicha fianza se constituirá en la Caja General
de Depósitos de la Tesorería de la Comunidad de
Madrid (plaza de Chamberí, número 8, Madrid),
a disposición del Director general de Industria,
Energía y Minas, en metálico o en valores del Estado
o mediante aval bancario.
El concesionario deberá remitir a la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la
Comunidad de Madrid, la documentación acreditativa del
depósito de dicha fianza dentro del plazo de treinta
días, contados desde su constitución.
La fianza será devuelta al concesionario una vez
que, autorizadas las instalaciones y construidas en
los plazos que se establezcan en la o las
autorizaciones para el montaje de las mismas, la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de esta
Comunidad formalice la puesta en servicio de aquéllas.
Segunda.-De acuerdo con el artículo 21 del
vigente Reglamento General del Servicio Público de
Gases Combustibles, aprobado por Decreto
2913/1973, de 26 de octubre, el concesionario
deberá solicitar a la Dirección General de Industria,
Energía y Minas la autorización de montaje de las
instalaciones, presentando, en su caso, la
documentación pertinente.
El concesionario está obligado a efectuar el inicio
de la prestación del servicio antes del 1 de octubre
de 1999, salvo causas justificadas motivadas por
permisos o licencias de otros Organismos u otras
previamente aceptadas por la Dirección General de
Industria, Energía y Minas.
Tercera.-La empresa concesionaria deberá tener
en cuenta los derechos concesionales otorgados por
Orden de 19 de abril de 1985, "Boletín Oficial del
Estado" del 24, a "Enagás, Sociedad Anónima", para
el suministro de gas natural para usos industriales
en el término municipal de Madrid, sin perjuicio
de los acuerdos que se puedan establecer entre las
citadas sociedades para el suministro de los
mercados industriales.
Cuarta.-El concesionario deberá mantener un
correcto suministro y un adecuado y eficiente
servicio de mantenimiento de las instalaciones,
reparación de averías, reclamaciones y, en general, de
atención a los usuarios. En lo referente a las
instalaciones receptoras, deberá atenerse en todo a lo
dispuesto en el artículo 27.5 del Reglamento General
del Servicio Público de Gases Combustibles,
aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre,
y modificado según el Real Decreto 3484/1983,
de 14 de diciembre; a la Orden de 17 de diciembre
de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de enero
de 1986); a la Orden 1582/1994, de 21 de
septiembre ("Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid" del 28); a la Orden 3929/1996, de 17 de
junio ("Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid"
de 4 de julio), y a las demás disposiciones que hayan
sido dictadas o se dicten por esta Consejería.
Previamente a que se emita la puesta en servicio
de la instalación, se deberá comprobar por la
Dirección General de Industria, Energía y Minas que
el concesionario ha presentado la documentación
necesaria que acredita, a juicio de dicha Dirección
General, que dispone de un servicio adecuado a
efectos del cumplimiento de lo estipulado en esta
condición.
Quinta.-La determinación de las tarifas de
aplicación del suministro de gas se regirán por las
disposiciones vigentes en cada momento sobre la
materia.
El concesionario queda sujeto a cuantas
prescripciones se establezcan en el Reglamento General
citado, así como en el modelo de póliza anexa a éste
sobre suministros de gases combustibles y sus
instalaciones.
Sexta.-La presente concesión se otorga por un
plazo de treinta años, a partir de la última de las
fechas de publicación de esta Orden en el "Boletín
Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid".
Durante dicho plazo el concesionario podrá
efectuar la distribución y el suministro de gas mediante
las instalaciones a que hace referencia el proyecto
técnico presentado, así como aquellos otros de
desarrollo y complementarios del mismo.
Las instalaciones que quedan afectadas a la
presente concesión, de conformidad al artículo 7,
apartado c), de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de
disposiciones básicas para un desarrollo coordinado
de actuaciones en materia de combustibles gaseosos,
revertirán a la Comunidad de Madrid.
Séptima.-La Dirección General de Industria,
Energía y Minas cuidará del exacto cumplimiento
de las condiciones estipuladas por esta Orden.
Autorizado el montaje de las instalaciones, los
reconocimientos, ensayos y pruebas, de carácter
general o parcial, que según las disposiciones en
vigor hayan de realizarse en las obras comprendidas
en el área de la concesión, deberán ser comunicados
por el concesionario a la Dirección General de
Industria, Energía y Minas con la debida antelación,
que podrá, si lo considera necesario, inspeccionar
las mismas.
Una vez construidas las instalaciones, el
concesionario dará cuenta de su terminación a la
Dirección General de Industria, Energía y Minas y
remitirá la documentación necesaria a efectos de que
ésta emita, si procede, la puesta en servicio de
acuerdo con la Orden 3929/1996, de 17 de junio, de
esta Consejería ("Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid" de 4 de julio).
El concesionario deberá iniciar el suministro de
gas en el plazo de un mes contado a partir de la
fecha en que la Dirección General de Industria,
Energía y Minas emita la citada puesta en servicio.
Asimismo, deberá poner en conocimiento de dicho
organismo la fecha de iniciación del suministro de
gas.
Octava.-Serán causas de extinción de la presente
concesión, además de las señaladas en el
artículo 7, apartado e), de la Ley 10/1987, de 15 de
junio, de disposiciones básicas para un desarrollo
coordinado de actuaciones en materia de
combustibles gaseosos, y sin perjuicio de lo dispuesto en
los artículos 165 a 170 del capítulo V del título II
del libro II de la Ley 13/1995, de 18 de mayo,
de Contratos de las Administraciones Públicas, y
demás normas concordantes, las siguientes:
a) El incumplimiento de las obligaciones
derivadas del ordenamiento general del régimen de
concesiones, incluido lo establecido en el artículo 7,
apartado b), de la Ley 10/1987.
b) Si no se llevasen a cabo las instalaciones
de acuerdo con las condiciones impuestas en esta
Orden y en la autorización para la construcción
y el montaje de las mismas.
Sin embargo, si por evolución de la técnica de
distribución de gas, por utilización de diferentes
materias primas, o por otras causas de interés
general, no fuese adecuado el mantenimiento de alguna
o algunas de las instalaciones objeto de la presente
concesión, el concesionario podrá solicitar de la
Dirección General de Industria, Energía y Minas
o, en su caso, de esta Consejería:
1. Autorización para la modificación o
sustitución de las instalaciones, sin alterar las restantes
condiciones de la concesión y con la misma fecha
de reversión que las instalaciones sustituidas, o bien,
2. La adaptación de las cláusulas de la concesión
a las nuevas condiciones existentes con el fin de
mantener el equilibrio económico financiero, dentro
del plazo establecido en la condición sexta.
Asimismo, tanto por el motivo anterior como por
razones de interés público, la Administración
mediante Orden podrá variar las cláusulas de la
presente concesión, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 15 del Reglamento General del Servicio
Público de Gases Combustibles, aprobado por
Decreto 2913/1973, de 26 de octubre.
Novena.-Las instalaciones a establecer cumplirán
las disposiciones y normas técnicas que en general
sean de aplicación y, en particular, las
correspondientes del Reglamento General del Servicio Público
de Gases Combustibles, Reglamento de Redes y
Acometidas de Combustibles Gaseosos, Normas
para su aplicación o complementarias, Reglamento
de Aparatos a Presión, Reglamentos
Electrotécnicos, Normas sobre Instalaciones Distribuidoras, así
como cuantas otras disposiciones se dicten a nivel
estatal o de esta Comunidad sobre el servicio público
de suministro de gases combustibles.
Décima.-La concesión se otorga sin perjuicio de
terceros, dejando a salvo los derechos particulares
e independientemente de las autorizaciones,
licencias o permisos de competencia municipal u otros
necesarios para la realización de las obras de las
instalaciones de gas.
Contra la presente Orden cabe interponer, en el
plazo de dos meses, a partir de la última de las
fechas de publicación de la Orden en el "Boletín
Oficial del Estado" y en el "Boletín oficial de la
Comunidad de Madrid", recurso
contencioso-administrativo, según dispone la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 25 de agosto de 1998.-El Consejero de
Economía y Empleo, Luis Blázquez Torres.-51.174.
Resolución de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas por la que se autoriza la instalación
y declaración en concreto de utilidad pública y el
estudio de impacto ambiental de una línea a 15
kV cuádruple circuito, con origen en la E.T.D.
Camino de la Moraleja y final en la línea
"Fuenlabrada-Moraleja", en los términos municipales de
Fuenlabrada, Humanes de Madrid y Moraleja de
Enmedio, solicitada por "Iberdrola, Sociedad
Anónima". 55EL-2.514
Visto el escrito presentado por "Iberdrola,
Sociedad Anónima", con domicilio a efectos de
notificaciones en calle Aguacate, número 64, de Madrid
y habida cuenta de los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.-En el citado escrito, con entrada en esta
Dirección General el 10 de junio de 1996, solicitó
autorización y declaración en concreto de utilidad
pública para una línea aérea a 15 kV.
Segundo.-Acompaña a dicha solicitud la
documentación a que hace referencia el artículo 9 del
Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, el proyecto
de la instalación eléctrica para la que solicita
autorización administrativa y el estudio de impacto
ambiental según determina la Ley 10/1991, de 4
de abril, publicado en el "Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid" número 91, de 18 de abril y
"Boletín Oficial del Estado" número 128, de 29
de mayo, en relación con el Real Decreto
1131/1988, de 30 de septiembre "Boletín Oficial
del Estado" de 5 de octubre.
Tercero.-Se ha dado cumplimiento por parte de
este organismo al trámite de información pública,
de forma conjunta, al haber solicitado la declaración
de utilidad pública simultánea a la petición de
autorización, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 9 del Decreto 2617/1966, en relación con el
artículo 10 del Decreto 2619/1966, ambos de 20
de octubre, sin que se haya presentado oposición
y objeción a dicha autorización.
Cuarto.-En la tramitación de este expediente se
han observado las formalidades legales.
Fundamentos de Derecho
Primero.-La competencia de esta Dirección
General de Industria, Energía y Minas para resolver
sobre la cuestión planteada viene determinada por
el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio "Boletín
Oficial del Estado" de 19 de octubre, el Decreto
258/1995, de 5 de octubre "Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid" de 11 de octubre, y Decreto
95/1997, de 31 de julio "Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid" de 11 de agosto, todo ello en
relación con el Decreto 2617/1966 y Decreto
2619/1966, ambos de 20 de octubre, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de
18 de marzo, sobre Expropiación Forzosa y
Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas, y
conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley
54/1997 del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre
("Boletín Oficial del Estado" del 28).
Segundo.-Examinada la documentación que obra
en el expediente queda de manifiesto que debe
accederse a lo solicitado por "Iberdrola, Sociedad
Anónima" y proceder a la autorización y declaración
en concreto de utilidad pública de la citada
instalación, habida cuenta que se ha seguido el
procedimiento y cumplido los requisitos establecidos
en los citados Decretos 2617/1966 y 2619/1966.
Se dará cumplimiento a lo establecido en el
condicionado ambiental emitido por la Consejería de
Medio Ambiente y Desarrollo Regional de fecha
29 de mayo de 1998 y con independencia de las
contenidas en el estudio de impacto ambiental
presentado, significando que en los casos en que
pudieran existir discrepancias entre unas y otras,
prevalecerán las contenidas en el citado condicionado
ambiental.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación, acuerda:
1. Autorizar a "Iberdrola, Sociedad Anónima"
la instalación de una línea aérea a 15 kV cuyas
características principales son las siguientes: Línea
aérea a 15 kV con cuatro circuitos aislados con
origen en la E.T.D. Camino de la Moraleja y final
en la línea aérea también a 15 kV denominada
"Fuenlabrada-Moraleja".
La línea proyectada se construirá en los términos
municipales de Fuenlabrada, Humanes de Madrid
y Moraleja de Enmedio (Madrid). Línea aérea a
15 KV, cuatro circuitos, a construir con conductor
RHVS de 95 mm. 2 Q neutro fiador Ac. 16/50,
trenzado, y apoyos metálicos de 11-13-14-15 y 16 metros
de altura, de 1.292 metros de longitud.
2. Declarar en concreto la utilidad pública de
la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos
señalados en la Ley 10/1966, sobre Expropiación
Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones
Eléctricas y su Reglamento de aplicación de 20 de
octubre de 1966.
Esta instalación no podrá entrar en servicio
mientras no cuente el peticionario con la aprobación
de su proyecto de ejecución previo cumplimiento
de los trámites que se indican en el capítulo IV
del Decreto 2617/1966.
Contra esta Resolución cabe interponer recurso
ordinario en el plazo de un mes a partir de su
notificación ante el excelentísimo señor Consejero
de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid,
conforme determina el artículo 114 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del
Estado" del 27).
Madrid, 27 de agosto de 1998.-El Director
general, Jaime Marín Ibáñez.-50.144-*.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE CASTILLA Y LEÓN
Consejería de Fomento
Servicios Territoriales
SALAMANCA
Corrección de errores de la información pública y
convocatoria al levantamiento de actas previas a la
ocupación de los bienes y derechos afectados por
el expediente de expropiación con motivo de las obras
incluidas en el proyecto de construcción "Mejora de
plataforma y firme. Carretera SA-324, de Ciudad
Rodrigo a Lumbrales. Tramo: San Felices de los
Gallegos-Lumbrales, puntos kilométricos 37,700 al
47,500. Provincia de Salamanca. Clave: 2.1-SA-21"
Advertidos errores en el texto referente a la
información pública y convocatoria al levantamiento de
actas previas a la ocupación del expediente reseñado
en el epígrafe, "Boletín Oficial del Estado"
número 218, de 11 de septiembre de 1998, se transcribe
a continuación la oportuna rectificación:
En la página 14155, donde indica:
"Lugar Fecha Hora
Ayuntamiento de Ahigal de los
Aceiteros...................19-10-98 10,00
Ayuntamiento de San Felices
de los Gallegos.............19-10-98 11,00
Ayuntamiento de la Redonda. 20-10-98 10,00
Ayuntamiento de Lumbrales. 20-10-98 11,30"
Debe indicar:
"Lugar Fecha Hora
Ayuntamiento de Ahigal de los
Aceiteros...................19-1-99 10,00
Ayuntamiento de San Felices
de los Gallegos.............19-1-99 11,00
Ayuntamiento de la Redonda. 21-1-99 10,00
Ayuntamiento de Lumbrales. 21-1-99 11,30"
Salamanca, 25 de septiembre de 1998.-La Jefa
del Servicio, María Jesús Serrano Laso.-50.127-E.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Diputaciones Provinciales
CASTELLÓN DE LA PLANA
En el "Boletín Oficial de la Provincia de Castellón"
número 115, de fecha 24 de septiembre de 1998,
aparecen publicados los siguientes anuncios:
Contratación de la concesión del servicio de
gestión y tratamiento de purines de la provincia de
Castellón.
Contratación de la concesión del servicio de
gestión y tratamiento de neumáticos usados de la
provincia de Castellón.
Documentación e información en la Sección de
Cooperación de la Secretaría General de la
Diputación Provincial de Castellón.
Castellón, 24 de septiembre de 1998.-El
Presidente, delegación de firma, el Vicepresidente
primero, Francisco Martínez Capdevila.-El Secretario
general, Manuel Marín Herrera.-51.153.
Ayuntamientos
PUERTO REAL
A los efectos previstos en el artículo 94.2 de la
Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las
Administraciones Públicas, se publica que el Pleno
del Ayuntamiento, mediante acuerdo de fecha 11
de septiembre de 1998, decidió adjudicar a don
Jesús Antonio Rodríguez Morilla, en nombre y
representación de la empresa "Urbaser, Sociedad
Anónima", la concesión administrativa del servicio
público de limpieza viaria, retirada de residuos
sólidos urbanos, suministro, distribución y
mantenimiento de recipientes normalizados y transportes
de los RSU de Puerto Real, en la cantidad de
200.228.490 pesetas.
Puerto Real, 14 de septiembre de 1998.-El
Alcalde, Antonio García Fernández.-50.240.
SAN FERNANDO
Resolución del excelentísimo Ayuntamiento Pleno de
San Fernando (Cádiz), en sesión celebrada el 30
de julio de 1998, por la que se aprueba, por los
trámites de procedimiento de tasación conjunta, el
proyecto de obtención de suelo para la construcción
de una rotonda en la calle Real, redactado por el
señor Jefe del Servicio Técnico de Planeamiento y
Gestión Urbanística, en fecha 7 de julio de 1998,
al amparo de lo previsto en la Ley de Expropiación
Forzosa y artículos 33 y siguientes de la Ley 6/1988,
de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones
y que se corresponde con:
Finca 1: Propiedad de don Juan Hidalgo, en parte
de 316,78 metros cuadrados.
Finca 3: Propiedad de doña Aurelia García Torres,
en parte de 955,59 metros cuadrados.
Finca 6: Propiedad de la Congregación de los
Sagrados Corazones, en parte de 4,5 metros
cuadrados.
Lo que se hace público para general conocimiento,
sometiéndose el referido expediente con sus hojas
de justiprecio a información pública, mediante la
inserción de los oportunos anuncios en el "Boletín
Oficial del Estado", "Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía", y "Boletín Oficial" de la provincia, así
como en uno de los periódicos de mayor circulación
de la provincia, por término de un mes,
computándose dicho plazo desde la última publicación
oficial, a fin de que los que pudieran resultar
interesados formulen las observaciones y reclamaciones
que estimen convenientes, en particular en lo que
concierne a titularidad o valoración de sus
respectivos derechos.
San Fernando, 11 de agosto de 1998.-El
Secretario general accidental.-50.283.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 241 del Jueves 8 de Octubre de 1998. Anuncios, Otros Anuncios Oficiales.