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MINISTERIO DE DEFENSA

Juzgados Marítimos Permanentes

VIGO

Edicto

Don Manuel Leira Alcaraz, Comandante Auditor

del Cuerpo Jurídico Militar, Juez Marítimo

Permanente de Auxilios, Salvamentos y Remolques

de Vigo número 5, en prórroga de jurisdicción,

Hago saber: Que por este Juzgado de mi cargo

se instruye expediente con motivo de la asistencia

marítima prestada el día 3 de septiembre de 1998,

por el buque "Monte Carrasco", de la matrícula

de Vigo, lista 3. ª , folio 5-5-91, al nombrado

"Viduido", folio 2.435 de la 3. ª lista de San Sebastián.

Lo que se hace público, a los efectos previstos

en el artículo 38 de la Ley de 24 de diciembre

de 1962 ("Boletín Oficial" número 310), reguladora

de la materia, a fin de que todos los que se

consideren interesados en dicho asunto se personen

en forma y comparezcan aportando los

comprobantes en que funden sus derechos ante este

Juzgado, sito en la calle María, número 224, de Ferrol,

edificio Servicios Generales, en el plazo de treinta

días a partir de la publicación del presente edicto.

Dado en Ferrol a 24 de septiembre de 1998.-El

Comandante Auditor, Manuel Leira

Alcaraz.-50.192-E.

MINISTERIO

DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Política

Económica y Defensa

de la Competencia

Nota-extracto a efectos del trámite de información

pública, según lo dispuesto en el artículo 38.3 de

la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la

Competencia, y en el artículo 5 del Real Decreto

157/1992, de 21 de febrero, que la desarrolla, en

relación con el expediente número 1.875/98

Aviso. Se instruye por la Dirección General de

Política Económica y Defensa de la Competencia

del Ministerio de Economía y Hacienda con el

número 1.875/98, expediente a instancia de don

Juan Antonio Villegas García, en nombre y

representación de la mercantil "Trans Unión España

Credit Bureau, Sociedad Limitada", solicitando

autorización singular para la creación y funcionamiento

de un fichero de intercambio de mora, a gestionar

por la empresa "Grupo Interprés, Sociedad

Anónima";

Considerando que la Ley 16/1989, de 17 de julio,

de Defensa de la Competencia ("Boletín Oficial del

Estado" del 18), contempla la facultad del Tribunal

de Defensa de la Competencia de autorizar los

acuerdos a que se refiere el artículo 3 de dicha

disposición legal,

Esta Dirección General, en cuanto órgano

instructor del expediente y conforme a lo previsto en

el artículo 38.3 de la Ley 16/1989, ha acordado

abrir un período de información pública durante

diez días hábiles a partir de la publicación de este

aviso. Según lo preceptuado en el artículo 36.4 de

la Ley 16/1989 para que toda persona física o

jurídica, sea o no interesada, pueda aportar cualquier

clase de información y exponer cuantos datos estime

significativos acerca del objeto del referido

expediente.

Madrid, 21 de septiembre de 1998.-El Director

general de Política Económica y Defensa de la

Competencia, Luis de Guindos Jurado.-51.151.

Dirección General del Tesoro

y Política Financiera

Edicto sobre notificación de expediente sancionador

(expediente 221/98) sobre supuesta infracción leve

de la Ley 40/1979, sobre control de cambios

Por acuerdo de fecha 31 de julio de 1998, se

ha dictado resolución en el expediente sancionador

abierto a don José Rodríguez Pérez.

Desconociéndose el último domicilio del interesado, por el

presente se le notifica que puede retirar la citada

resolución en el despacho oficial de la Instructora

(ubicado en la Dirección General del Tesoro y Política

Financiera, plaza de Jacinto Benavente, número 3,

despacho 220, 28012 Madrid), dentro de los diez

días hábiles siguientes a la publicación de este edicto.

Transcurrido dicho plazo, esta resolución, que

pone fin a la vía administrativa será inmediatamente

ejecutiva, de conformidad con el artículo 10 del

Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el

que se regula el procedimiento sancionador de las

infracciones administrativas en materia de control

de cambios. Pudiéndose, a partir de ese momento,

interponer contra ella recurso

contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de

Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo), en

el plazo de dos meses, si perjuicio de la posibilidad

de interponer recurso extraordinario de revisión, si

concurriera alguna de las circunstancias previstas

en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre.

Madrid, 1 de octubre de 1998.-La Instructora,

Ángeles Rodríguez.-50.810-E.

Edicto sobre notificación de actuaciones previas

(AP-685/98) sobre supuesta infracción leve de la

Ley 40/1979, sobre control de cambios

Con fecha 8 de septiembre de 1998, se ha dictado

acuerdo de resolución de las actuaciones previas

número 685/1998, abiertas a nombre de Mohamed

y de Omar Es-Saidi. Desconocidos los domicilios

de los interesados, por el presente se les notifica

que pueden retirar la citada resolución en el

despacho oficial del Instructor (ubicado en la Dirección

General del Tesoro y Política Financiera, plaza de

Jacinto Benavente, número 3, despacho 220, 28012

Madrid), a partir de la publicación de este edicto.

Madrid, 2 de octubre de 1998.-El Instructor, José

Luis Cádiz Deleito.-50.812-E.

Organismo Nacional de Loterías

y Apuestas del Estado

Resolución por la que se inicia expediente por

transmisión intervivos de una Administración de Lotería

Nacional

Al amparo de lo que establece el artículo 13 del

Real Decreto 1082/1985, de 11 de junio, se ha

iniciado expediente por transmisión intervivos de

la Administración de la Lotería Nacional que a

continuación se relaciona, con expresión del nombre

del solicitante y Administración de Lotería Nacional:

Administración de Loterías número 458 de

Madrid, don Marcelino García Ibar.

Los interesados en este expediente podrán

efectuar cuantas alegaciones estimen oportunas en el

plazo de quince días hábiles, contados a partir del

siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

Madrid, 28 de septiembre de 1998.-El Director

general, Luis Perezagua Clamagirand.-51.155.

Tribunal Económico-

Administrativo Central

Vocalía Quinta

Edicto

Desconociéndose el actual domicilio de don José

Martínez Rodríguez, por no hallársele en avenida

América, 1, 7. º E, que había designado, se le hace

saber por el presente edicto que por este Tribunal

Económico-Administrativo Central y en el

expediente R.G. 1756/96 y R.S. 94/96, seguido a su instancia

por el Impuesto sobre el Valor Añadido, se ha

dictado resolución en la sesión de la Sala del día 11

de junio de 1998, cuya parte dispositiva dice lo

siguiente:

El Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por

don José Martínez Rodríguez, contra la resolución

del Tribunal Económico Administrativo Regional

de Castilla y León, de 18 de diciembre de 1995,

expediente número 24/596/1993, por el que se

deniega la solicitud de devolución del Impuesto

sobre el Valor Añadido, ejercicio 1987 y cuantía

de 4.487.645 pesetas. Acuerda: Desestimar la

reclamación formulada, confirmando la resolución

impugnada.

Lo que notifico reglamentariamente a usted,

advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía

económico-administrativa puede interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,

en el plazo de dos meses a contar del día siguiente

a la fecha de este edicto.

Madrid, 24 de septiembre de 1998.-El Vocal,

P. S. Mariano Fortuny.-50.129-E.

MINISTERIO DE TRABAJO

Y ASUNTOS SOCIALES

Dirección General de Trabajo

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa

legal vigente sobre depósito de los Estatutos y

modificación de los mismos, tanto de las asociaciones

profesionales, como de sindicatos de trabajadores,

se hizo público en el "Boletín Oficial del Estado"

número 181, de fecha 30 de julio de 1998, referente

a la Unión de Pequeños Autónomos del Transporte,

las Comunicaciones y el Mar (UNIATRAMC), en

el que se anunció que firman el escrito don Manuel

Mariscal Moreno, en calidad de Presidente, y don

Antonio Rivera Zambrano, en calidad de Secretario

y otros, cuando debería haberse anunciado que

firman el escrito don Antonio Rivera Zambrano, en

calidad de Presidente, y don Pedro Alverola Soriano,

en calidad de Secretario y otros, lo que se hace

público al objeto de subsanar el error cometido,

de conformidad con lo establecido al respecto en

el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 21 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.795-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el

artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,

se hace público que el día 26 de agosto de 1998,

ha sido solicitado el depósito en el Servicio de

Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de esta

Subdirección General de Programación y Actuación

Administrativa, de escrito referente al acuerdo

adoptado por la Junta general celebrada el día 9 de

junio de 1998, respecto a la modificación de los

Estatutos de Fungidex-Agrupación de Exportadores

de Fundición (expediente número 3.197).

Habida cuenta que en la documentación

presentada se observaron determinados defectos y

omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin

de proceder a la tramitación del depósito solicitado

con fecha 7 de septiembre de 1998, se les formuló

el correspondiente requerimiento que fue

cumplimentado el 22 de septiembre de 1998.

La referida modificación consiste en: La nueva

redacción de sus Estatutos.

Firman el acta: Don Rafael de la Peña

Bengoechea, en calidad de Presidente, y don Antonio

Pipaón Palacio, en calidad de Secretario.

Lo que se hace público, para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto

873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.760-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el

artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,

se hace público que el día 18 de septiembre de

1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio

de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos

de esta Subdirección General de Programación y

Actuación Administrativa, de escrito referente al

acuerdo adoptado por la Junta general ordinaria

celebrada el día 3 de junio de 1998, respecto a

la modificación de los Estatutos de la Asociación

Sindical Española de Concesionarios de Nissan

(expediente número 2.793).

La referida modificación consiste en: Cambio del

domicilio social a la calle Santa María Magdalena,

números 10-12, segunda planta, de Madrid.

Firman el escrito: Don Juan Arévalo Gutiérrez,

en calidad de Presidente, y don Baldomero Lázaro

Galán, en calidad de Secretario general.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto

873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.764-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el

artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,

se hace público que el día 21 de septiembre de

1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio

de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos

de esta Subdirección General de Programación y

Actuación Administrativa, de escrito referente al

acuerdo adoptado por la Asamblea general ordinaria

celebrada el día 25 de febrero de 1998, respecto

a la modificación de los Estatutos de la Asociación

Sindical de Fabricantes de Tubos de Hormigón

Armado (ATA) (expediente número 6.457).

La referida modificación consiste en dar nueva

redacción al artículo 7 de sus Estatutos.

Firman el acta: Don Ignacio Gadea Herráez, en

calidad de Presidente, y don Julián Martín de

Eugenio Cid, en calidad de Secretario general.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real

Decreto 873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.775-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el

artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,

se hace público que el día 21 de septiembre de

1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio

de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos

de esta Subdirección General de Programación y

Actuación Administrativa, de escrito referente al

acuerdo adoptado por la V Asamblea general

ordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 1997,

respecto a la modificación de los Estatutos de la

Asociación Sindical de Cuadros de Iberdrola (ASCI)

(expediente número 5.236).

La referida modificación consiste en dar nueva

redacción a los artículos 1. º 1, 3. º 3, 4. º 1, 7. º 1,

9. º 5 y 21.1, de sus Estatutos, cambiando la

denominación por la de Asociación Sindical de Cuadros

de Iberdrola, Grupo Empresarial.

Firman el acta: Don José D. Alcantud Cayuela,

en calidad de Presidente, y doña Carmen Marta

Pérez Sánchez, en calidad de Secretaria.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real

Decreto 873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.779-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el

artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,

se hace público que el día 17 de septiembre de

1998, ha sido solicitado el depósito en el Servicio

de Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos

de esta Subdirección General de Programación y

Actuación Administrativa, de escrito referente al

acuerdo adoptado por la Junta general

extraordinaria celebrada el día 4 de diciembre de 1997,

respecto a la modificación de los Estatutos de la

Asociación de Operadores de Transporte Ferroviario

y Propietarios de Vagones de España (ASOFEVA)

(expediente número 4.867).

La referida modificación consiste en dar nueva

redacción a los artículos 19, 20, 21, 25, 28 y 30

de sus Estatutos.

Firman el acta: Don Fernando Rodríguez

Barnuevo, en calidad de Presidente, y don Juan

Rodríguez Arroyo, en calidad de Secretario.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto

873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.782-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en la

normativa legal vigente, sobre depósito de Estatutos,

y a los efectos previstos en dicha normativa, se

hace público que el día 24 de septiembre de 1998,

ha sido solicitado el depósitto en el Servicio de

Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de

esta Subdirección General de Programación y

Actuación Administrativa, al acuerdo adoptado por

la Asamblea general extraordinaria de la Unión de

Sindicatos Independientes de la Administración

Pública (USIAP) (expediente número 6.402), en

reunión celebrada el día 21 de septiembre de 1998,

de adhesión a la Unión Sindical Obrera (USO)

(expediente número 28), según acuerdo de aceptación

del Consejo Confederal y de la Comisión Ejecutiva

Confederal de USO, en reunión celebrada los días

14 y 15 de septiembre de 1998.

Firman el escrito: Por parte de USIAP, don Javier

de la Oliva Santos, en calidad de Presidente, y don

Juan Gutiérrez Salguero, en calidad de Secretario

de Actas.

Firman el escrito por parte de USO, Don Ladislao

Pérez Iglesias, en calidad de Secretario Confederal

de Organización, y doña Matilde Soto Rico, en

calidad de Secretaria de Actas.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real

Decreto 873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.785-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en la

normativa legal vigente, sobre depósito de Estatutos,

y a los efectos previstos en dicha normativa, se

hace público que el día 25 de septiembre de 1998,

ha sido solicitado el depósito en el Servicio de

Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de esta

Subdirección General de Programación y Actuación

Administrativa, del acuerdo adoptado por el Comité

Ejecutivo del Sindicato de Empleados de la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona (SECPB)

(expediente número 4.408), en reunión celebrada el

día 12 de mayo de 1998, de adhesión a la

Confederación de Sindicatos Independientes de Cajas

de Ahorros (CSICA) (expediente número 764),

según acuerdo de aceptación de la Comisión

Ejecutiva CSICA, en reunión celebrada el día 10 de

junio de 1998.

Firman el escrito por parte de SECPB: Don Juan

Antoli Segura, en calidad de Presidente, y don

Andrés Corominas, en calidad de Secretario general.

Firman el escrito por parte de CSICA: Don Félix

Torquemada Vega, en calidad de Presidente, y don

Fernando Salas García-Ochoa, en calidad de

Secretario general.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto

873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.787-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el

artículo 4. º del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril,

se hace público que el día 23 de abril de 1998,

ha sido solicitado el depósito en el Servicio de

Depósito de Estatutos y Acuerdos Colectivos de esta

Subdirección General de Programación y Actuación

Administrativa, de escrito referente al acuerdo

adoptado por la Asamblea general extraordinaria

celebrada el día 17 de marzo de 1997, respecto a la

modificación de los Estatutos de la Federación de

Asociaciones de Productores Audiovisuales

Españoles (FAPAE) (expediente número 5.080).

Habida cuenta que en la documentación

presentada se observaron determinados defectos y

omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin

de proceder a la tramitación del depósito solicitado,

con fecha 20 de mayo de 1998, se les formuló

el correspondiente requerimiento que fue

cumplimentado el 21 de septiembre de 1998.

La referida modificación consiste en la nueva

redacción de los artículos 4, 20, 22, 23, 24, 29,

35, 38, 41 y 42 de sus Estatutos.

Firman el escrito don Gerardo Herrero, en calidad

de Presidente, y don José Antonio Suárez, en calidad

de Secretario.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real

Decreto 873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 25 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.791-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el

artículo 4. º 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,

de Libertad Sindical, se hace público que el día

14 de septiembre de 1998, ha sido solicitado el

depósito en el Servicio de Depósito de Estatutos

y Acuerdos Colectivos de esta Subdirección General

de Programación y Actuación Administrativa, del

acta de constitución y los Estatutos de la entidad

denominada: Sindicato Profesional de la

Administración de Justicia, que se configura como un

sindicato (expediente número 7.413), cuyo ámbito de

actuación territorial es nacional y su ámbito

profesional comprende a los Cuerpos de Secretarios

judiciales, Médicos Forenses, Oficiales, Auxiliares

y Agentes al servicio de la Administración de

Justicia, con empleo de funcionarios de carrera o

interinos, así como a cuantos integran los distintos

Cuerpos o Escalas del personal laboral, contratado o

interino, con delegaciones tanto a nivel autonómico

como provincial, que ejerzan la actividad por cuenta

ajena.

Habida cuenta que en la documentación

presentada se observaron determinados defectos y

omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin

de proceder a la tramitación del depósito solicitado,

con fecha 18 de septiembre de 1998, se les formuló

el correspondiente requerimiento, que fue

cumplimentado el 22 de septiembre de 1998.

Firman el acta de constitución: Don José Molina

Rojas, don Juan M. López López, don Ángel Linares

Canales, don Joaquín Martínez García, don José

María Díaz Muñiz y don José L. Gómez Villaboa

Pulido.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real

Decreto 873/1977, de 22 de abril.Madrid, 25 de

septiembre de 1998.-El Subdirector general, Leodegario

Fernández Sánchez.-50.793-E.

Subdirección General de Programación

y Actuación Administrativa

De conformidad con lo establecido en el artículo

4. º 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,

de Libertad Sindical, se hace público que el día

7 de agosto de 1998, ha sido solicitado el depósito

en el Servicio de Depósito de Estatutos y Acuerdos

Colectivos de esta Subdirección General de

Programación y Actuación Administrativa, del acta de

constitución y los Estatutos de la entidad

denominada Sindicato Independiente de Empleados de

Cajas de Ahorros (GICA), que se configura como

un sindicato, cuyo ámbito de actuación territorial

es nacional, y su ámbito profesional comprende a

los empleados y empleadas que presten sus servicios

en entidades financieras, que ejerzan la actividad

por cuenta ajena.

Habida cuenta que en la documentación

presentada se observaron determinados defectos y

omisiones que debían ser objeto de subsanación a fin

de proceder a la tramitación del depósito solicitado,

con fecha 11 de agosto de 1998, se les formuló

el correspondiente requerimiento, que fue

cumplimentado el 2 de septiembre de 1998.

Firman el acta de constitución: Don Luis Ibero

Elia, don Miguel Yarnoz Elizari, don Jesús Ignacio

Ostiz Apezteguía y doña María José Sánchez Antón.

Lo que se hace público para que todo aquel que

se considere interesado pueda alegar por escrito lo

que estime procedente, dentro del plazo de ocho

días siguientes a la publicación de este anuncio,

conforme establece el artículo 4. º del Real Decreto

873/1977, de 22 de abril.

Madrid, 29 de septiembre de 1998.-El Subdirector

general, Leodegario Fernández Sánchez.-50.790-E.

MINISTERIO

DE ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS

Mutualidad General

de Funcionarios Civiles del Estado

Resolución sobre requerimiento de pago a doña

Sonsoles Rodríguez García, hija de pensionista fallecido,

de la Mutualidad de Funcionarios de la

Organización Sindical, don Rafael Rodríguez García

Desconocido el actual domicilio del mutualista,

cuyos datos figuran en la relación adjunta (nombre

y apellidos, último domicilio conocido e importe

de la deuda) afectados por los expedientes que se

tramitan en esta Mutualidad por no ingresar la deuda

y su recargo correspondiente, por la presente quedan

notificados que, a tenor de lo dispuesto en el

artículo 37 del Reglamento General del Mutualismo

Administrativo, se le concede un plazo de quince

días para proceder al abono de la deuda

correspondiente y de los recargos procedentes en la cuenta

número 020-000733-4 del Banco de España a

nombre de "Organismos MUFACE-Fondo Especial".

Transcurrido dicho plazo sin haberse producido

el indicado ingreso se dará curso al certificado de

descubierto y se procederá a la recaudación por

vía ejecutiva.

Doña Sonsoles Rodríguez García, paseo de

Extremadura, 47, escalera B, tercero A, 28011 Madrid.

Cantidad adeudada: 10.110 pesetas. Recargo del 20

por 100: 2.022 pesetas. Total: 12.132 pesetas.

Madrid, 30 de julio de 1998.-La Directora

general, Ana María Pastor Julián.-50.054.

MINISTERIO

DE MEDIO AMBIENTE

Confederaciones Hidrográficas

TAJO

Publicación pliegos de cargo de expedientes

sancionadores tramitados por la Confederación

Hidrográfica del Tajo

A los efectos previstos en el artículo 59 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, de 26 de noviembre de 1992, se hacen

públicos los pliegos de cargo formulados por la

Confederación Hidrográfica del Tajo en los expedientes

sancionadores que se relacionan a continuación,

cuya notificación se ha intentado sin que se haya

podido practicar:

proD-12133/B Alejandro Rubio Revilla. 300.000 250.777 Pastoreo. 3-12-1997

D-15780/B Caetano Comiglio Maltese. 50.000 2.208.688-K Restituir o legalizar. 3-11-1997 Plantación árboles.

D-19150 Julio de Mesa Tarazona. 30.000 Restituir 992.668-B o legalizar. 13-10-1997 Cerramiento.

D-19154 "Viveros Cruz, S. L.". 200.000 Restituir. Captación - 13-10-1997 aguas.

D-19215 Herederos de Benedicto García-Mateos

Urbita.

D-19330 Jesús Armendáriz Saiz. 30.000 15.719.234-E Tala. 4-12-1997

D-19330/A Jesús Armendáriz Saiz. 30.000 Indemnizar 15.719.234-E daños. 4-12-1997 Tala.

D-19330/B Jesús Armendáriz Saiz. 20.000 1-1998 15.719.234-E Tala.

22D-19358 Arno Internacional, S. A. 40.000 Restituir. A-39097191 1-1998 Derivación 23aguas sub.

D-19397 "Davimar, S. A.". 350.000 Restituir. 1-1998 Vertido 30purines. -

Importe

sanción

Otras obligaciones

-

Pesetas

- Legalizar. 20.000 Incumplimiento 22-10-1997 obligación.

Fecha pliego

Expediente NIF Concepto

cargos

D-19405 Daniel Quintans Suárez. 30.000 Restituir 33.209.030-C o legalizar. 2-1998 2Cerramiento.

D-19423 Pablo Borromeo Blázquez y otro. 1.764.904-E 30.000 2-1998 Tala.

16

Se significa a los interesados que en las oficinas

del citado organismo, calle Agustín de

Bethencourt, 25, primera planta, tienen a su disposición

los correspondientes pliegos de cargo.

Transcurridos diez días desde la presente

publicación sin haberlo retirado, se considerará que el

acto administrativo ha sido notificado en forma,

continuándose la tramitación en los términos que

procedan en Derecho.

Madrid, 22 de septiembre de 1998.-El Comisario

de Aguas, Gabriel Ramos Herrero.-50.135-E.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CANTABRIA

Consejería de Industria, Turismo,

Trabajo y Comunicaciones

Dirección General de Industria

Resolución por la que se somete a información pública

la solicitud de autorización administrativa, declaración

en concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental de las instalaciones del parque eólico de

Lantueno. Número de expediente 30.581-2/97

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Lantuero, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de Santiurde

de Reinosa, Junta Vecinal de Lantueno.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: 8,4 MW.

Bienes de equipo: 14 aerogeneradores de 600 KW

de potencia unitaria. Un centro de transformación por

cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un

parque de transformación de 20(KV)/66(KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 1.294.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la empresa promotora del proyecto, cuya relación

se inserta en el anexo de esta Resolución, así como

las personas que, siendo titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados,

fueren omitadas para que puedan examinar el

expediente en el que constan las características y

afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.233.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Lantueno

Municipio: Santiurde de Reinosa.

Polígono: 5. Parcela: 133. Titular: Junta Vecinal

de Lantueno. Dirección: 39490 Lantueno.

Municipio: Enmedio.

Polígono: 7. Parcela: 123. Titular: Junta Vecinal

de Lantueno. Dirección: 39490 Lantueno.

Resolución por la que se somete a información pública

la solicitud de autorización administrativa, declaración

en concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental de las instalaciones del parque eólico de

Fontecha. Número de expediente 30.581-4/97

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Fontecha, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de Campoo

de Enmedio, Juntas Vecinales de Fontecha,

Aradillos y Fresno del Río.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: 22,2 MW.

Bienes de equipo: 37 aerogeneradores de 600 KW

de potencia unitaria. Un centro de transformación por

cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un

parque de transformación de 20(KV)/66(KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 3.200.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la empresa promotora del proyecto, cuya relación

se inserta en el anexo de esta Resolución, así como

las personas que, siendo titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados,

fueren omitadas para que puedan examinar el

expediente en el que constan las características y

afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.230.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Fontecha

Municipio: Enmedio.

Polígono: 1. Parcela: 1. Titular: Junta Vecinal de

Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.

Polígono: 1. Parcela: 2. Titular: Junta Vecinal de

Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.

Polígono: 2. Parcela: 46. Titular: Junta Vecinal

de Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.

Polígono: 2. Parcela: 47. Titular: Junta Vecinal

de Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.

Polígono: 2. Parcela: 48. Titular: Junta Vecinal

de Fontecha. Dirección: 39212 Fontecha.

Polígono: 6. Parcela: 1. Titular: Junta Vecinal de

Aradilos. Dirección: 39212 Aradillos.

Resolución por la que se somete a información pública

la solicitud de autorización administrativa, declaración

en concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental de las instalaciones del parque eólico de

Somballe. Número de expediente 30.581-3/97

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Somballe, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de Santiurde

de Reinosa, Junta Vecinal de Somballe.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: 9 MW.

Bienes de equipo: 15 aerogeneradores de 600 KW

de potencia unitaria. Un centro de transformación

por cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/

20(KV). Un parque de transformación de

20(KV)/66(KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 1.378.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente para los propietarios y demás

titulares afectados que no hayan llegado a un acuerdo

con la empresa promotora del proyecto, cuya

relación se inserta en el anexo de esta Resolución, así

como las personas que, siendo titulares de derechos

reales o intereses económicos sobre los bienes

afectados, fueren omitadas para que puedan examinar

el expediente en el que constan las características

y afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.228.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Somballe

Municipio: Santiurde de Reinosa.

Polígono: 1. Parcela: 265. Titular: Don Trifino

Hernando Palacios. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 270. Titular: Doña Antonia

Hoyos Bustamante. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 275. Titular: Don Aurelio

Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 276. Titular: Don Aurelio

Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 277. Titular: Don José

Antonio Hoyos Saiz. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 278. Titular: Don Gonzalo

Robles López. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 279. Titular: Don Aurelio

Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 284. Titular: Don Aurelio

Bárcena González. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 280. Titular: Doña María

Bernarda González González. Dirección: 39490

Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 281. Titular: Don Luis

Fernando López González. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 282. Titular: Don Maximino

González Fernández. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 287. Titular: Don Maximino

González Fernández. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 283. Titular: Don Luis

Alfonso Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 288. Titular: Don Rafael y

doña Ángela González. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 301. Titular: Don Carlos

Javier Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 302. Titular: Don Antonio

González Gutiérrez. Dirección: 39212 Cañeda.

Polígono: 1. Parcela: 303. Titular: Don Tomás

Gutiérrez Fernández. Dirección: 39490 Lantueno.

Polígono: 1. Parcela: 305. Titular: Don Jesús

González González. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 6. Parcela: 3. Titular: Don Luis Alfonso

Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 6. Parcela: 376. Titular: Don Luis

Alfonso Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 6. Parcela: 377. Titular: Don Luis

Alfonso Robles Gómez. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 361. Titular: Junta Vecinal

de Somballe. Dirección: 39490 Somballe.

Polígono: 1. Parcela: 411. Titular: Junta Vecinal

de Somballe. Dirección: 39490 Somballe.

Resolución por la que se somete a información pública

la solicitud de autorización administrativa, declaración

en concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental de las instalaciones del parque eólico de

Somaloma. Número de expediente 30.581-5/97

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Somaloma, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de

Valdeprado del Río, Juntas Vecinales de San Andrés, Arroyal

y Barruelo.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: 19,2 MW.

Bienes de equipo: 32 aerogeneradores de 600 KW

de potencia unitaria. Un centro de transformación por

cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un

parque de transformación de 20(KV)/66(KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 2.780.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la empresa promotora del proyecto, cuya relación

se inserta en el anexo de esta Resolución, así como

las personas que, siendo titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados,

fueren omitadas para que puedan examinar el

expediente en el que constan las características y

afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.224.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Somaloma

Municipio: Valdeprado del Río.

Polígono: 3. Parcela: 275. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 3. Parcela: 278. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 3. Parcela: 280. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 3. Parcela: 283. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 5. Parcela: 7. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 5. Parcela: 8. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 5. Parcela: 9. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 5. Parcela: 10. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 5. Parcela: 11. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 6. Parcela: 172. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 6. Parcela: 194. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 6. Parcela: 196. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 6. Parcela: 197. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Polígono: 6. Parcela: 198. Titular: Junta de los

Carabeos. Dirección: 39419 Arroyal.

Resolución por la que se somete a información

pública la solicitud de autorización administrativa,

declaración en concreto de utilidad pública e informe

de impacto ambiental de las instalaciones del parque

eólico de Celada. Número de expediente 3.644-2/98

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Celada, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de Enmedio,

Junta Vecinal de Celada Marlantes.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: 12 MW.

Bienes de equipo: 20 aerogeneradores de 600 KW

de potencia unitaria. Un centro de transformación

por cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/

20(KV). Un parque de transformación de

20(KV)/66(KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 1.767.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la empresa promotora del proyecto, cuya relación

se inserta en el anexo de esta Resolución, así como

las personas que, siendo titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados,

fueren omitadas para que puedan examinar el

expediente en el que constan las características y

afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.231.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Celada

Municipio: Enmedio.

Polígono: 31. Parcela: 25. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 26. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 27. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 28. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 29. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 30. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 31. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 32. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Polígono: 31. Parcela: 121. Titular: Junta Vecinal

de Celada Marlantes. Dirección: 39213 Celada

Marlantes.

Resolución por la que se somete a información pública

la solicitud de autorización administrativa, declaración

en concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental de las instalaciones del parque eólico de

Zalama. Número de expediente 30.581-1/97

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Zalama, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de Soba,

Junta Vecinal de El Prado.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: 13,2 MW.

Bienes de equipo: 22 aerogeneradores de 600 KW

de potencia unitaria. Un centro de transformación por

cada aerogenerador de 630(KVA)/690(V)/20(KV). Un

parque de transformación de 20(KV)/66(KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 2.000.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la empresa promotora del proyecto, cuya relación

se inserta en el anexo de esta Resolución, así como

las personas que, siendo titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados,

fueren omitadas para que puedan examinar el

expediente en el que constan las características y

afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.226.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Zalama

Municipio: Soba.

Polígono: 39. Parcela: 45. Titular: Junta Vecinal

de El Prado. Dirección: 39805 El Prado.

Resolución por la que se somete a información

pública la solicitud de autorización administrativa,

declaración en concreto de utilidad pública e informe

de impacto ambiental de las instalaciones del parque

eólico de Valcaba. Número de expediente 3.644-1/98

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Valcaba, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de Soba,

Junta Vecinal de Valcaba.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: Tres MW.

Bienes de equipo: Cinco aerogeneradores de

600 KW de potencia unitaria. Un centro de

transformación por cada aerogenerador de

630(KVA)/690(V)/20(KV). Un parque de

transformación de 20(KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 371.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la empresa promotora del proyecto, cuya relación

se inserta en el anexo de esta Resolución, así como

las personas que, siendo titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados,

fueren omitadas para que puedan examinar el

expediente en el que constan las características y

afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.222.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Valcaba

Municipio: Soba.

Polígono: 12. Parcela: 240. Titular: Junta Vecinal

de Valcaba. Dirección: 39806 Valcaba.

Polígono: 12. Parcela: 244. Titular: Junta Vecinal

de Valcaba. Dirección: 39806 Valcaba.

Resolución por la que se somete a información

pública la solicitud de autorización administrativa,

declaración en concreto de utilidad pública e informe

de impacto ambiental de las instalaciones del parque

eólico de Valderredible. Número de

expediente 30.581-6/97

A los efectos previstos en el artículo 53 de la

Ley 54/1997, del Sector Eléctrico; en el artículo 9

del Decreto 2617/1966; artículo 10 del

Decreto 2619/1966, ambos de 20 de octubre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), sobre autorizaciones,

expropiaciones y sanciones en materia de

instalaciones eléctricas, y Decreto 50/1991, de 29 de abril

("Boletín Oficial de Cantabria" número 96, de 14

de mayo), de Evaluación de Impacto Ambiental para

Cantabria, se somete a información pública la

solicitud de autorización administrativa, declaración en

concreto de utilidad pública e informe de impacto

ambiental, presentado por "Boreas Eólica, Sociedad

Limitada", con domicilio social en Villarcayo

(Burgos), polígono industrial "Las Merindades", para el

parque eólico de Valderredible, con las siguientes

características:

Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Limitada".

Emplazamiento: Término municipal de

Valderredible, Juntas Vecinales de Quintanilla Rucandio,

Soto Rucandio y Allén del Hoyo.

Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía

del viento, como recurso natural renovable, y

transformarla en energía eléctrica.

Potencia total: 20,4 MW.

Bienes de equipo: 34 aerogeneradores de 600 KW

de potencia unitaria. Un centro de transformación

por cada aerogenerador de 630 (KVA)/690 (V)/

20 (KV). Un parque de transformación de 20

(KV)/66 (KV).

Interconexión: A 132/220 KV, con la red general

de distribución mediante tendido aéreo.

Presupuesto: 2.954.000.000 de pesetas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados que no hayan llegado a un acuerdo con

la empresa promotora del proyecto, cuya relación

se inserta en el anexo de esta Resolución, así como

las personas que, siendo titulares de derechos reales

o intereses económicos sobre los bienes afectados,

fueren omitadas para que puedan examinar el

expediente en el que constan las características y

afecciones derivadas del proyecto en la Dirección

General de Industria, Servicio de Ordenación, calle

Hernán Cortés, 40, tercera planta, y presentar las

alegaciones oportunas en el plazo de treinta días,

contados a partir de la última publicación de esta

Resolución.

Esta publicación se realiza, igualmente, a los

efectos del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, cuando dos titulares de las fincas

sean desconocidos o se ignore el lugar de

notificación, a los efectos previstos en el artículo 5 de

la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre

de 1995.

Santander, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Pedro J. Herrero López.-50.229.

Relación de terrenos afectados por la instalación

del parque eólico que se cita a continuación

Parque eólico de Valderredible

Municipio: Valderredible.

Polígono: 61. Parcela: 92. Titular: Junta Vecinal

Quintanilla Rucandio. Dirección: 39232

Quintanilla R.

Titular: Junta Vecinal Soto Rucandio. Dirección:

39232 Soto Rucandio.

Titular: Junta Vecinal Allén del Hoyo. Dirección:

39232 Allén del Hoyo.

Polígono: 61. Parcela: 89. Titular: Don Miguel

Montejo Alonso. Dirección: 09572 Bezana

(Burgos).

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

Consejería de Economía y Empleo

Orden 4639/1998 sobre otorgamiento de concesión

administrativa a "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", para el servicio público de suministro de gas

natural canalizado en el resto del término municipal

de Madrid. Número de referencia: CR-41/95

La entidad "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", a través de la Dirección General de Industria,

Energía y Minas de esta Consejería, ha solicitado

concesión administrativa para el servicio público

de suministro de gas combustible canalizado,

mediante las correspondientes instalaciones, en el

resto del término municipal de Madrid, a cuyo efecto

ha presentado la documentación técnica

correspondiente.

Mediante la concesión solicitada se proyecta

suministrar gas combustible canalizado en régimen de

servicio público en el resto del término municipal

de Madrid, para usos domésticos, comerciales e

industriales, en el ámbito a que se refiere la

concesión.

Las principales características básicas de las

instalaciones son las siguientes:

La distribución del gas natural se realizará desde

los puntos de entrega de los gasoductos o desde

redes de distribución en alta presión mediante

sistemas de distribución compuestos por antenas de

reparto, redes de distribución industrial y redes de

distribución principales y secundarias.

Los tramos de red en alta presión, se construirán

con tubo de acero de diámetros variables según

API 5L Gr B o norma similar, con una longitud

aproximada de 22.400 metros.

Los tramos de red en media presión se construirán

con tubo de polietileno, de media densidad de la

serie SDR-11 según UNE 53.333-90, con una

longitud aproximada de 4.250 metros.

La progresiva reducción de la presión del gas

desde los gasoductos de transportes hasta las redes

de distribución finales de suministro a clientes se

efectuará en las correspondientes Estaciones de

Regulación o Estaciones de Regulación y Medida.

El gas a suministrar es gas natural perteneciente

a la segunda familia, de acuerdo a la norma UNE

60.002.

El presupuesto total de las instalaciones objeto

de la concesión asciende a 8.502.000.000 de pesetas.

En el plazo de información pública se han

presentado proyectos en competencia por las empresas

"Gas XXI, Sociedad Anónima"; "Gas Capital,

Sociedad Anónima", y Empresa Concesionaria de Gas.

En el mismo período compareció la "Empresa Tolsa,

Sociedad Anónima", presentado alegaciones.

El desarrollo gasista en la Comunidad de Madrid,

de acuerdo con las políticas de la Comunidad

Europea y del Plan Energético Nacional, se basa

fundamentalmente en la prestación del servicio público

de suministro de gas natural canalizado, que

responde a imperativos de coste, eficiencia, protección

del medio ambiente y diversificación energética.

De acuerdo con el artículo 7.a) de la Ley 10/1987

de disposiciones básicas para un desarrollo

coordinado en materia de gases combustibles, se ha

tenido en cuenta la experiencia técnica e implantación

en esta Comunidad, y a nivel nacional e

internacional; las inversiones e infraestructuras de las

empresas solicitantes en la Comunidad de Madrid,

dentro del sector de hidrocarburos; así como las

soluciones técnicas de los proyectos presentados.

Asimismo, y conforme a lo indicado en el

artículo 11 del Reglamento General del Servicio Público

de Gases Combustibles (Decreto 2913/1973) se ha

tenido en cuenta la garantía, importancia, calidad

y regularidad de los suministros a efectuar,

valorando el mallado de las redes de distribución y el

cierre del anillo de alta presión, en la zona noroeste

de esta Comunidad.

También se han considerado aspectos de interés

general para esta Comunidad, relacionados con la

ubicación de las inversiones operativas y los centros

ejecutivos, de los grupos empresariales de los

solicitantes, y con las infraestructuras existentes y

futuras en investigación y desarrollo (I+D), así como

la vinculación y colaboración con el sistema

universitario. Todo ello en relación con el sector

energético y su desarrollo en el ámbito geográfico de

la Comunidad de Madrid.

La volatilidad en las estructuras de propiedad de

empresas de nueva creación, sin tradición en el

sector específico del gas y sin posición sustancial en

el mercado a suministrar, puede dar lugar a pactos

o transmisiones empresariales que la autoridad no

puede controlar. Los efectos económicos positivos

que se deriven de la concesión, deben beneficiar

al consumidor que se desea atender y proteger, con

la mayor estabilidad posible en las estructuras

empresariales operativas en este mercado.

Por otra parte, la política de liberalización del

sector, que recogerá la futura legislación permitirá

dar entrada a la competencia por las vías de accesos

de terceros a la red (ATR), peajes, clientes

cualificados, empresas comercializadoras y

autorizaciones administrativas de distribución, a pesar del

carácter monopolístico de hecho de las redes de

transporte y distribución de gas.

Cumplidos los trámites reglamentarios en el

expediente instruido al efecto, de conformidad a lo

establecido en la Ley 10/1987, de 15 de junio, de

disposiciones básicas para un desarrollo coordinado

de actuaciones en materia de combustibles gaseosos,

y el vigente Reglamento General del Servicio Público

de Gases Combustibles, aprobado por

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, y teniendo en

cuenta las competencias transferidas a la Comunidad

de Madrid en materia de industria, energía y minas

por Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, esta

Consejería, a propuesta de la Dirección General

de Industria, Energía y Minas, ha resuelto:

Otorgar a "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", concesión administrativa para el servicio

público de suministro de gas natural canalizado en el

resto del término municipal de Madrid.

La presente concesión administrativa deberá

cumplir en todo momento lo establecido en la Ley

10/1987, de 15 de junio, de disposiciones básicas

para un desarrollo coordinado de actuaciones en

materia de combustibles gaseosos, y al Reglamento

General del Servicio Público de Gases Combustibles

citado, y a cuantas otras disposiciones hayan sido

dictadas o se dicten por el Ministerio de Industria

y Energía y por la Consejería de Economía y Empleo

de la Comunidad de Madrid en materia de

suministro de combustibles gaseosos, sus instalaciones

y en lo relativo a la conducción y distribución sobre

dicho suministro, así como las condiciones que

figuran a continuación:

Primera.-El concesionario constituirá en el plazo

de dos meses, a contar desde la última de las fechas

de publicación de la Orden de concesión en el

"Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid", una fianza por valor

del 2 por 100 del presupuesto que figura en el

expediente, para garantizar el cumplimiento de sus

obligaciones, conforme al artículo 13 del Reglamento

General del Servicio Público de Gases

Combustibles, aprobado por Decreto de 26 de octubre de

1973 y al artículo 7, apartado b), de la Ley 10/1987,

de 15 de junio, de disposiciones básicas para un

desarrollo coordinado de actuaciones en materia de

combustibles gaseosos.

Dicha fianza se constituirá en la Caja General

de Depósitos de la Tesorería de la Comunidad de

Madrid (plaza de Chamberí, número 8, Madrid),

a disposición del Director general de Industria,

Energía y Minas, en metálico o en valores del Estado

o mediante aval bancario.

El concesionario deberá remitir a la Dirección

General de Industria, Energía y Minas de la

Comunidad de Madrid, la documentación acreditativa del

depósito de dicha fianza dentro del plazo de treinta

días, contados desde su constitución.

La fianza será devuelta al concesionario una vez

que, autorizadas las instalaciones y construidas en

los plazos que se establezcan en la o las

autorizaciones para el montaje de las mismas, la Dirección

General de Industria, Energía y Minas de esta

Comunidad formalice la puesta en servicio de aquéllas.

Segunda.-De acuerdo con el artículo 21 del

vigente Reglamento General del Servicio Público de

Gases Combustibles, aprobado por Decreto

2913/1973, de 26 de octubre, el concesionario

deberá solicitar a la Dirección General de Industria,

Energía y Minas la autorización de montaje de las

instalaciones, presentando, en su caso, la

documentación pertinente.

El concesionario está obligado a efectuar el inicio

de la prestación del servicio antes del 1 de octubre

de 1999, salvo causas justificadas motivadas por

permisos o licencias de otros Organismos u otras

previamente aceptadas por la Dirección General de

Industria, Energía y Minas.

Tercera.-La empresa concesionaria deberá tener

en cuenta los derechos concesionales otorgados por

Orden de 19 de abril de 1985, "Boletín Oficial del

Estado" del 24, a "Enagás, Sociedad Anónima", para

el suministro de gas natural para usos industriales

en el término municipal de Madrid, sin perjuicio

de los acuerdos que se puedan establecer entre las

citadas sociedades para el suministro de los

mercados industriales.

Cuarta.-El concesionario deberá mantener un

correcto suministro y un adecuado y eficiente

servicio de mantenimiento de las instalaciones,

reparación de averías, reclamaciones y, en general, de

atención a los usuarios. En lo referente a las

instalaciones receptoras, deberá atenerse en todo a lo

dispuesto en el artículo 27.5 del Reglamento General

del Servicio Público de Gases Combustibles,

aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre,

y modificado según el Real Decreto 3484/1983,

de 14 de diciembre; a la Orden de 17 de diciembre

de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de enero

de 1986); a la Orden 1582/1994, de 21 de

septiembre ("Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid" del 28); a la Orden 3929/1996, de 17 de

junio ("Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid"

de 4 de julio), y a las demás disposiciones que hayan

sido dictadas o se dicten por esta Consejería.

Previamente a que se emita la puesta en servicio

de la instalación, se deberá comprobar por la

Dirección General de Industria, Energía y Minas que

el concesionario ha presentado la documentación

necesaria que acredita, a juicio de dicha Dirección

General, que dispone de un servicio adecuado a

efectos del cumplimiento de lo estipulado en esta

condición.

Quinta.-La determinación de las tarifas de

aplicación del suministro de gas se regirán por las

disposiciones vigentes en cada momento sobre la

materia.

El concesionario queda sujeto a cuantas

prescripciones se establezcan en el Reglamento General

citado, así como en el modelo de póliza anexa a éste

sobre suministros de gases combustibles y sus

instalaciones.

Sexta.-La presente concesión se otorga por un

plazo de treinta años, a partir de la última de las

fechas de publicación de esta Orden en el "Boletín

Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid".

Durante dicho plazo el concesionario podrá

efectuar la distribución y el suministro de gas mediante

las instalaciones a que hace referencia el proyecto

técnico presentado, así como aquellos otros de

desarrollo y complementarios del mismo.

Las instalaciones que quedan afectadas a la

presente concesión, de conformidad al artículo 7,

apartado c), de la Ley 10/1987, de 15 de junio, de

disposiciones básicas para un desarrollo coordinado

de actuaciones en materia de combustibles gaseosos,

revertirán a la Comunidad de Madrid.

Séptima.-La Dirección General de Industria,

Energía y Minas cuidará del exacto cumplimiento

de las condiciones estipuladas por esta Orden.

Autorizado el montaje de las instalaciones, los

reconocimientos, ensayos y pruebas, de carácter

general o parcial, que según las disposiciones en

vigor hayan de realizarse en las obras comprendidas

en el área de la concesión, deberán ser comunicados

por el concesionario a la Dirección General de

Industria, Energía y Minas con la debida antelación,

que podrá, si lo considera necesario, inspeccionar

las mismas.

Una vez construidas las instalaciones, el

concesionario dará cuenta de su terminación a la

Dirección General de Industria, Energía y Minas y

remitirá la documentación necesaria a efectos de que

ésta emita, si procede, la puesta en servicio de

acuerdo con la Orden 3929/1996, de 17 de junio, de

esta Consejería ("Boletín Oficial de la Comunidad

de Madrid" de 4 de julio).

El concesionario deberá iniciar el suministro de

gas en el plazo de un mes contado a partir de la

fecha en que la Dirección General de Industria,

Energía y Minas emita la citada puesta en servicio.

Asimismo, deberá poner en conocimiento de dicho

organismo la fecha de iniciación del suministro de

gas.

Octava.-Serán causas de extinción de la presente

concesión, además de las señaladas en el

artículo 7, apartado e), de la Ley 10/1987, de 15 de

junio, de disposiciones básicas para un desarrollo

coordinado de actuaciones en materia de

combustibles gaseosos, y sin perjuicio de lo dispuesto en

los artículos 165 a 170 del capítulo V del título II

del libro II de la Ley 13/1995, de 18 de mayo,

de Contratos de las Administraciones Públicas, y

demás normas concordantes, las siguientes:

a) El incumplimiento de las obligaciones

derivadas del ordenamiento general del régimen de

concesiones, incluido lo establecido en el artículo 7,

apartado b), de la Ley 10/1987.

b) Si no se llevasen a cabo las instalaciones

de acuerdo con las condiciones impuestas en esta

Orden y en la autorización para la construcción

y el montaje de las mismas.

Sin embargo, si por evolución de la técnica de

distribución de gas, por utilización de diferentes

materias primas, o por otras causas de interés

general, no fuese adecuado el mantenimiento de alguna

o algunas de las instalaciones objeto de la presente

concesión, el concesionario podrá solicitar de la

Dirección General de Industria, Energía y Minas

o, en su caso, de esta Consejería:

1. Autorización para la modificación o

sustitución de las instalaciones, sin alterar las restantes

condiciones de la concesión y con la misma fecha

de reversión que las instalaciones sustituidas, o bien,

2. La adaptación de las cláusulas de la concesión

a las nuevas condiciones existentes con el fin de

mantener el equilibrio económico financiero, dentro

del plazo establecido en la condición sexta.

Asimismo, tanto por el motivo anterior como por

razones de interés público, la Administración

mediante Orden podrá variar las cláusulas de la

presente concesión, de acuerdo con lo establecido

en el artículo 15 del Reglamento General del Servicio

Público de Gases Combustibles, aprobado por

Decreto 2913/1973, de 26 de octubre.

Novena.-Las instalaciones a establecer cumplirán

las disposiciones y normas técnicas que en general

sean de aplicación y, en particular, las

correspondientes del Reglamento General del Servicio Público

de Gases Combustibles, Reglamento de Redes y

Acometidas de Combustibles Gaseosos, Normas

para su aplicación o complementarias, Reglamento

de Aparatos a Presión, Reglamentos

Electrotécnicos, Normas sobre Instalaciones Distribuidoras, así

como cuantas otras disposiciones se dicten a nivel

estatal o de esta Comunidad sobre el servicio público

de suministro de gases combustibles.

Décima.-La concesión se otorga sin perjuicio de

terceros, dejando a salvo los derechos particulares

e independientemente de las autorizaciones,

licencias o permisos de competencia municipal u otros

necesarios para la realización de las obras de las

instalaciones de gas.

Contra la presente Orden cabe interponer, en el

plazo de dos meses, a partir de la última de las

fechas de publicación de la Orden en el "Boletín

Oficial del Estado" y en el "Boletín oficial de la

Comunidad de Madrid", recurso

contencioso-administrativo, según dispone la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 25 de agosto de 1998.-El Consejero de

Economía y Empleo, Luis Blázquez Torres.-51.174.

Resolución de la Dirección General de Industria,

Energía y Minas por la que se autoriza la instalación

y declaración en concreto de utilidad pública y el

estudio de impacto ambiental de una línea a 15

kV cuádruple circuito, con origen en la E.T.D.

Camino de la Moraleja y final en la línea

"Fuenlabrada-Moraleja", en los términos municipales de

Fuenlabrada, Humanes de Madrid y Moraleja de

Enmedio, solicitada por "Iberdrola, Sociedad

Anónima". 55EL-2.514

Visto el escrito presentado por "Iberdrola,

Sociedad Anónima", con domicilio a efectos de

notificaciones en calle Aguacate, número 64, de Madrid

y habida cuenta de los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-En el citado escrito, con entrada en esta

Dirección General el 10 de junio de 1996, solicitó

autorización y declaración en concreto de utilidad

pública para una línea aérea a 15 kV.

Segundo.-Acompaña a dicha solicitud la

documentación a que hace referencia el artículo 9 del

Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, el proyecto

de la instalación eléctrica para la que solicita

autorización administrativa y el estudio de impacto

ambiental según determina la Ley 10/1991, de 4

de abril, publicado en el "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid" número 91, de 18 de abril y

"Boletín Oficial del Estado" número 128, de 29

de mayo, en relación con el Real Decreto

1131/1988, de 30 de septiembre "Boletín Oficial

del Estado" de 5 de octubre.

Tercero.-Se ha dado cumplimiento por parte de

este organismo al trámite de información pública,

de forma conjunta, al haber solicitado la declaración

de utilidad pública simultánea a la petición de

autorización, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 9 del Decreto 2617/1966, en relación con el

artículo 10 del Decreto 2619/1966, ambos de 20

de octubre, sin que se haya presentado oposición

y objeción a dicha autorización.

Cuarto.-En la tramitación de este expediente se

han observado las formalidades legales.

Fundamentos de Derecho

Primero.-La competencia de esta Dirección

General de Industria, Energía y Minas para resolver

sobre la cuestión planteada viene determinada por

el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio "Boletín

Oficial del Estado" de 19 de octubre, el Decreto

258/1995, de 5 de octubre "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid" de 11 de octubre, y Decreto

95/1997, de 31 de julio "Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid" de 11 de agosto, todo ello en

relación con el Decreto 2617/1966 y Decreto

2619/1966, ambos de 20 de octubre, por el que

se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de

18 de marzo, sobre Expropiación Forzosa y

Sanciones en Materia de Instalaciones Eléctricas, y

conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley

54/1997 del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre

("Boletín Oficial del Estado" del 28).

Segundo.-Examinada la documentación que obra

en el expediente queda de manifiesto que debe

accederse a lo solicitado por "Iberdrola, Sociedad

Anónima" y proceder a la autorización y declaración

en concreto de utilidad pública de la citada

instalación, habida cuenta que se ha seguido el

procedimiento y cumplido los requisitos establecidos

en los citados Decretos 2617/1966 y 2619/1966.

Se dará cumplimiento a lo establecido en el

condicionado ambiental emitido por la Consejería de

Medio Ambiente y Desarrollo Regional de fecha

29 de mayo de 1998 y con independencia de las

contenidas en el estudio de impacto ambiental

presentado, significando que en los casos en que

pudieran existir discrepancias entre unas y otras,

prevalecerán las contenidas en el citado condicionado

ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de

general y pertinente aplicación, acuerda:

1. Autorizar a "Iberdrola, Sociedad Anónima"

la instalación de una línea aérea a 15 kV cuyas

características principales son las siguientes: Línea

aérea a 15 kV con cuatro circuitos aislados con

origen en la E.T.D. Camino de la Moraleja y final

en la línea aérea también a 15 kV denominada

"Fuenlabrada-Moraleja".

La línea proyectada se construirá en los términos

municipales de Fuenlabrada, Humanes de Madrid

y Moraleja de Enmedio (Madrid). Línea aérea a

15 KV, cuatro circuitos, a construir con conductor

RHVS de 95 mm. 2 Q neutro fiador Ac. 16/50,

trenzado, y apoyos metálicos de 11-13-14-15 y 16 metros

de altura, de 1.292 metros de longitud.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de

la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos

señalados en la Ley 10/1966, sobre Expropiación

Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones

Eléctricas y su Reglamento de aplicación de 20 de

octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio

mientras no cuente el peticionario con la aprobación

de su proyecto de ejecución previo cumplimiento

de los trámites que se indican en el capítulo IV

del Decreto 2617/1966.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso

ordinario en el plazo de un mes a partir de su

notificación ante el excelentísimo señor Consejero

de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid,

conforme determina el artículo 114 de la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del

Estado" del 27).

Madrid, 27 de agosto de 1998.-El Director

general, Jaime Marín Ibáñez.-50.144-*.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE CASTILLA Y LEÓN

Consejería de Fomento

Servicios Territoriales

SALAMANCA

Corrección de errores de la información pública y

convocatoria al levantamiento de actas previas a la

ocupación de los bienes y derechos afectados por

el expediente de expropiación con motivo de las obras

incluidas en el proyecto de construcción "Mejora de

plataforma y firme. Carretera SA-324, de Ciudad

Rodrigo a Lumbrales. Tramo: San Felices de los

Gallegos-Lumbrales, puntos kilométricos 37,700 al

47,500. Provincia de Salamanca. Clave: 2.1-SA-21"

Advertidos errores en el texto referente a la

información pública y convocatoria al levantamiento de

actas previas a la ocupación del expediente reseñado

en el epígrafe, "Boletín Oficial del Estado"

número 218, de 11 de septiembre de 1998, se transcribe

a continuación la oportuna rectificación:

En la página 14155, donde indica:

"Lugar Fecha Hora

Ayuntamiento de Ahigal de los

Aceiteros...................19-10-98 10,00

Ayuntamiento de San Felices

de los Gallegos.............19-10-98 11,00

Ayuntamiento de la Redonda. 20-10-98 10,00

Ayuntamiento de Lumbrales. 20-10-98 11,30"

Debe indicar:

"Lugar Fecha Hora

Ayuntamiento de Ahigal de los

Aceiteros...................19-1-99 10,00

Ayuntamiento de San Felices

de los Gallegos.............19-1-99 11,00

Ayuntamiento de la Redonda. 21-1-99 10,00

Ayuntamiento de Lumbrales. 21-1-99 11,30"

Salamanca, 25 de septiembre de 1998.-La Jefa

del Servicio, María Jesús Serrano Laso.-50.127-E.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Diputaciones Provinciales

CASTELLÓN DE LA PLANA

En el "Boletín Oficial de la Provincia de Castellón"

número 115, de fecha 24 de septiembre de 1998,

aparecen publicados los siguientes anuncios:

Contratación de la concesión del servicio de

gestión y tratamiento de purines de la provincia de

Castellón.

Contratación de la concesión del servicio de

gestión y tratamiento de neumáticos usados de la

provincia de Castellón.

Documentación e información en la Sección de

Cooperación de la Secretaría General de la

Diputación Provincial de Castellón.

Castellón, 24 de septiembre de 1998.-El

Presidente, delegación de firma, el Vicepresidente

primero, Francisco Martínez Capdevila.-El Secretario

general, Manuel Marín Herrera.-51.153.

Ayuntamientos

PUERTO REAL

A los efectos previstos en el artículo 94.2 de la

Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las

Administraciones Públicas, se publica que el Pleno

del Ayuntamiento, mediante acuerdo de fecha 11

de septiembre de 1998, decidió adjudicar a don

Jesús Antonio Rodríguez Morilla, en nombre y

representación de la empresa "Urbaser, Sociedad

Anónima", la concesión administrativa del servicio

público de limpieza viaria, retirada de residuos

sólidos urbanos, suministro, distribución y

mantenimiento de recipientes normalizados y transportes

de los RSU de Puerto Real, en la cantidad de

200.228.490 pesetas.

Puerto Real, 14 de septiembre de 1998.-El

Alcalde, Antonio García Fernández.-50.240.

SAN FERNANDO

Resolución del excelentísimo Ayuntamiento Pleno de

San Fernando (Cádiz), en sesión celebrada el 30

de julio de 1998, por la que se aprueba, por los

trámites de procedimiento de tasación conjunta, el

proyecto de obtención de suelo para la construcción

de una rotonda en la calle Real, redactado por el

señor Jefe del Servicio Técnico de Planeamiento y

Gestión Urbanística, en fecha 7 de julio de 1998,

al amparo de lo previsto en la Ley de Expropiación

Forzosa y artículos 33 y siguientes de la Ley 6/1988,

de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones

y que se corresponde con:

Finca 1: Propiedad de don Juan Hidalgo, en parte

de 316,78 metros cuadrados.

Finca 3: Propiedad de doña Aurelia García Torres,

en parte de 955,59 metros cuadrados.

Finca 6: Propiedad de la Congregación de los

Sagrados Corazones, en parte de 4,5 metros

cuadrados.

Lo que se hace público para general conocimiento,

sometiéndose el referido expediente con sus hojas

de justiprecio a información pública, mediante la

inserción de los oportunos anuncios en el "Boletín

Oficial del Estado", "Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía", y "Boletín Oficial" de la provincia, así

como en uno de los periódicos de mayor circulación

de la provincia, por término de un mes,

computándose dicho plazo desde la última publicación

oficial, a fin de que los que pudieran resultar

interesados formulen las observaciones y reclamaciones

que estimen convenientes, en particular en lo que

concierne a titularidad o valoración de sus

respectivos derechos.

San Fernando, 11 de agosto de 1998.-El

Secretario general accidental.-50.283.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 241 del Jueves 8 de Octubre de 1998. Anuncios, Otros Anuncios Oficiales.

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